BARRERA/
Rol
V-929-2019
Fecha
13 de mayo de 2021
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 06 de agosto de 2019 doña CLAUDIA NATALIA BARRERA TAPIA, cédula de identidad número 15.470.370-5, chilena, abogado, casada, domiciliada en Cerro El Plomo 5420, oficina 2002, Las Condes, Santiago; solicitó 60 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, sobre una superficie total de 600 hectáreas, a las que denominó “PAPOSO G, 1 AL 60”, ubicadas en la comuna de Taltal, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta. SEGUNDO: Que la manifestación, en referencia, fue inscrita a fojas 3081 N° 1635, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Taltal, con fecha 12 de agosto de 2019 y se publicó en el Boletín Oficial de Minería N° 42.438, de fecha 26 de agosto de 2019, documentación agregada a los autos con fecha 25 de febrero de 2020. TERCERO: Que con fecha 25 de febrero de 2020, se presentó solicitud de mensura y por resolución de fecha 26 de febrero de 2020, se ordenó su publicación, teniéndose como fecha de presentación de la manifestación el día 06 de agosto de 2019. CUARTO: Que con fecha 27 de abril de 2020, se acompañó Boletín Oficial de Minería edición N° 42.605, de fecha 16 de marzo 2020, en donde se publicó la solicitud de mensura en el Boletín Oficial de Minería, sin que se haya deducido oposición a la misma dentro del término legal. QUINTO: Que con fecha 06 de noviembre de 2020, se acompañó acta de mensura primitiva y con fecha 08 de febrero de 2021, se acompañó acta de mensura corregida en la cual consta que se solicitaron 60 pertenencias con una superficie total de 600 hectáreas, y se mensuraron 60 pertenencias con una superficie total de 570 hectáreas con el nombre de “PAPOSO G, 1 AL 60”, ubicadas en la Segunda Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Comuna de Taltal, Sector Quebrada Grande. Las coordenadas U.T.M. de los vértices del perímetro mensurado son: LINDERO NORTE (mts.) ESTE (mts.) L1 7.226.986,00 366.522,00 L2 7.226.986,00 369.522,00 L3 7.225.086,00 369.522,00 L4 7.225.086,00 366.522,00 Las coordenadas U.T.M. del punto de interés en la presente manifestación son: Norte 7.225.986,00 metros.; ESTE 368.022,00 metros. SEXTO: Que con fecha 22 de enero de 2021, consta en informe del Servicio Nacional de Geología y Minería, N° 388, de fecha 22 de enero de 2021, las observaciones planteadas, respecto a que el manifestante infringe los articulados del Reglamento del Código de Minería, citados en dichos informes, debiendo dar cumplimiento a ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82 de dicho Código de Minería. SÉPTIMO: Que con fecha 08 de febrero de 2021, el manifestante, subsana lo observado en el informe del párrafo precedente. OCTAVO: Que la operación de la mensura, fue practicada en forma correcta, según informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería N° 1939, de fecha 19 de marzo de 2021, el cual se encuentra agregado con fecha 19 de marzo de 2021. NOVENO: Que, con fecha 22 de marzo de 2021, la presente causa queda en estado de fallars
Fallo
por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 59, 82, 83, 85, 86, 87 y 89 del Código de Minería, SE DECLARA: I.- Que, SE APRUEBA el plano y acta de mensura y QUEDAN CONSTITUIDAS las pertenencias denominadas “PAPOSO G, 1 AL 60”, ubicadas en la Segunda Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, Comuna de Taltal, Sector Quebrada Grande, con una superficie total de 570 hectáreas, a favor de CLAUDIA NATALIA BARRERA TAPIA, antes individualizada. Publíquese esta sentencia, dese extracto de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del mismo texto legal aludido, para tal efecto. Respecto a lo dispuesto en el artículo 87 inciso 3° del Código de Minería y en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886, sobre tramitación electrónica, extráiganse –por el interesado- las copias respectivas en que consta la presente sentencia, la cual lleva la firma electrónica avanzada y su código de verificación, si fuese el caso, imprimir y ser revisado del portal web www.poderjudicial.cl; Consulta unificada de causas; Sección consulta causas civiles, ó http://civil.poderjudicial.cl/CIVILPORWEB/ para su respectiva publicación. Inscríbase la citada sentencia junto con el acta de mensura correspondiente. Archívese un ejemplar del plano en el Conservador de Minas de Taltal. Entréguese al interesado el original del plano de mensura y una copia del acta de mensura, para el Servicio Nac
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FOJA: 22.- veintidós .- NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Taltal CAUSA ROL : V-929-2019 CARATULADO : BARRERA TAPIA/ MATERIA : MANIFESTACIÓN MINERA (M01M) NOMBRE : “PAPOSO G, 1 AL 60” FECHA DE INGRESO : 06 DE AGOSTO DE 2019 FECHA A.P.F. : 22 DE MARZO DE 2021 Taltal, trece de mayo de dos mil veintiuno VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 06 de agosto de 2
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