Juzgado de Letras y Garantía de Andacollo.

LUIS ANDRES VILLALOBOS ALVAREZ C/ FRANCISCO RAMON PATIÑO VEAS

Rol

O-306-2023

Fecha

30 de julio de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 N° 9, 15 N° 1, 30,67 y demás normas pertinentes del Código Penal, artículo 196 de la Ley 18.290 , articulo 110 inciso II del mismo cuerpo legal, articulo 406 y siguientes del Código Procesal Penal y artículos 4 y 38 de la Ley 18.216 SE RESUELVE: I.- Que se condena a don FRANCISCO RAMON PATIÑO VEAS , cédula nacional de identidad número 15.047.678-k, ya individualizado , por su participación en calidad de autor en el delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de daños , previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290 en relación con el artículo 110 inciso II del mismo cuerpo legal , perpetrado en el grado de consumado en la comuna de Andacollo , el día 6 de agosto de 2023, a sufrir la pena 21 días de prisión , además de la accesoria de suspensión de la licencia de conducir por el lapso de dos años a la multa de una (1) Unidad Tributaria Mensual , más las Código: XBRQXPJHZPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena., sin costas de la causa. II.- Que reuniéndose los requisitos del articulo IV de la Ley 18.216 , se le sustituye al sentenciado, la pena corporal por la de remisión condicional , debiendo quedar sujeto a observación de Gendarmería de Chile por el periodo de un año , debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de La Serena, debiendo además cumplir durante el periodo del control con las condiciones previstas en el articulo 5° de La Ley 18.216. Para estos efectos el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de La Serena dentro del plazo de 5 días corridos contados desde que la presente sentencia quede firma y ejecutoriada, bajo apercibimiento de despacharse inmediatamente orden de detención en su contra. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el sentenciado cumplirá íntegrament

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que se condena a don FRANCISCO RAMON PATIÑO VEAS , cédula nacional de identidad número 15.047.678-k, ya individualizado , por su participación en calidad de autor en el delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de daños , previsto y sancionado en el artículo 196 de la ley 18.290 en relación con el artículo 110 inciso II del mismo cuerpo legal , perpetrado en el grado de consumado en la comuna de Andacollo , el día 6 de agosto de 2023, a sufrir la pena 21 días de prisión , además de la accesoria de suspensión de la licencia de conducir por el lapso de dos años a la multa de una (1) Unidad Tributaria Mensual , más las Código: XBRQXPJHZPC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo que dure la condena., sin costas de la causa. II.- Que reuniéndose los requisitos del articulo IV de la Ley 18.216 , se le sustituye al sentenciado, la pena corporal por la de remisión condicional , debiendo quedar sujeto a observación de Gendarmería de Chile por el periodo de un año , debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de La Serena, debiendo además cumplir durante el periodo del control con las condiciones previstas en el articulo 5° de La Ley 18.216. Para estos efectos el sentenciado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de La Serena dentro del plazo de 5 días corridos contados desde que la presente sente

Texto Completo (Preview)

Hecho determinado: “El día 06 de agosto de 2023, alrededor de las 04:40 hrs, el imputado Francisco Ramón Patiño Veas, ya individualizado, condujo en estado de ebriedad el auto Marca ByD, modelo FO GL, color negro, año de fabricación 2012, Placa Patente Única DSSW-84, colisionando el cierre perimetral del inmueble ubicado en Calle Bellavista N° 980, sector el Curque, comuna de Andacollo, inmueble d

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