Juzgado de Garantía de Talcahuano.

JUAN CARLOS VÁSQUEZ BARRERA C/ ENRIQUE PATRICIO CIFUENTES INOSTROZA

Rol

O-1670-2019

Fecha

1 de agosto de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos ocurridos el día 14 de junio del año 1 acontecido en la ciudad de Hualpén. II.- Que reuniendo los requisitos de la ley 1 . 1 , se le concede al sentenciado la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL de la misma por el término de un año, debiendo concurrir a la sección especializada de Gendarmería, al Centro de Reinserción Social que le corresponda a su domicilio para cumplir las demás obligaciones señaladas en el artículo quinto de la ley 1 . 1 . Se le da un plazo de días desde que esta sentencia quede firme y ejecutoriada para hacerse presente ante el Centro de Reinserción Social de Concepción. III.- Que la multa se entiende cumplida toda vez que estuvo privado de libertad en esta causa desde el 11 al 1 de marzo de 1. Se ordena asimismo, oficiar a al departamento de Transito de la Municipalidad de Hualpén y para que tome conocimiento de la suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años. Así mismo se ordena oficiar al registro Civil para que de cumplimiento a lo dispuesto en el artículo de la ley 1 . 1 y para que tome conocimiento de la suspensión de la licencia de conducir por dos años. Una vez firme y ejecutoriada la sentencia dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. RUC 1800580063-K RIT 16 0 – 01 DICTADA POR KARINA IVONNE LUNA ANGULO, JUEZA SUPLENTE DEL JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO. Código: TGPEXPGRNYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: TGPEXPGRNYD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-08-02T12:26:07-0400

Fallo

se declara: I.- Que se condena a ENRIQUE PATRICIO CIFUENTES INOSTROZA, cédula de identidad número 111 4 - , ya individualizado, como autor del delito de conducción en estado de ebriedad, en grado desarrollo consumado, a la pena de CUARENTA Y UN DIAS DE PRISÓN EN SU GRADO MAXIMO, suspensión de cargo y oficios públicos durante el tiempo de la condena, a una multa de UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, a la pena de SUSPENSIÓN DE LICENCIA CONDUCIR POR DOS AÑOS, sin costas de la causa, por los hechos ocurridos el día 14 de junio del año 1 acontecido en la ciudad de Hualpén. II.- Que reuniendo los requisitos de la ley 1 . 1 , se le concede al sentenciado la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL de la misma por el término de un año, debiendo concurrir a la sección especializada de Gendarmería, al Centro de Reinserción Social que le corresponda a su domicilio para cumplir las demás obligaciones señaladas en el artículo quinto de la ley 1 . 1 . Se le da un plazo de días desde que esta sentencia quede firme y ejecutoriada para hacerse presente ante el Centro de Reinserción Social de Concepción. III.- Que la multa se entiende cumplida toda vez que estuvo privado de libertad en esta causa desde el 11 al 1 de marzo de 1. Se ordena asimismo, oficiar a al departamento de Transito de la Municipalidad de Hualpén y para que tome conocimiento de la suspensión de la licencia de conducir por el término de dos años. Así mismo se ordena oficiar al registro Civil para que de cumplimiento

Texto Completo (Preview)

Talcahuano, uno de agosto de dos mil veinticuatro. Y visto, además lo prescrito en los artículos 1, , , , 14 n° 1, 1 n°1, 1 , 1, , , , , del Código Penal; artículos , y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1 , 11 , y 111 de la ley 1 . , articulo y siguientes de la ley 1 . 1 , se declara: I.- Que se condena a ENRIQUE PATRICIO CIFUENTES INOSTROZA, cédula de identidad número 111 4 - , ya i

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