Juzgado de Garantía de Colina

PABLO ANDRÉS SOTO JAQUES C/ ROY LESTER CORTEZ ESPINOZA

Rol

O-5587-2023

Fecha

25 de julio de 2024

Materia

CONSUMO/PORTE DE DROGAS EN LUGARES CALIFICADOS (ART. 51)., TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: El día 16 de septiembre de 2023, a las 15.00 horas aproximadamente, en Centro Penitenciario Colina II, ubicado en carretera General San Martín N° 765, comuna de Colina, el interno requerido ROY LESTER CORTEZ ESPINOZA fue sorprendido por funcionario de Gendarmería portando entre sus vestimentas, específicamente en el bolsillo izquierdo del pantalón, 01 teléfono celular marca Samsung, 01 tarjeta SIM de la empresa WOM, más 01 bolsa de nylon con sustancia de color ocre, la cual fue identificada posteriormente como pasta base de cocaína, con un peso de 5,6 gramos bruto, sin estar legal o reglamentariamente autorizado al efecto para el porte de tales especies. SE RESUELVE: Código: TDECXPJJWFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se ABSUELVE a ROY LESTER CORTEZ ESPINOZA, Cedula de identidad N° 0016377509-3, ya individualizado, de la imputación que lo considero autor del supuestos delitos de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P y del Articulo 51 de la Ley 20.000., supuestamente cometidos en la juridiccion de este tribunal el dia 16 de septiembre de 2023. II. Que no se condena en costas al Ministerio Publico por tener motivo plausible para litigar.  Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada.  Álcense las medidas cautelares que se hubieren decretado en su oportunidad.  Regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. Código: TDECXPJJWFX Este documento tiene firma electrónica y su

Fallo

SE RESUELVE: Código: TDECXPJJWFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I. Que se ABSUELVE a ROY LESTER CORTEZ ESPINOZA, Cedula de identidad N° 0016377509-3, ya individualizado, de la imputación que lo considero autor del supuestos delitos de TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P y del Articulo 51 de la Ley 20.000., supuestamente cometidos en la juridiccion de este tribunal el dia 16 de septiembre de 2023. II. Que no se condena en costas al Ministerio Publico por tener motivo plausible para litigar.  Las partes renuncian a los plazos, sentencia ejecutoriada.  Álcense las medidas cautelares que se hubieren decretado en su oportunidad.  Regístrese y archívese en su oportunidad “La“La sentenciasentencia dictadadictada oralmenteoralmente enen audiencia,audiencia, sese encuentraencuentra íntegramenteíntegramente consignadaconsignada enen elel registroregistro dede audioaudio dede esteeste Tribunal,Tribunal, dede conformidadconformidad aa lolo dispuestodispuesto enen loslos artículosartículos 3939 yy siguientessiguientes deldel CódigoCódigo ProcesalProcesal Penal”.Penal”. Dictada por CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Colina. Código: TDECXPJJWFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-25T15:13:37-0400

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO FECHA: Colina, veinticinco de julio de dos mil veinticuatro. TRIBUNAL: JUZGADO DE GARANTÍA DE COLINA MAGISTRADO: CARLOS ARTURO POBLETE GONZÁLEZ RUC: 2301041688-4 RIT: 5587 - 2023 IMPUTADO: ROY LESTER CORTEZ ESPINOZA C.I. 0016377509-3 FECHA DE NAC. 08-02-1987 NACIONALIDAD: Chileno DIRECCION Avenida RENAICO 1271, POBLACION UNIDAD VECINAL Nº 1

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica