Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt

HORMAZÁBAL/THE AMERICAN SCHOOL

Rol

M-79-2022

Fecha

29 de junio de 2022

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos no controvertidos:: 1.- Efectividad que la trabajadora ingreso a trabajar al colegio THE AMERICAN SCHOOL el día 22 de abril del año 2019, en las funciones de docente de aula y profesora jefe del proyecto educativo del colegio demandado. 2.- Que su jornada de trabajo correspondía a 30 horas cronológicas semanales. 3.- Que su base de cálculo para el artículo 172 del Código del Trabajo, asciende a la suma de $734.400.- 4.- Que, con fecha 15 de diciembre de 2021, la trabajadora fue despedida por la causal, necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo. 5.- Que se firmó finiquito con fecha con fecha 28 de febrero del año en curso, cancelándose los montos por la suma de $2.203.200.- por concepto de tres años de indemnización por años de servicios, a lo que se descontaron $450.875, por seguro de cesantía. Fija puntos de prueba: 1.- Efectividad de concurrir en la especie la causal invocada para despedir al actor, hechos en que se funda y aptitud de los mismos para configurarla. 2.- Efectividad de proceder las prestaciones que la actora reclama en su libelo. Ofrecimiento e incorporación prueba parte demandada: Prueba documental: 1.- Copia del contrato de trabajo celebrado entre las partes. 2.- Copia de Carta de aviso enviada a la demandante de término de la relación laboral. 3.- Finiquito firmado entre las partes en Notaría. Ofrecimiento e incorporación prueba parte demandante: Prueba documental: 1.- Carta de Aviso de término de contrato de trabajo de fecha 15 de diciembre 2021. 2.- Finiquito firmado con reserva de acciones con fecha 28 de febrero de 2022 ante notario público de la comuna de Puerto Montt, don Lebby Barría Gutiérrez. 3.- Copia de contrato de trabajo celebrado con fecha 23 de abril de 2019 entre The American School S.A y Fernanda Hormazábal Figueroa. Prueba confesional: Se cita a absolver posiciones a representante legal del colegio THE AMERICAN SCHOOL, don RENÉ FERNANDO ORELLANA FERNANDEZ, RUT N° 7.

Fallo

se declara: I. Que el despido que fue objeto la actora es indebido, condenándose a la empresa la demandada al pago: a) La suma de $690.690.- (seiscientos noventa mil seiscientos noventa pesos), correspondientes al 30% de la Indemnización por años de servicios, de acuerdo lo dispone el artículo 168 letras A del Código del Trabajo. II.- Que en todo lo demás se rechaza la demanda. III.- Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente sentencia devengarán los reajustes e intereses que establece los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV.- Que no se condena en costas a la parte demandada por no haber sido totalmente vencida. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de quinto día; en caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la unidad de cumplimiento ejecutivo del Tribunal. Regístrese, y archívese en su oportunidad. Se deja constancia que lo anterior es un extracto de la sentencia dictada en audiencia, y que el extracto está redactado conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del acta 71 de la Excma. Corte Suprema. Observaciones: 1.- Se deja constancia que se encuentra a disposición de los intervinientes el registro de audio de la presente audiencia. 2.- Los intervinientes quedan notificados de todo lo resuelto en esta audiencia. Dirigió la audiencia y resolvió don RENE ALEXANDER REYES PRADENAS, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA CON SENTENCIA (AUDIENCIA EFECTUADA POR VIDEOCONFERENCIA A TRAVÉS DE PLATAFORMA DIGITAL ZOOM) Fecha Puerto Montt, veintinueve de junio de dos mil veintidós RUC 22-4-0393100-8 RIT M-79-2022 Magistrado RENE ALEXANDER REYES PRADENAS Hora de inicio 10:10 horas Hora de término 11:17 horas N° registro de audio 2240393100-8-1346 Administrativo de actas Javier Quintu

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