Juzgado De Letras Y Gar. de Licantén

PV POWER CHILE SPA/

Rol

V-116-2020

Fecha

4 de mayo de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO y CONSIDERANDO, PRIMERO: Que a través de la oficina judicial virtual, comparece doña TERESITA VIAL VILLALOBOS, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.367.540-6, en representación, según se acreditará, de PV POWER CHILE SpA, Rut 76.411.169-9, empresa chilena del giro eléctrico, ambos con domicilio, para estos efectos, en calle Badajoz Nº 45, piso 15, comuna de Las Condes, quien presento con fecha 15 de julio 2020, a las 09:17 horas, solicitud de pedimento minero y solicita se constituya una concesión de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 100 hectáreas, pedimento minero que denominara “ALIMAPU”. Agrega que su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de Hualañé, Provincia de Curicó, Región del Maule y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes 6.119.700,00 metros Norte y 253.300,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, zona 19. Manifiesta que el terreno pedido es el comprendido dentro de un cuadrado trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros. Termina solicitando tener por presentado el pedimento y ordenar su inscripción y publicación. SEGUNDO: Que por resolución de fecha 15 de julio de 2020 se ordenó la inscripción y publicación de la solicitud de pedimento minero antes descrito. TERCERO: Que con fecha 9 de octubre de 2020, comparece la abogada doña TERESITA VIAL VILLALOBOS, abogada, en representación de PV POWER CHILE SpA, quien solicita la dictación de la sentencia constitutiva. CUARTO: Que, conforme lo dispone el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, tratándose de actos judiciales no contenciosos, los tribunales apreciarán prudencialmente el mérito de las justificacio

Fallo

se declara: I.- Que ha lugar a lo solicitado a mediante presentación efectuada con fecha 15 de julio de 2020 y en consecuencia, se tiene por constituida la concesión de exploración denominada “ALIMAPU”, ubicados en la comuna de Hualañé, Provincia de Curicó, Región del Maule, Séptima Región, sobre una superficie de 100 hectáreas, en favor de PV POWER CHILE SpA., ya individualizada en autos. Asimismo se aprueba el Plano de la concesión de exploración ya referida. II.- Practíquese publicaciones de la presente sentencia constitutiva de Pedimento Minero, mediante extracto redactado por el señor Secretario del Tribunal o quién haga sus veces, en el boletín oficial de Minería de Santiago. III.- Inscríbase la presente sentencia y archívese oportunamente un ejemplar del Plano acompañado a la presentación efectuada con fecha 3 mayo de 2021, todo en el Conservador de Minas de Licantén y asimismo, remítase copia autorizada del presente fallo y del plano al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese y notifíquese por el estado diario. Rol N° V-116-2020 Dictada por doña Constanza Catalina Naranjo Alé, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Licantén CERTIFICO: Que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil, mediante la anotación en el estado diario de este día, de la sentencia que precedente.- Licantén, a cuatro de mayo de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su origi

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado De Letras Y Gar. de Licant né CAUSA ROL : V-116-2020 CARATULADO : PV POWER CHILE SPA/ Licantén, cuatro de mayo de dos mil veintiuno. VISTO y CONSIDERANDO, PRIMERO: Que a través de la oficina judicial virtual, comparece doña TERESITA VIAL VILLALOBOS, chilena, casada, abogada, cédula nacional de identidad N° 15.367.540-6, en representación, según se

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