MINISTERIO PUBLICO C/ NICOLE TERESA HUERTA SAAVEDRA
Rol
O-2082-2023
Fecha
22 de julio de 2024
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 24 de junio del año 2023, siendo aproximadamente la 06:40 horas, los imputados MIGUEL ANGEL NEIRA ROSALES y NICOLE TERESA HUERTA SAAVEDRA, llegaron hasta el domicilio de la víctima, María Fernanda Pizarro Riquelme, ubicado en Pasaje 1B, N° 886, Belloto Sur, comuna de Quilpué, ingresando por escalamiento el imputado Miguel Ángel Neira Rosales al patio de la vivienda de la víctima, ubicada en el lugar ya señalado, cortando la cadena que mantenía sujetos tres cilindros de gas de propiedad de la víctima, sacándolos por sobre el cierre perimetral y entregándoselos a su pareja, la coimputada Nicole Teresa Huerta Saavedra, momentos en que por los ruidos ocasionados por esta sustracción, la víctima sale al patio del domicilio, donde intenta evitar la sustracción de las especies, forcejeando con Neira Rosales, el cual la intimida señalándole a su coimputada “dispárale, dispárale”, logrando en definitiva huir del lugar ambos imputados con tres cilindros de gas de la víctima, dos de ellos de 15 kilos marca Lipigas de color amarillo y uno de ellos de 11 kg marca de Lipigas de color amarillo, con un avalúo total de aproximadamente $125.000, huyendo del lugar y siendo posteriormente detenidos por Carabineros en el sector minutos después. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y , 18, 25, 30, 50, 67, 6 , 70, y 440 N°1 del Código Penal, artículos 47, 2 7, 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 17 de la ley 1 . 70 y 18.216, SE DECLARA: I.- Que se condena a NICOLE TERESA HUERTA SAAVEDRA, cédula de identidad N° - ya individualizada, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de AUTORA del delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, cometido en grado de CONSUMADO, según descrito y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a NICOLE TERESA HUERTA SAAVEDRA, cédula de identidad N° - ya individualizada, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en su calidad de AUTORA del delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, cometido en grado de CONSUMADO, según descrito y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, y cometido el día 24 de junio del año 2023, en esta ciudad de Quilpué. II.- Que, reuniéndose en este caso los requisitos del artículo 15 de la Ley N°18.216, se sustituye a la sentenciada el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA por el término de tres años y un día, debiendo presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Quilpué, y cumplir Código: NTKBXXFPSLY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley. El sentenciado deberá presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile, ya individualizado, dentro del plazo de 30 días, constados desde que estuviere firme y ejecutoriada esta sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detenc
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SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO Quilpué, a veintidós de julio de dos mil veinticuatro. HECHOS: El día 24 de junio del año 2023, siendo aproximadamente la 06:40 horas, los imputados MIGUEL ANGEL NEIRA ROSALES y NICOLE TERESA HUERTA SAAVEDRA, llegaron hasta el domicilio de la víctima, María Fernanda Pizarro Riquelme, ubicado en Pasaje 1B, N° 886, Belloto Sur, comuna de Quilpué, ingresando por esc
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