8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CRISTIAN FELIPE ANWANDTER GUERRERO

Rol

O-5990-2023

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º Que el Ministerio Público dedujo acusación en procedimiento abreviado, que se tuvo como requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de Cristian Felipe Anwandter Guerrero, C.I. 18.857.996-5, domiciliado en Pasaje El Lino Nº 5506, Huechuraba, por los siguientes hechos: a.- Hechos: Que el día 23 de Septiembre del 2023, alrededor de las 07:30 horas de la madrugada, el requerido de edad Cristian Felipe Anwandter Guerrero ya individualizado, se dirigió Ingresó a las obras ubicadas en avenida Santa María número 390 en la comuna de Providencia, escalando un muro perimetral lo anterior con la intención de sustraer especies dentro de ese contexto siendo sorprendido por un guardia de seguridad del lugar, quien le detuvo hasta la llegada de funcionarios policiales b.- Calificación jurídica: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, constituyen el delito de Robo En Lugar No Habitado en grado de ejecución frustrado, prescrito y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal. c.- Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad Penal: A juicio de esta Fiscalía, respecto del requerido concurre la atenuante del art 11 N° 6 del CP. d. PROPOSICIÓN DE PENA: 61 días de presidio menor en su grado mínimo, en caso de aceptación de responsabilidad. La defensa pide que se le reconozcan los abonos correspondientes y se le conceda remisión condicional y se reconozca la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal. 2º Que el requerido admitió su responsabilidad en el hecho, previamente asesorado por su defensa. 3º Los elementos de cargo, descritos verbalmente en la audiencia y consignados en el respectivo registro de audio, unidos a la admisión de responsabilidad del imputado, tienen el mérito suficiente para tener por probado, más allá de toda duda razonable, el hecho descrito en el requerimiento, que constituye, según los razonamientos expresados verbalmente en audiencia, los delitos materia de dicho libelo. Código: SZRUXPQXZGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Los mismos antecedentes, unidos a su admisión de responsabilidad, permiten dar por establecida su participación en calidad de autor. 4° Para la determinación de pena, y por las razones expuestas en la audiencia oral, se estableció la atenuante del artículo 11 N° 6 y 11 N° 9, ambas del Código Penal. 5° Que la pena privativa de libertad por el delito de robo en lugar no habitado debe ajustarse a lo peticionado por el Ministerio Público, por lo que se le impondrá aquella solicitada. 6° Que se concederá la pena sustitutiva de remisión condicional por concurrir los requisitos legales. 7° En cuanto a las costas, se le eximirá de su pago atendido el reconocimiento de responsabilidad en los hechos por parte del requerido, voluntad que evitó los costos materiales, humanos y económicos que implican la realización de un juicio oral. Y con lo previsto en los artículos 36, 45, 47, 49

Fallo

se declara: I. Que se condena a Cristian Felipe Anwandter Guerrero, C.I. 18.857.996-5, ya individualizado, a cumplir una pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, y a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como autor de un delito frustrado de robo en lugar no habitado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal, cometido en la comuna de Providencia el día 23 de Septiembre del 2023. II. Que se le sustituye la pena privativa de libertad por la de de un año de remisión condicional, bajo las condiciones descritas en el artículo 5º de la Ley Nº 18.216. Para tal efecto, el sentenciado deberá presentarse en dependencias del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, correspondiente a su domicilio, dentro del plazo de cinco días contados desde que la sentencia quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de despachar orden de detención en su contra si no lo hiciere, bastando para ello el solo informe de Gendarmería dando cuenta de su no presentación. Que caso de que la pena sustitutiva le fuere revocada y deba cumplir la condena de manera efectiva, se reconoce 8 (ocho) días de abono a su favor, correspondiente al 29 de septiembre de 2023, día en que estuvo detenido por Código: SZRUXPQXZGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl esta causa; y a los días 16 de julio de 2024 al 22 de julio de 2024, en que estuv

Texto Completo (Preview)

Santiago, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y considerando: 1º Que el Ministerio Público dedujo acusación en procedimiento abreviado, que se tuvo como requerimiento en procedimiento simplificado, en contra de Cristian Felipe Anwandter Guerrero, C.I. 18.857.996-5, domiciliado en Pasaje El Lino Nº 5506, Huechuraba, por los siguientes hechos: a.- Hechos: Que el día 23 de Septiembre

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