PAOLA CRISTINA RABINET MAFFEI C/ ORLANDO ENRIQUE RAMÍREZ CASTILLO
Rol
O-8033-2021
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES CONTRA PARTICULARES
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: 1º Que, la Fiscalía requirió en procedimiento simplificado a ORLANDO ENRIQUE RAMÍREZ CASTILLO, C.I. 15. . - , chileno, domiciliado en Calle Hualañe Nº 44 , Curicó, por los siguientes hechos: 1.- Los Hechos: PRIMER HECHO. En enero de 1 , la víctima, doña TATIANA CAROLINA VALENZUELA MARÍN, se encontraba en busca de un constructor para levantar una vivienda en un sitio que tenía en la comuna de Pichilemu. Es así como encontró la página de Facebook del imputado don ORLANDO ENRIQUE RAMÍREZ CASTILLO donde éste ofrecía supuestos servicios de construcción. Tras contactarlo y explicarle la víctima el trabajo que necesitaba llevar a cabo, el imputado, con el ánimo de defraudarla, le hizo llegar el 14/ 1/ 1 por correo electrónico un presupuesto de $ . 4.4 por la planificación y ejecución de la construcción de la casa en un terreno de propiedad de la víctima, ubicado en la localidad de Viudas, lote F, Pichilemu. En el correo el imputado firmaba como “Orlando Ramirez Castillo. Gerente de Constructora” Víctima e imputado se reunieron el 15/ 1/ 1 en el domicilio de la víctima ubicado en Los Pescadores N° 1 , Ñuñoa. En esa oportunidad el imputado aseveró tener las calidades y experiencia necesaria para realizar el encargo de construcción, sin tener la verdadera intención de llevar a cabo dicho proyecto sino sólo la intención de apropiarse del dinero de la víctima, para lo cual le mostró diversa información como fotografías, prospectos y planos a fin de reforzar el engaño. Luego de esa reunión y a modo de adelanto la víctima pagó la suma de $ . . al imputado Orlando Ramirez Castillo mediante transferencia electrónica. A continuación, el / / 1 el imputado hizo creer a la víctima que había dado comienzo a las obras convenidas para lo cual le envió un reporte de gastos que ascendían a $ .8 1. . El 11/ / 1 afectada e imputado firmaron en la notaría Del Real Armas de Irarrazaval N° 1745 Ñuñoa, un contrato de construcción. En dicho contrato el imputado se obligaba supuestamente a entregarle su casa Código: KXWZXXFUMHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl construida en 47 días contados desde la firma del contrato. En dicho acto la víctima le entregó $8. 1 . . El 1 / / 1 el imputado envió a la víctima un segundo reporte de gastos que ascendían a $ . 8 .17 . En el mes de marzo de 1 y tras ser alertada por un sujeto que supuestamente trabajaba con el imputado, la víctima visitó el lugar y se encuentró con que no había avance alguno en la construcción y que sólo había una zanja cavada, en circunstancias que el imputado le había reportado el gasto de todo el dinero hasta entonces transferido - 11. 1 . - en la ejecución de la construcción de la vivienda. SEGUNDO HECHO. En febrero de , la víctima doña PAOLA CRISTINA RAVINET MAFFEI, se encontraba en busca de un constructor para levantar tres viviendas en un sitio que tenía en la localidad de La Estrella. Es así como encontró la página de Fa
Fallo
se resuelve: I. Que, se condena a don ORLANDO ENRIQUE RAMÍREZ CASTILLO, C.I. 15. . - , ya individualizado, a cumplir una pena de 1 (sesenta y un) días de presidio menor en su grado mínimo, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a una multa de 1 (una) Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad como autor de un delito consumado de estafa, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, cometido en la comuna de Providencia, el 15 de enero de 1. II. Que, se condena a don ORLANDO ENRIQUE RAMÍREZ CASTILLO, C.I. 15. . - , ya individualizado, a cumplir una pena de 1 (sesenta y un) días de presidio menor en su grado mínimo, a la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y a una multa de 1 (una) Unidad Tributaria Mensual, por su responsabilidad Código: KXWZXXFUMHZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl como autor de un delito consumado de estafa, previsto y sancionado en el artículo 473 del Código Penal, cometido en la comuna de Providencia, el en el mes de febrero de . III. Que se sustituyen las penas privativas de libertad por la pena única de 1 días de reclusión parcial domiciliaria nocturna, bajo control de monitoreo telemático, que deberá cumplirse entre las : horas y las : horas del día siguiente, en el domicilio correspondiente. El sentenciado tiene un plazo de cinco días, contado desde que la
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Santiago, diecinueve de julio de dos mil veinte. Vistos y considerando: 1º Que, la Fiscalía requirió en procedimiento simplificado a ORLANDO ENRIQUE RAMÍREZ CASTILLO, C.I. 15. . - , chileno, domiciliado en Calle Hualañe Nº 44 , Curicó, por los siguientes hechos: 1.- Los Hechos: PRIMER HECHO. En enero de 1 , la víctima, doña TATIANA CAROLINA VALENZUELA MARÍN, se encontraba en busca de un construc
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