RODRÍGUEZ/PANADERÍA Y PASTELERÍA NAVARRO GALLEGUILLOS E.I.R.L.
Rol
O-1221-2021
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda. Argumentos contenidos íntegramente en el registro de audio por lo que no se transcriben.- El Tribunal Resuelve: La parte demandada no asiste por lo que no prospera el llamado a conciliación y, asimismo, no habiendo contestado la demanda, se estima no hay hechos controvertidos por lo que se procede a dictar el fallo. Téngase por notificadas a las partes de las resoluciones dictadas en la presente audiencia. DICTACION Y NOTIFICACION DE SENTENCIA Se procede a la dictación y notificación de la sentencia.- se deja constancia que el registro íntegro de la sentencia se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva.- Valparaíso, a treinta de junio de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Por las consideraciones precedentemente dictadas, contenidas en audio y, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 162, 163, 168, 453, 454, y demás pertinentes del Código del Trabajo,
Fallo
SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda deducida por doña ROSA CRISTINA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, ya individualizada, en contra de PANADERÍA Y PASTELERÍA GERARDO SEGUNDO NAVARRO GALLEGUILLOS E.I.R.L, representada legalmente por don GERARDO SEGUNDO NAVARRO GALLEGUILLOS, declarando que el despido materia de la presente causa ha sido verbal e incausado y, condenando, entonces, a la demandada, al pago de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo, por la suma de $408.125. b. Indemnización por años de servicios, durante la relación laboral habida entre las partes, desde el 08 de febrero de 1972 y hasta el 12 de octubre de 2021, por la suma de $20.406.250, más el recargo legal del 50%, de conformidad con lo que dispone el artículo 168 del Código del Trabajo. c. Al pago de las indemnizaciones compensatorias de feriado legal, por la suma de $571.375 y feriado proporcional, por la suma de $142.844. II. Que, las sumas condenadas a pagar en la presente sentencia, deberán pagarse debidamente reajustadas y con los intereses legales que corresponden, de conformidad con lo que dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, dada la forma de realización de esta audiencia, se condena en costas a la parte demandada, las que se regulan en el 10% de las sumas que se obtenga de la liquidación del crédito que se haga en la etapa de cumplimiento de la presente sentencia. Póngase en conocimiento de las partes la sentencia que se ha dictado. Siendo las 10:29
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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO POR VIDEOCONFERENCIA EN PLATAFORMA ZOOM. FECHA Valparaíso, jueves, 30 de junio de 2022 RUC 21-4-0365250-1 RIT O-1221-2021 MAGISTRADO Catalina Lagos Gómez ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jean Paul Debeuf HORA DE INICIO 10:16 Horas.- HORA DE TERMINO 10:29 Horas.- SALA DE AUDIENCIA Sala N° 8 Nº REGISTRO DE AUDIO 21-4-0365250-1-1338 PA
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