AXIOMA INGENIEROS CONSULTORES S.A./ARDILES
Rol
O-854-2021
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS 1°.- Que se ha deducido demanda en procedimiento de aplicación general por el abogado don Vladimir Nikola Damián Poblete, en representación de Axioma Ingenieros Consultores S.A., Rut N° 96.659.160-9, ambos domiciliados para estos efectos en Las Begonias N° 912, La Serena y en Avenida Libertad N° 919 oficina 71 de Viña del Mar en contra de doña Paola Alejandra Ardiles Cortés, cédula nacional de identidad N° 18.011.559-5, domiciliada en calle Avenida el Sauce N° 51, Condominio La Bahía de La Herradura de Coquimbo solicitando que se autorice a la demandante para poner término al contrato de trabajo suscrito entre las partes. 2°.- Que según indica la demanda, doña Paola Alejandra Ardiles Cortés fue contratada el 29 de Octubre de 2021, para prestar servicios como topógrafa, en razón de la adjudicación a la empresa empleadora de un contrato de Consultoría para Proyectos de Caminos Básicos por conservación, en la Región de Coquimbo, el cual tiene una duración de 450 días de ejecución, registrando como fecha de término el día 31 de Diciembre de 2022, con una jornada de trabajo de lunes a viernes y una remuneración compuesta por sueldo base de $904.815, más gratificación y asignaciones de movilización, colación y por desgaste de herramientas. Señalando que el referido contrato de trabajo indica que tendría vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2021, habiendo informado la trabajadora el 29 de Noviembre de 2021 que cursaba un estado de embarazo acompañando un certificado médico que indicaba que presentaba 10 semanas de gestación. En razón de lo expuesto solicita autorizar la desvinculación de la trabajadora demandada por la causal del artículo 159 N° 4 del Código del Trabajo, esto es, por el vencimiento del plazo,
Fundamentos
considerando la motivación para la contratación y que el contrato se pactó a plazo fijo, señalando que concurre la causal establecida en la ley para poner término al contrato, por lo que solicita que se autorice el término de la relación laboral por la causal indicada, considerando igualmente la transitoriedad de la faena para la cual fue contratada. 3°.- Que la demandada encontrándose legalmente emplazada no contestó la demanda. 4°.- Que se establecieron como hechos a probar si la trabajadora se encuentra amparada por fuero maternal, en la afirmativa, fecha probable del parto del hijo de la demandada que da origen al fuero, la efectividad de la causal alegada para el desafuero y la necesidad y conveniencia del empleador de poner término al contrato de la demandada. 5°.- Que durante la audiencia de juicio la parte demandante rindió la siguiente prueba: I.- Documental 1.- Contrato de trabajo de fecha 29 de octubre de 2021 que indica que tendría vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021 2.- Certificado Médico de fecha 29 de noviembre de 2021 que da cuenta que la demandante cursa embarazo a esa data de 10 semanas más 3 días 3.- Resolución de la Dirección Regional de Vialidad de Coquimbo N° 680 de 22 de septiembre de 2021 que adjudica consultoría en proyecto de caminos básicos en la Región de Coquimbo, con un plazo de ejecución de 450 días. II.- Testimonial: 1.- Carolina Eugenia Badilla Robles, conoce a la demandada indicando que ésta trabaja en Axioma como topógrafo en un contrato de conservación en la región de Coquimbo, indicando que tiene un contrato a plazo fijo hasta el 31 de Diciembre. Expone que la asistencia de la demandada ha sido intermitente con faltas, licencias y permisos, expresando que prácticamente ha sido nula su asistencia. Señala la testigo que le correspondió tomar contacto telefónico con la demandad para poner notificarle de la demanda para poner fin a su contrato de trabajo. Indica que tomó conocimiento que tenía licencia hasta el 27 de Diciembre y se le indicó que debía reintegrarse. Indica que no se ha reintegrado. Señala que el contrato adjudicado es un estudio de ingeniería en que se contratan ciertos perfiles profesionales, señala que es un contrato que tiene un plazo de 450 días y que se requieren topógrafos para labores de terreno para levantamiento de datos y entrega de informes. Indica que es jefe de operaciones en un área de la empresa en la que lleva 19 años, señala que la empresa tiene unos 20 contratos con el MOP, en las regiones Metropolitana, I, VIII y VI y que tienen tres contratos en la IV Región y que sólo uno de ellos requiere servicios de topógrafos. 2.- Arturo Marcelo Rubio Lizana, quien señala que es subgerente de administración y finanzas de la empresa demandante, que la demandante es trabajadora de la empresa, indica que se le contrató como topógrafo, con un contrato a plazo fijo y después presentó un certificado de embarazo y la situación quedó a la espera de una solicitud de desafuero que se prese
Fallo
SE DECLARA: 1°.- Que se ACOGE, la demanda de desafuero maternal deducida por Axioma Ingenieros Consultores S.A., en contra de doña Paola Alejandra Ardiles Cortés, autorizando a la demandante para poner término al contrato de trabajo con la demandada, una vez que quede ejecutoriada la presente sentencia, por la causal del artículo 159 número 4 del Código del Trabajo 2°.- Que estimando que la demandada ha litigado con fundamento plausible se le exime del pago de las costas de la causa. Regístrese, notifíquese a los apoderados de las partes a través de correo electrónico y archívese en su oportunidad. RIT O-854-2021 RUC 2140374341-8 Dictada por don Rodrigo Patricio Díaz Figueroa, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. En La Serena a treinta de Junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que precede.
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La Serena, treinta de Junio de dos mil veintidós. VISTOS 1°.- Que se ha deducido demanda en procedimiento de aplicación general por el abogado don Vladimir Nikola Damián Poblete, en representación de Axioma Ingenieros Consultores S.A., Rut N° 96.659.160-9, ambos domiciliados para estos efectos en Las Begonias N° 912, La Serena y en Avenida Libertad N° 919 oficina 71 de Viña del Mar en contra de d
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