MINISTERIO PUBLICO C/ OSCAR ANDRÉS PLAZA HERNÁNDEZ
Rol
O-59-2024
Fecha
2 de agosto de 2024
Materia
ROBO CON HOMICIDIO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 11 de marzo de 2023, aproximadamente a las 02:15 horas, en circunstancias que don Jhoan Carlos Rocha Ovando, transitaba por pasaje María Inés Vargas González, en dirección a su domicilio, cuando es abordado por dos sujetos, en la intersección de la citada arteria con Gobernador Carlos Avilés, en la comuna de Melipilla, entre ellos el imputado Oscar Andrés Plaza Hernández, quienes forcejean con la víctima para sustraerle sus especies y ante la resistencia de Rocha Ovando, le asestan dos puñaladas en hemitórax izquierdo, lesiones incompatibles con la vida que ocasionan su deceso, logrando mediante dicha acción sustraer la billetera de la víctima y darse a la fuga del lugar.” A juicio del acusador los hechos antes descritos configuran el delito de Robo Calificado, previsto y sancionado en el artículo 433 nro. 1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado y en el que cabe al acusado participación en la calidad de autor, según lo dispuesto por el artículo 15 nro. 1 del Código Penal. En concepto del acusador no concurren circunstancias modificatorias de su responsabilidad penal. Solicita se imponga al acusado Oscar Andrés Plaza Hernández, a la pena de presidio perpetuo, más las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, según lo dispuesto en el artículo 28 del Código Penal y se le condene al pago de las costas conforme lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Código Procesal Penal. TERCERO: Que, el Ministerio Público en la apertura, señaló que estos hechos se circunscriben a una situación ocurrida el 10 de marzo de 2023 en horas de la madrugada. En el cual el acusado, en compañía de un sujeto no individualizado, del cual no se aportó durante la investigación ningún otro antecedente para poder haberlo tenido sentado también ante este tribunal, procede con ánimo de sustraer especies a abord
Fundamentos
considerando correspondiente. I.- En cuanto al día, lugar y hora. No existe duda para estos jueces que los hechos se verificaron el 11 de marzo de 2023, alrededor de las 02:24 en la intersección de pasaje María Inés Vargas González con Gobernador Carlos Avilés, en la comuna de Melipilla. Lo anterior, se desprende a partir de los dichos claros, precisos y categóricos de todos los testigos de cargos, quienes están contestes en que los hechos se verificaron el día y lugar ya referidos; en cuanto al horario se funda en los dichos del funcionario a cargo del procedimiento teniente del OS 9 Raúl Enrique Sepúlveda Cáceres, quien detalló que lograron determinar el tiempo de ocurrencia de los hechos gracias a los videos obtenidos desde un domicilio cercano al sitio del suceso, contenidos en el CD ofrecido en el numeral 6 de otros medios de prueba y exhibidos en la audiencia en los que se registró el hecho y su horario de ocurrencia, el presentaba una diferencia con la hora de Chile continental, puesto que, indicaba las 01:24 minutos cuando en realidad eran las 02:24 horas. Desface que fue aclarado tanto por la propietaria del inmueble donde se encontraban las cámaras como por el funcionario. II.- En cuanto a la dinámica de los hechos. Se tiene acreditada en primer término con los dichos de los testigos presenciales Pedro Tomás González Díaz; Camila Francisca Muñoz Armijo, Marion Soledad Jara Sepúlveda, quienes fueron percibidos por estos jueces como personas creíbles, que concurrieron a estrados a contar aquello que les tocó observar el día de los hechos, cada uno de ellos explicó lo que vio desde el lugar en el que se encontraban, que correspondía a sus domicilios, además de aportar detalles que resultaron comunes, por ejemplo, que escucharon ruidos en la calle, alboroto y al observar desde sus ventanas advirtieron que habían dos sujetos forcejeando con un tercero, al que tenían acorralado y al que querían arrebatarle sus pertenencias y que los vecinos gritaban “suéltenlo, suéltenlo”. El primero, detalló que se encontraba durmiendo cuando su madre lo despertó por los ruidos que había afuera, miró por la ventana que da hacia la calle y observó a dos sujetos, uno más alto que el otro, conocía al más alto, el que era delgado como Oscar, que le estaban sacando la billetera o el celular a otro al que tiraban de un lado a otro, luego le tiraron cuchillazos, la persona soltó algo, no sabe si la billetera o el celular, los sujetos la agarraron y se fueron, mientras que la víctima quedó tendida en el suelo, salió a verlo al igual que otros vecinos y advirtió que respiraba de una manera muy fuerte, se acercó junto con el marido de la vecina y le levantaron la polera en el abdomen tenía una pequeña poza de sangre. Otra vecina que también era extranjera compartió una foto del ofendido en un grupo de WhatsApp para saber si alguien lo conocía. Posteriormente, llegaron los carabineros y se hizo cargo. Precisó que prestó declaración a carabineros en la mañana a eso
Fallo
Por tanto, estamos en condiciones de afirmar que los hechores con el fin de sustraer las especies le propinaron al ofendido una herida corto punzante en la zona torácica. Los funcionarios de carabineros dieron cuenta del procedimiento policial que realizaron. En un primer momento llegaron al llamado realizado por los vecinos del sector, los funcionarios Cartagena Gómez y Galleguillos Farías, quienes refirieron haberse encontrado el 11 de marzo de 2023 de tercer turno, concurrieron a la intercepción de calle Gobernador Carlos Avilés con pasaje María Inés Vargas González, observaron a una víctima en el suelo, que correspondía a un varón, su vestimenta mantenía sangre, solicitaron una ambulancia, pero no llegó, por lo que transportaron al ofendido al Hospital, éste logró identificarse como Jhoan Carlos Rocha Ovando, ciudadano boliviano, quien les manifestó que mientras transitaba por la calle fue Código: XXUMXPGMCXE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl abordado por tres sujetos, los que le habían sustraído sus especies y lo hirieron, atendido la gravedad de sus lesiones no pudo detallar qué especies le habían robado. A eso de las 6:00 am les informan desde el Hospital que Jhoan Rocha había fallecido, se dio cuenta a la fiscalía de flagrancia del deceso, la que instruyó la comparecencia de las unidades especializadas del OS 9 y Labocar. Por su parte los funcionarios Raúl Enrique Sepúlveda Cáceres y Juan Orlando P
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R.I.T. nro.: 59-2024 R.U.C. nro.: 2300269031-4 Delito : Robo con Homicidio Acusado : Oscar Andrés Plaza Hernández. Melipilla, a dos de agosto de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que durante las audiencias de los días 26 y 29 de julio de dos mil veinticuatro ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla, presidida por don Gustavo Oscar Campaña Go
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