Juzgado de Garantía de Temuco.

MP C/ BRANDON ANTHONY SCOTT VALDEBENITO IUBINI

Rol

O-5900-2023

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 21 de septiembre de 2022 se produjo la sustracción del au tomóvil marca Peugeot modelo 301 de color blanco, patente HYHZ 92, mediante intimidación. En efecto, ese día la víctima C.E.S.C., transitaba por el sector Tabolango de la comuna de Limache en el móvil antes indicado, cuando sujetos desconocidos movilizados en otros vehículos interrumpieron su circulación, colisionaron el móvil y descendieron armados apropiándose del vehículo, hecho denunciado mediante parte de la subcomisaría Gómez Carreño de Viña del Mar dirigido a la Fiscalía Local de Limache. El día 29 de agosto de 2023, alrededor de las 15:50 hrs., los acusados Brandon Valdebenito Iubini y Bastian Álvarez Castro junto a otros dos sujetos, concertados al efecto, movilizados en el automóvil singularizado en el párrafo anterior, se dirigieron hasta la calle las Perdices N° 443 de la localidad de Labranza, lugar donde se encontraba estacionado el camión repartidor de “Lipigas” patente PDXK 16 a cargo de la víctima M.L.M.C., quien descendió del vehículo para cumplir sus funciones, lo que fue aprovechado por los acusados y acompañantes para sustraer desde la cabina del móvil $20.000 en dinero efectivo, 2 teléfonos celulares y un máquina de hacer pedidos, todo avaluado en $520.000. Los acusados detentaban el vehículo en que se movilizaban conociendo o no pudiendo menos que conocer su origen espurio. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alza

Fallo

fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N°6 y 9, 14, 15, 24, 25, 26, 30, 49, 50, 67, 69, 70, 456 bis A inciso tercero, 446 N°2 Código: NXKJXXXPXJZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del Código Penal; y lo dispuesto en los artículos 36, 3 , 47, 297, 406, 407, 409, 410, 412, 413 del Código Procesal Penal, y en la Ley 1 .216, se resuelve: I.- Que se CONDENA a BASTIÁN ALEXIS ÁLVAREZ CASTRO y BRANDON ANTHONY SCOTT VALDEBENITO IUBINI, ya individua

Texto Completo (Preview)

RESUMEN RIT : - RUC : 8 -K MATERIA : Receptación de vehículo motorizado; Hurto simple del artículo 446 N° del Código Penal. IMPUTADO : BRANDON ANTHONY SCOTT VALDEBENITO IUBINI CÉDULA DE IDENTIDAD : . . 4- DOMICILIO : Calle COPERNICO Nº , Temuco. ATENUANTES : Artículo N° 6 y del Código Penal AGRAVANTES : No concurren. IMPUTADO : BASTIÁN ALEXIS ÁLVAREZ CASTRO CÉDULA DE IDENTIDAD : .4 6. 8-4 DOMICI

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