2º Juzgado de Garantía de Santiago

ALEJANDRA ISABEL PINO ROSALES C/ SERGHI ALEXIS ZEPEDA CID

Rol

O-2103-2021

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

POSESIÓN O TENENCIA DE ARMAS PROHIBIDAS, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 21 de octubre de 2021, en virtud de una orden de entrada y registro la policía de investigaciones irrumpió en el inmueble ubicado en Pasaje 55 N° 6648, comuna de Lo Espejo, domicilio que corresponde al imputado PEDRO ADRIANO REVECO JARA, incautándose las siguientes evidencias de su propiedad: - 15 envoltorios de papel contenedores de cocaína base con un peso bruto de 20,95 gramos. - $21.000.- de dinero en efectivo. - $8.800.- de dinero efectivo. - $472.000 de dinero en efectivo. - 03 balanza digital.- 01 cuchara metálica, 01 colador, 01 tijera todos con residuos de cocaína.- Diversas bolsas de nylon transparentes de las utilizadas para la dosificación de drogas.- 01 pistola a fogueo marca Bruni calibre 9 mm., modificada para operar como arma de fuego. SE DECLARA: I. Que se condena a PEDRO ADRIANO REVECO JARA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor, del delito de TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 21 de octubre de 2021, en la comuna de Lo Espejo. II. Que se condena a PEDRO ADRIANO REVECO JARA, ya individualizado, en calidad de autor, del delito de MICROTRAFICO, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de un tercio de UTM. III. Que las penas impuestas serán de cumplimiento a través de la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por el término de 983 días, sirviéndole de abono los 174 días que estuvo privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, entre el 22 de octubre de 2021 y el 14 de abril de 2022. IV. Se decreta el comiso de las especies incautadas y del arma la que deberán ser destruidos en su oportuni

Fallo

SE DECLARA: I. Que se condena a PEDRO ADRIANO REVECO JARA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor, del delito de TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO PROHIBIDA, en grado CONSUMADO perpetrado con fecha 21 de octubre de 2021, en la comuna de Lo Espejo. II. Que se condena a PEDRO ADRIANO REVECO JARA, ya individualizado, en calidad de autor, del delito de MICROTRAFICO, a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO, a las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al pago de una multa de un tercio de UTM. III. Que las penas impuestas serán de cumplimiento a través de la pena sustitutiva de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por el término de 983 días, sirviéndole de abono los 174 días que estuvo privado de libertad con ocasión de esta causa, esto es, entre el 22 de octubre de 2021 y el 14 de abril de 2022. IV. Se decreta el comiso de las especies incautadas y del arma la que deberán ser destruidos en su oportunidad por el Arsenal de guerra. V. Asimismo, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la ley N°20.000, se decreta el comiso del dinero incautado correspondiente a las sumas de 21.000, $8.800 y $472.000 de dinero en efectivo, las que deberán ser depositadas por el Ministerio

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: SEGUNDO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CLAUDIA LORENA PIZARRO LUCO RUC: 2100091194-9 RIT: 2103- 2021 IMPUTADO: PEDRO ADRIANO REVECO JARA C.I. 9962174-5 FECHA DE NAC. 29-12-1963 DIRECCION Pasaje San Miguel N° 1044 COMUNA: La Pintana. DELITO Tenencia ilegal

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