Juzgado de Letras del Trabajo de Calama

CAJALIN/SOCIEDAD DE INVERSIONES VIALQ LTDA (O VICENCIOS LTDA.)

Rol

M-53-2022

Fecha

30 de junio de 2022

Materia

Costas, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 30/06/2022 RUC 22- 4-0394624-2 RIT M-53-2022 MAGISTRADO Gabriela Abusabal Chacoff ADMINISTRATIVO DE ACTAS Emmily Rodríguez Carrillo HORA DE INICIO 09.33 HORA DE TERMINO 09.47 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240394624-2-1357 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE Erlita Cajalin Ruiz ABOGADO Karin Reiter Mercado FORMA DE NOTIFICACION notificacionesestudionaranjo@gmail.com PARTE RECLAMADA COMPARECIENTE SOCIEDAD DE INVERSIONES VIALQ LTDA (O VICENCIOS LTDA. ABOGADO No presenta FORMA DE NOTIFICACION No señala ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO ORD (HECHO DE HABERSE EFECTUADO O NO, Y SU ORDEN) · SENTENCIA X Calama, treinta de junio de dos mil veintidós. Al inicio de la audiencia, se proveen las presentaciones de las partes que se encuentran en la pestaña de escritos por resolver, lo cual consta en audio. Incomparecencia de demandada: Se deja constancia la incomparecencia de la demandada SOCIEDAD DE INVERSIONES VIALQ LTDA, quien fue válidamente emplazada con fecha 9 de junio del presente año. Por lo tanto, no habiendo contestado la demanda de autos y no habiendo comparecido a la presente audiencia, se declara rebelde para todos los efectos legales Llamado a conciliación: Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce en atención a la rebeldía de la parte demanda. El Tribunal en atención a la rebeldía de la demandada, hace efectivo el apercibimiento contemplado en el artículo 453 Nº1 inciso 7º del Código del Trabajo y se dicte sentencia en forma inmediata, y teniendo lo dispuesto en el acta 71 del año 2016, en cuanto a la facultad de los jueces laborales y de familia de dictar sentencias en audio, se autoriza a redactar sólo lo resolutivo de la sentencia y en caso de existir algún tipo de recurso se deberá subir el texto íntegro, dentro de quinto día. Calama, treinta de junio de dos mil veintiuno. VISTO, OIDOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Por las consideraciones anteriores y lo dispuesto en los artículos 63, 73, 162, 171, 201, 496, todos del Código del Trabajo,

Fallo

se declara rebelde para todos los efectos legales Llamado a conciliación: Llamadas las partes a conciliación, ésta no se produce en atención a la rebeldía de la parte demanda. El Tribunal en atención a la rebeldía de la demandada, hace efectivo el apercibimiento contemplado en el artículo 453 Nº1 inciso 7º del Código del Trabajo y se dicte sentencia en forma inmediata, y teniendo lo dispuesto en el acta 71 del año 2016, en cuanto a la facultad de los jueces laborales y de familia de dictar sentencias en audio, se autoriza a redactar sólo lo resolutivo de la sentencia y en caso de existir algún tipo de recurso se deberá subir el texto íntegro, dentro de quinto día. Calama, treinta de junio de dos mil veintiuno. VISTO, OIDOS y CONSIDERANDO: Por las consideraciones anteriores y lo dispuesto en los artículos 63, 73, 162, 171, 201, 496, todos del Código del Trabajo, se resuelve lo siguiente: I. Se declara que la relación laboral concluyó con fecha 10 de marzo de 2022, por imcumplimineto grave de las obligaciones que imponía el contrato por parte del empleador SOCIEDAD DE INVERSIONES VIALQ LTDA. II. Que la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones: a. Indemnización por cuatro años de servicio por la suma de $1.958.000, más el recargo del 50% de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo por la suma de $979.000.- b. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $489.500.- c. Feriado legal correspondiente al periodo 2019-2020 ($342.650)

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 30/06/2022 RUC 22- 4-0394624-2 RIT M-53-2022 MAGISTRADO Gabriela Abusabal Chacoff ADMINISTRATIVO DE ACTAS Emmily Rodríguez Carrillo HORA DE INICIO 09.33 HORA DE TERMINO 09.47 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240394624-2-1357 PARTE RECLAMANTE COMPARECIENTE Erlita Cajalin Ruiz ABOGADO Karin Reiter Mercado FOR

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