2º Juzgado de Garantía de Santiago

SOCIEDAD CONCESIONARIA VESPUCI C/ LUIS GERMÁN QUEZADA VARAS

Rol

O-8368-2022

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago se realizó la audiencia de juicio abreviado, con asistencia de la Fiscal Adjunto Sra. Nancy Orellana D; de la parte querellante, representado por el abogado Sr. José Maldonado C.; de la defensora penal público Sra. Natalia Fernández P., y del acusado Luis Germán Quezada Varas, cédula de identidad 13.061.587-2, domiciliado en calle Talhuen N° 20, Quilicura.- El Ministerio Público dedujo acusación que sindica al imputado como autor de un delito de robo con fuerza de especies que se encuentran en bienes nacionales de uso público, consumado.- Reconoce la circunstancia atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, en el evento de acepten su juzgamiento en procedimiento abreviado y solicita la imposición de una pena de 541 días de presidio menor en grado medio, accesorias, sin costas.- Consultado el acusado - en conocimiento de sus derechos - manifestó libremente, su conformidad y aceptación con los hechos materia de la acusación y los antecedentes que la sustentan, por lo que se procedió a declarar admisible el procedimiento abreviado, escuchando a la Fiscalía, quien hizo un resumen de los antecedentes reunidos en la investigación y reiteró los términos de su pretensión punitiva en la forma que se ha precisado en el párrafo precedente. A continuación, la defensa no controvirtió la calificación de los hechos, grado de desarrollo, ni participación que se atribuye a sus representados. Tampoco objeta el quantum de la pena y

Fundamentos

considerando que las penas pretéritas que registra su representado, se encuentran prescritas, se le beneficie con el modo alternativo de cumplimiento de la pena privativa de libertad, de condena remitida, sin costas-. C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Los hechos y circunstancias objeto de la acusación, aceptados por el acusado son los siguientes: Código: YGCNXPXQLEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl El día 15 de Diciembre de 2022, alrededor de las 05:50 horas, en la autopista Américo Vespucio Norte, altura del N° 1691, comuna de Quilicura, el imputado LUIS GERMAN QUEZADA VARAS, ejerciendo fuerza en las cosas con una herramienta para forzar los anclajes y desprender las rejas desde sus fijaciones, sustrajo seis rejas o vallas segregatorias, malla tipo ACMA metálica electrosoldada fabricada por PRODALAM, de 1,80 metros de alto por 2,50 metros de largo cada una, con un valor de CIEN MIL PESOS cada una de ellas, de propiedad de Sociedad Concesionaria Vespucio Norte Express S.A., dándose a la fuga del lugar con las especies sustraídas en su poder. SEGUNDO: Los antecedentes de la investigación que han sido aceptados por el encartado y que sirven para dar por probado el hecho antes referido son: 1-.Parte Policial N° 9592 de la 49° Comisaría de Carabineros, en que se consigna las circunstancias de la detención de un sujeto, por personal policial que se encontraba asignado a la central de monitoreo mediante video cámaras de la Sociedad Concesionaria Vespucio Norte Express S.A., advirtió que en horas de la mañana, dos sujetos se acercaron premunidos de herramientas a la autopista Américo Vespucio Norte, altura del N° 1691, comuna de Quilicura, lugar en el cual procedieron a desmontar desde su base, seis rejas o vallas segregatorias, malla tipo ACMA metálica electrosoldada fabricada por PRODALAM, de 1,80 metros de alto por 2,50 metros, las que cargaron y se retiraron del lugar. Por lo anterior dio avispo a personal policial quien concurre a las inmediaciones, proporcionándoles por comunicación radial las características de los sujetos y lugar por el que se desplazaban. De los dos sujetos la unidad policial solamente logró la detención de uno de los sujetos.- 2.- Declaración de Máximo Lablee Henríquez, funcionario policial de la 32° Comisaría de carabineros de Tránsito, quien ratifica su intervención en los hechos en la forma descrita en el parte, por cuanto fue el agente policial que se encontraba destacado en la central de cámaras de la autopista y alertó a otros agentes de la sustracción por medio de la fuerza de varios paneles de seguridad.- 3.- Declaraciones de los funcionarios policiales Patricio Millar Rojas, Bastián Pérez Pinares, y Danilo Vargas Hidalgo, quienes ratifican como efectivamente encontrándose de servicio en la población recibieron un comunicado radial, informándoles de la sustracción por parte de sujetos de paneles de seguridad en la autopista Américo Vespucio Norte, a

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos 36, 45,46 47, 297, 340, 344, 346, 348, 406, 407, 409, 410, 412, 413 y 415 del Código Procesal Penal y artículos 1°, 7, 11 N°s 9, 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 22, 24, 30, 50, 68 inciso primero 69, 76 y 432, 443 del Código Penal y Ley 18.216 y su Reglamento, se resuelve: I. Se condena al acusado Luis Germán Quezada Varas, cédula de identidad 13.061.587-2, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor de un delito de robo con fuerza de especies que se encuentran en bienes nacionales de uso público, consumado, ocurrido en territorio jurisdiccional de este tribunal, el día 15 de Diciembre de 2022.- II.-La pena privativa de libertad se remite condicionalmente, quedando el sentenciado sujeto a control administrativo de la Sección de Tratamiento en Medio Libre de Gendarmería de Chile, por el lapso de 541 días.- En el evento de revocarse dicho régimen y decretarse el cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad, se reconoce 01 (un) día que experimentó privación de libertad con motivo de la tramitación de esta causa (16 de Diciembre de 2022).- III. Se absuelve al sentenciado del pago de las costas de la causa, por cuanto al admitir responsabilidad en el hecho imputado y aceptar los antecedentes de la investigación permitieron la realización de este procedimiento abreviado, ahorrand

Texto Completo (Preview)

DELITO : ROBO con FUERZA en BIENES NACIONALES ACUSADO : LUIS GERMAN QUEZADA VARAS SENTENCIA : CONDENATORIA RUC : 2201260542-4 RIT : 8368 - 2022 Santiago, veinticuatro de Julio del dos mil veinticuatro. VISTOS: Ante este Segundo Juzgado de Garantía de Santiago se realizó la audiencia de juicio abreviado, con asistencia de la Fiscal Adjunto Sra. Nancy Orellana D; de la parte querellante, representa

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