Juzgado de Garantía de San Bernardo

C/ EDISON RICARDO LIDUEÑO COFRÉ

Rol

O-6610-2023

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos : El día 06 de julio de 2023, alrededor de las 21:00 horas, el imputado EDISON RICARDO LIDUEÑO COFRÉ conducía en manifiesto estado de ebriedad el automóvil marca Toyota, color verde, año 1993, placa patente única PP-3440, por calle Arturo Morales Taibo frente al N°0435, comuna de Buin, en dirección al Oriente, perdiendo el control del móvil, cambiándose de pista y chocando el automóvil marca Opel, color rojo, placa patente HYPX-95, que era conducido por la víctima doña Isabel Ximena Nuñez González, ocasionándole daños consiste en un rayado en el costado derecho trasero del móvil. Al lugar concurrieron funcionarios de Carabineros, quienes realizaron el procedimiento policial constatando que el imputado EDISON RICARDO LIDUEÑO COFRÉ se encontraba en evidente estado de ebriedad, debido a su fuerte hálito alcohólico, incoherencia al hablar, rostro congestionado e inestabilidad al caminar. Le solicitaron su licencia de conducir y éste les señaló que no tenía. Lo detuvieron y le realizaron el examen respiratorio, el que arrojó como resultado 1,23 gramos por mil de alcohol en la sangre. Posteriormente fue trasladado al Hospital San Luis de Buin, donde le fueron tomadas muestras para el examen de alcoholemia, peritaje que arrojó que llevaba en su cuerpo 1,35 gramos de alcohol por litro de sangre. El Código: LVXXXXUMXVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl día de los hechos, el imputado EDISON RICARDO LIDUEÑO COFRÉ conducía sin licencia de conducir dado que nunca la ha obtenido._ Transcripción de lo resolutivo de la sentencia dictada en audiencia. La parte expositiva y considerativa de la presente sentencia se encuentra íntegramente registrada en audio de esta misma fecha, así también la parte resolutiva, cuyo tenor es el siguiente: Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 No. 6 y 9, 15 No. 1, 18, 21, 25, 30, 49, 50, 67, 68, 69, 70 del Código Penal; 45, 47, 297, 340, 342, 388 y siguientes, 4

Fallo

se declara: i.- Que se condena a EDISON RICARDO LIDUEÑO COFRÉ, cédula de identidad N° 0010507699-1, con domicilio en CAMINO LOS GUINDOS PARCELA Nº 63, comuna de Buin, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, multa de 1/3 UTM.- sanción pecuniaria la última que se tiene por cumplida con el tiempo que permaneció privado(a) de libertad el(la) imputado(a) en la causa el día 7 de julio de 2023, y a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor(a) del delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE DAÑOS Y LA CIRCUNSTANCIA DE NO HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, en grado de ejecución consumado, previsto y sancionado en el artículo 196 de la Ley de Tránsito, delito cometido en Buin, territorio jurisdiccional del tribunal, el 06 de julio de 2023. ii.- Que se condena además al(a) imputado(a), a la pena accesoria de inhabilitación para obtener licencia para conducir vehículos motorizados por el término de 2 años. iii.- Que reuniéndose en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Ley No. 18.216, la ejecución de la pena privativa de libertad impuesta al(a) sentenciado(a) se le sustituye por la pena de remisión condicional, por el término de 1 año, sujeto(a) a la asistencia y observación del correspondiente órgano administrativo de Gendarmería de Chile más cercano a su domicilio, debiendo cumplir las condiciones que señala el artículo 5 de la Ley No. 18.216 y las demás que el ref

Texto Completo (Preview)

_.ACTA DE LA SENTENCIA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO._ Fecha : veintidós de julio de dos mil veinticuatro. Imputado : EDISON RICARDO LIDUEÑO COFRÉ, cédula de identidad N° 0010507699-1, fecha de nacimiento 05 de noviembre de 1965, 58 años, se ignora profesión u oficio, con domicilio en CAMINO LOS GUINDOS PARCELA Nº 63, comuna de Buin. Víctima : ISABEL XIMENA NUÑEZ GONZALEZ. Fiscal : EDUARDO

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