Juzgado de Garantía de Puente Alto

MATIAS IGNACIO NEIRA RIFFO C/ MIGUEL ANGEL RÍOS ARAYA

Rol

O-4832-2024

Fecha

29 de julio de 2024

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos establecidos en la sentencia: El día 17 de febrero del año 2024, aproximadamente a las 21:15 horas, la intersección Avenida Santa Rosa con Pasaje Punta Chilen, comuna de Puente Alto, el imputado MIGUEL ANGEL RIOS ARAYA fue sorprendido poseyendo, transportando, guardando o portando, al interior de un banano, sin contar con la competente autorización, 33 envoltorios contenedores de cocaína con un peso neto de 2,7 gramos; destinada a su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo. Sentencia (parte resolutiva): Puente Alto, veintinueve de julio de dos mil veinticuatro. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artículo 50 y 52 Ley N° 20.000; y artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que, se CONDENA a MIGUEL ANGEL RIOS ARAYA, cédula de identidad N° 16.127.625-1, ya individualizado, como AUTOR de la FALTA consumada, contemplada en el artículo 50 de la Ley N° 20.000, por los hechos acaecidos en la comuna de Puente Alto, el día 17 de febrero de 2024, a la PENA DE MULTA DE UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que, para el pago de la multa impuesta precedentemente, se le concede un plazo de treinta días para su pago, contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada para todos los efectos legales, bajo el apercibimiento del artículo 49 del Código Penal. III.- Que, se decreta el COMISO de las especies incautadas bajo el NUE 5687854, y se autoriza desde ya la destrucción por parte del Ministerio Público. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber ahorrado al Estado los gastos que demandaría la realización de un juicio oral.I Regístrese y archívese. En su oportunidad, cúmplase con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. Sentencia firme y ejecutoriada. Código: TZYVXPMXDSB

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15, 25, 30, 49, 50, 67 y 70 del Código Penal; artículo 50 y 52 Ley N° 20.000; y artículos 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que, se CONDENA a MIGUEL ANGEL RIOS ARAYA, cédula de identidad N° 16.127.625-1, ya individualizado, como AUTOR de la FALTA consumada, contemplada en el artículo 50 de la Ley N° 20.000, por los hechos acaecidos en la comuna de Puente Alto, el día 17 de febrero de 2024, a la PENA DE MULTA DE UN TERCIO DE UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. II.- Que, para el pago de la multa impuesta precedentemente, se le concede un plazo de treinta días para su pago, contados desde que la presente sentencia se encuentre firme y ejecutoriada para todos los efectos legales, bajo el apercibimiento del artículo 49 del Código Penal. III.- Que, se decreta el COMISO de las especies incautadas bajo el NUE 5687854, y se autoriza desde ya la destrucción por parte del Ministerio Público. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa, por haber ahorrado al Estado los gastos que demandaría la realización de un juicio oral.I Regístrese y archívese. En su oportunidad, cúmplase con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales. Sentencia firme y ejecutoriada. Código: TZYVXPMXDSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado.. Fecha Puente Alto., veintinueve de julio de dos mil veinticuatro Magistrado MARÍA JOSÉ ARAYA SAAVEDRA Fiscal RODOLFO HERRERA Defensor JOSE SOBERON Hora inicio 11:07AM Hora termino 11:17AM Sala SALA 4 VIDEO CONFERENCIA Tribunal Juzgado de Garantía de Puente Alto Acta DEN RUC 2400200690-8 RIT 4832 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION CO

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