4º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ JOSÉ LUIS GONZÁLEZ YEFILAF

Rol

O-879-2023

Fecha

23 de julio de 2024

Materia

CONDUC.SIN LA LICENCIA DEBIDA ART 194 LEY DE TRANSITO.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS RECONOCIDOS El día 03 de febrero de 2023, aproximadamente a las 09:00 horas, el imputado ya individualizado, fue sorprendido por carabineros en calle Avenida Cristóbal Colón frente al N ° 4198, de la comuna de Las Condes, Santiago, conduciendo el vehículo taxi básico, marca Nissan, modelo Tiida, placa patente única DKJT-29, sin portar ni haber obtenido la licencia profesional requerida para la conducción de dicha clase de vehículo, esto es la licencia A1, A2 o A3, habiendo este solo obtenido la licencia clase B, motivo por el cual es detenido por carabineros en el lugar. Santiago, veintitrés de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: En virtud de lo dispuesto en los artículos 1º, 3º, 7°, 11 n°6 y 9, 14 N° 1, 15 Nº 1, 25, 30, 67, 69, 70, 79 del Código Penal; artículos 1, 2, 4, 47, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 12 y 194 inciso 1° de la Ley N°18.290 y artículos 1,3 y siguientes y 38 de la Ley 18.216, se declara: I.- Que, se condena a JOSÉ LUIS GONZÁLEZ YEFILAF, chileno, cédula de identidad número 10.821.437-6, domiciliado en Manuel Soto n°2973, comuna de Macul, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS de prisión en su grado máximo y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la Código: KVYWXPQPYGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 condena, si alguno desempeñare, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado sin la licencia debida, previsto y sancionado en el artículo 194 inciso primero de la Ley n°18.290, perpetrado el día 3 de febrero de 2023 en la comuna de Las Condes. II.- Que, por reunirse los requisitos previstos en el artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile S

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a JOSÉ LUIS GONZÁLEZ YEFILAF, chileno, cédula de identidad número 10.821.437-6, domiciliado en Manuel Soto n°2973, comuna de Macul, a la pena de CUARENTA Y UN (41) DÍAS de prisión en su grado máximo y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la Código: KVYWXPQPYGX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 condena, si alguno desempeñare, como autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado sin la licencia debida, previsto y sancionado en el artículo 194 inciso primero de la Ley n°18.290, perpetrado el día 3 de febrero de 2023 en la comuna de Las Condes. II.- Que, por reunirse los requisitos previstos en el artículo 4° de la Ley N°18.216, se sustituye el cumplimiento de la pena privativa de libertad por la de REMISIÓN CONDICIONAL, debiendo el sentenciado quedar sujeto al control administrativo y a la asistencia del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile Santiago Oriente, ubicado en Américo Vespucio n°645, comuna de Ñuñoa, por el período de UN AÑO. Si la pena sustitutiva impuesta fuese revocada o quebrantada el condenado cumplirá íntegra y efectivamente la pena privativa de libertad o, en su caso, se la reemplazará por una pena sustitutiva de mayor intensidad o se dispondrá la intensificación de las condiciones decretadas. En estos casos, se someterá al condenado al cumplimiento del saldo de la pena inicial, abonándose a s

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1 CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA SANTIAGO RESUMEN RUC : RUC 2300133058-6 RIT : 879-2023 MATERIA : CONDUCCIÓN DE VEHÍCULO SIN TENER LA LICENCIA PROFESIONAL REQUERIDA IMPUTADO : JOSÉ LUIS GONZÁLEZ YEFILAF DEFENSORA PÚBLICA : ADRIANA GONZÁLEZ FISCAL : LUCÍA VALDIVIA RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO ATENUANTES : ARTÍCULO 11 N°6 y n °9 AGRAVANTES : NO SE INVOCAN HECHOS RECONOC

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