Juzgado de Letras y Garantía de Lota.

CRISTIAN JAVIER SAAVEDRA DIAZ C/ OSVALDO ANDRÉS SILES SÁNCHEZ

Rol

O-276-2022

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., NEGATIVA A EFECTUARSE EXAMEN. ART. 195 BIS LEY DE TRANSITO

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en el requerimiento de 02 de marzo de 2024, son los siguientes: “Que el día, 17 de junio de 2018, a las 07:00 hrs. Aproximadamente, en la vía pública, Avenida Fernando Maira altura del N° 1988, Lota, el imputado don Osvaldo Andrés Siles Sánchez procedió a conducir en estado de ebriedad, automóvil marca Hyndai, modelo Tiburón, color gris, P.P.U: BBWB.90, el que por su estado y no estando atento a las condiciones del tránsito, pierde el control del móvil, chocando contra un poste de alumbrado público, concurriendo Funcionarios Policiales al lugar, se percataron del estado de ebriedad del imputado por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, siendo trasladado al Hospital de Lota, para realizar el examen de alcohol en la sangre del imputado, este se niega injustificadamente a su realización, quedando constancia en el certificado de lesiones “sin lesiones, aliento etílico” (sic). A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de dos delitos: CONDUCCIÓN VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD contemplado en el artículo 196, 110 de la ley 18.290 y NEGATIVA INJUSTIFICADA A SOMETERSE A LAS PRUEBAS O EXAMENES PARA ESTABLACER LA PRESENCIA DE ALCOHOL EN LA SANGRE, figura descrita y sancionada en el artículo 195 BIS de la Ley N° 18.290. Ambos ílícitos se encontrarían en grado de ejecución CONSUMADO y la participación del requerido en estos es de AUTOR, conforme al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Afirma que al requerido no le afecta circunstancia modificatoria de responsabilidad penal, y pide una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legal que correspondan, multa de 10 UTM, suspensión de la licencia de conducir por 2 años y costas de la causa por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, y la pena de multa de 5 UTM y la suspensión de licencia de conducir por 1 mes, con Código: XPHNXXRCMEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verifi

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 17 de julio de 2024, ante este Juzgado de Letras y Garantía de Lota, se realizó audiencia de juicio oral en procedimiento simplificado en presencia de la fiscal adjunta de la Fiscalía Local de Coronel doña CAROLINA MOLINA ALBORNOZ, por el fiscal titular don CRISTIAN VEGA ORIHUELA; del defensor penal RAFAEL TORRES SANDOVAL; y del requerido don OSVALDO ANDRES SILES SANCHEZ, cédula nacional de identidad 17.969.400-K, domiciliado en CALLE LUIS CRUZ MARTINEZ Nº 0476, LOTA, en prisión preventiva en causa diversa RIT 1-2023 de ingreso de este tribunal. SEGUNDO: Los hechos contenidos en el requerimiento de 02 de marzo de 2024, son los siguientes: “Que el día, 17 de junio de 2018, a las 07:00 hrs. Aproximadamente, en la vía pública, Avenida Fernando Maira altura del N° 1988, Lota, el imputado don Osvaldo Andrés Siles Sánchez procedió a conducir en estado de ebriedad, automóvil marca Hyndai, modelo Tiburón, color gris, P.P.U: BBWB.90, el que por su estado y no estando atento a las condiciones del tránsito, pierde el control del móvil, chocando contra un poste de alumbrado público, concurriendo Funcionarios Policiales al lugar, se percataron del estado de ebriedad del imputado por su fuerte hálito alcohólico, rostro congestionado, siendo trasladado al Hospital de Lota, para realizar el examen de alcohol en la sangre del imputado, este se niega injustificadamente a su realización, quedando constancia en el certificado de lesiones “sin lesiones, aliento etílico” (sic). A juicio de la Fiscalía los hechos descritos son constitutivos de dos delitos: CONDUCCIÓN VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD contemplado en el artículo 196, 110 de la ley 18.290 y NEGATIVA INJUSTIFICADA A SOMETERSE A LAS PRUEBAS O EXAMENES PARA ESTABLACER LA PRESENCIA DE ALCOHOL EN LA SANGRE, figura descrita y sancionada en el artículo 195 BIS de la Ley N° 18.290. Ambos ílícitos se encontrarían en grado de ejecución CONSUMADO y la participación del requerido en estos es de AUTOR, conforme al artículo 15 N° 1 del Código Penal. Afirma que al requerido no le afecta circunstancia modificatoria de responsabilidad penal, y pide una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, accesorias legal que correspondan, multa de 10 UTM, suspensión de la licencia de conducir por 2 años y costas de la causa por el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, y la pena de multa de 5 UTM y la suspensión de licencia de conducir por 1 mes, con Código: XPHNXXRCMEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl costas de la causa por el delito de negativa injustificada a realizar el examen de alcoholemia. TERCERO: La preparación del juicio simplificado fue desarrollada en la audiencia de 04 de abril de 2024. CUARTO: ALEGATOS DE APERTURA. La fiscalía espera contar con funcionarios encargados del procedimiento y con la prueba documental que justificarán más allá de toda duda razonable la exi

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7 y 15 del Código Penal; artículos 110, 195 bis, 196 de la Ley del Tránsito (vigente al 17/06/2018); artículos 1, 4, 7, 8, 36, 45, 48, 93, 295, 296, 297, 302, 309, 326, 340, 341, 342, 388, 389 y 396 del Código Procesal Penal, y demás normas citadas en el cuerpo de esta sentencia, SE DECLARA: I.- Que se ABSUELVE a OSVALDO ANDRES SILES SANCHEZ, ya individualizado, del requerimiento planteado en su contra por parte del Ministerio Público, que lo suponía autor de los delitos de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad contemplado en el artículo 196 y 110 de la Ley del Tránsito y de negativa injustificada a someterse a las pruebas o examenes para establacer la presencia de alcohol en la sangre del artículo 195 bis de la misma ley, Código: XPHNXXRCMEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl supuestamente perpetrados el 17 de junio de 2018 a las 07:00 horas, en la comuna de Lota. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público. Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, agréguese y archívese en su oportunidad. RUC N° 1800589296-8 RIT N° 276-2022 Dictada por MANUEL RODRIGO ARGANDOÑA OSSES, Juez Suplente. Código: XPHNXXRCMEY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-22T14:59:39-0400

Texto Completo (Preview)

RESOLUCIÓN : SENTENCIA TRIBUNAL : JUZGADO DE LETRAS Y GARANTÍA DE LOTA RIT : 276-2022 RUC : 1800589296-8 ACUSADO : OSVALDO ANDRES SILES SANCHEZ DELITO : CONDUCCIÓN VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD NEGATIVA INJUSTIFICADA PARA SOMETERSE A EXAMENES DE ALCOHOL LOTA, veintidós de julio dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 17 de julio de 2024, ante este Juzgado

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