Juzgado de Letras de Illapel

SOLIS/

Rol

V-78-2019

Fecha

6 de mayo de 2021

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: 1.- Que con fecha 22 de febrero de 2019, don RENE FABIAN SOLIS VEGA, chileno, soltero, minero, Cédula de Identidad N° 5.618.969-6, domiciliado en Parcela N° 3, La Puntilla Norte, Comuna de Illapel, solicitó manifestación minera a fin de constituir la concesión de explotación denominada “ ALBORADA VIII 1 AL 40”, cuyo Punto de Interés se determina por la intersección de las coordenadas U.T.M. NORTE: 6.471.150 metros y ESTE: 296.300 metros. El terreno que comprende la concesión solicitada está formado por un rectángulo de 2.000 metros con orientación Norte-Sur UTM., por 1.000 metros con orientación Este-Oeste UTM., y abarcará una superficie de 200 hectáreas, terrenos abiertos y sin cultivos ubicados en la Comuna de Illapel, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo. 2.- Que con fecha 6 de marzo de 2019, se inscribió la manifestación a fojas 292, N° 123 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Illapel, año 2019. 3.- Que con fecha 18 de marzo y 7 de octubre de 2019, se publicaron la manifestación así inscrita y la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. 4.- Que con fecha 17 de septiembre de 2019, don SERGIO FERNANDO TOBAR MORENO, abogado, cédula de identidad N° 5.359.936-2, domiciliado en calle San Martín N° 215, Oficina 304, Illapel, en representación de don René Fabián Solís Vega, solicitó mensura de la totalidad de pertenencias mineras inicialmente manifestadas, abarcando una superficie de 200 hectáreas. 5.- Que con fecha 30 de abril de 2020, don SERGIO TOBAR MORENO, abogado, por el solicitante, don René Solís Vega, hace entrega de actas y planos de mensura de las pertenencias mineras de autos, ordenándose la remisión de los antecedentes al Servicio para su informe. 6.- Que mediante ordinario Nº 2058 de 03 de septiembre de 2020, el Servicio Nacional de Geología y Minería, informó que la operación de mensura contiene errores, debiendo el perito mensurador subsanar las observaciones,

Fallo

SE RESUELVE: A.- Que se declara constituida la Concesión Minera de Explotación denominada “ ALBORADA VIII, 1 AL 40 ”, con una superficie total de 200 hectáreas, ubicada en Socavón, Comuna de Illapel, Provincia de Choapa, Región de Coquimbo, a favor de don RENE FABIAN SOLIS VEGA, ya individualizado en autos, siendo las coordenadas U.T.M. del Punto de Interés y cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de explotación, las indicadas en el punto Nº 9 de la parte expositiva de este fallo y se aprueba el acta y plano de mensura de este grupo de pertenencias mineras. B.- Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Señor Ministro de Fe del tribunal o quien lo reemplace en sus funciones en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial de la República de Chile. C.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de Illapel, conjuntamente con el acta de mensura y archívese una copia del plano respectivo. D.- Remítase por el interesado el plano original, copia de esta sentencia y copia del acta de mensura al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese, certifíquese de oficio la ejecutoria de la sentencia una vez vencido el plazo respectivo; obténgase copia de la sentencia constitutiva y demás piezas pertinentes directamente del sistema informático de tramitación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley 20.88

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : V-78-2019 CARATULADO : SOLIS/ Illapel, seis de Mayo de dos mil veintiuno. VISTO: 1.- Que con fecha 22 de febrero de 2019, don RENE FABIAN SOLIS VEGA, chileno, soltero, minero, Cédula de Identidad N° 5.618.969-6, domiciliado en Parcela N° 3, La Puntilla Norte, Comuna de Illapel, solicitó manifestación minera a fin d

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