Juzgado de Garantía de Calama.

FISCALIA C/ MICHELL IVÁN SORIANO RIQUELME

Rol

O-268-2024

Fecha

24 de julio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 23 de enero de 2024, alrededor de las 14.35 horas, la victima Jorge Calani se encontraba en su lugar de trabajo como administrador del local comercial “ Mundo Joven “, ubicado en calle Sotomayor n° 1992, Calama, ingresa el requerido acompañado de otras personas y al cruzar la puerta , sustrae con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, de 11 poleras que se encontraban en exhibición , huyendo del lugar, para luego la victima seguirlo, sin perderlo de vista, logrando su ubicación con carabineros, quien además mantenía una mochila con las especies antes sustraídas, procediendo a su detención. El avaluo de las especies sustraídas es de $110.000, según boleta electrónica N°9571 El imputado admite responsabilidad y el Tribunal resuelve: Calama, veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro Y de conformidad con lo previsto en el artículo 446 N°3 del Código Penal, en relación a los artículos 1, 7, 14N°1, 15 N° 1, 24, 25 30, 51, 67, 69, 70 del mismo cuerpo legal, artículos 1, 2, 7, 9, 93, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara: I. Que, se condena a MICHELL IVÁN SORIANO RIQUELME, cédula de identidad N°0018073135-0, ya individualizado, a la pena de 21 días de prisión en su grado medio, multa de 01 unidad tributaria mensual y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de HURTO SIMPLE, en grado de frustrado, ocurrido en esta jurisdicción el día 23 de enero de 2024. II. Que, el sentenciado deberá dar CUMPLIMIENTO EFECTIVO a la condena impuesta, ante el Centro de Detención Preventiva de Calama al día siguiente de ejecutoriada la presente sentencia, si el mismo se encontrase privado de libertad para la ejecutoria de la sentencia, deberá comenzar a cumplir sin solución de continuidad, dejando constancia que registra 01 día de abono. III. Que, de conformidad al artículo 49 ter del Código Penal, el condenado ha manifestado su volunt

Fallo

se declara: I. Que, se condena a MICHELL IVÁN SORIANO RIQUELME, cédula de identidad N°0018073135-0, ya individualizado, a la pena de 21 días de prisión en su grado medio, multa de 01 unidad tributaria mensual y la pena accesoria de suspensión para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad a título de autor del delito de HURTO SIMPLE, en grado de frustrado, ocurrido en esta jurisdicción el día 23 de enero de 2024. II. Que, el sentenciado deberá dar CUMPLIMIENTO EFECTIVO a la condena impuesta, ante el Centro de Detención Preventiva de Calama al día siguiente de ejecutoriada la presente sentencia, si el mismo se encontrase privado de libertad para la ejecutoria de la sentencia, deberá comenzar a cumplir sin solución de continuidad, dejando constancia que registra 01 día de abono. III. Que, de conformidad al artículo 49 ter del Código Penal, el condenado ha manifestado su voluntad de sustituir la pena de multa de 01 (una) unidad tributaria mensual, por 24 horas de Prestación de Servicios en Beneficio de la Comunidad, debiendo cumplir con un máximo de 8 Código: DWZSXXTTRXZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl horas diarias, debiéndose presentar dentro de quinto día siguiente en que recupere su libertad, sin días de abono que considerar. IV. Que, se exime al condenado del pago de las costas de la causa. V. Cúmplase con el artículo 468 del Código Procesal Penal en su oportuni

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO RIT : 268 - 2024 RUC : 2400098453-8 FECHA : veinticuatro de julio de dos mil veinticuatro HORA INICIO : 11:28 hrs. HORA TÉRMINO : 11:48 hrs. DELITO : Hurto simple por un valor de media a menos de 4 utm. JUEZ : ALEJANDRO SALVADOR GONZALEZ ESCOBAR FISCAL : MARCELO ALEJANDRO BRAVO VALENZUELA DEFENSOR : PABLO MANUEL VERDEJO PIMENTEL IMPUTADO 1 : MICHELL IVÁ

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