MINISTERIO PÚBLICO ANTOFAGASTA C/ KEVIN PATRICK CORTÉS VARAS
Rol
O-236-2024
Fecha
22 de julio de 2024
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha diecisiete del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por el juez presidente Christopher Fernández de la Cuadra e integrado por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez e Ingrid Castillo Fuenzalida, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa RIT 236-2024, RUC 2300264006-6, seguida por el delito de porte ilegal de municiones, acusación sustentada en el juicio en contra del acusado KEVIN PATRICK CORTES VARAS, C.I. N°21.579.192-0, 20 años, chileno, nacido en Tocopilla el 4 de marzo de 2004, soltero, sin actividad u oficio, domiciliado en Pasaje Puyehue N°178, Población Padre Hurtado, Tocopilla. El Ministerio Público actuó representado por el fiscal adjunto Carlos Lillo Adaos, en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del defensor penal público, Hugo León Saavedra. La audiencia de juicio se celebró de manera presencial. SEGUNDO: Que, la acusación del Ministerio Público tuvo por fundamento los siguientes hechos, conforme a lo indicado en el auto de apertura de fecha 25 de abril de 2024: “El día 09 de marzo de 2023, alrededor de las 17:45 horas, en Avenida Bonilla con pasaje Emilio Rubilar el imputado KEVIN CORTÉS VARAS, al ver a la policía, arrojó al piso un arma de fogueo marca Bruni, calibre 09 milímetros, la cual no estaba apta para el disparo toda vez que se encontraba en mal estado de conservación y mal funcionamiento mecánico, arma que mantenía en su cargador dos Código: GKWPXXQJXDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 municiones de fogueo calibre 9 milímetros, a las cuales se les insertó a cada una de ellas un proyectil de plomo con el objeto de ser disparados al espacio como munición convencional, especies respecto de las cuales el imputado no está autorizado para su porte y/o tenencia”. La Fiscalía sostuvo que estos hechos constituían el delito consumado de porte ilegal de municiones, pr
Fundamentos
considerando la mayor o menor extensión del mal producido por el delito en el presente caso se impondrá en el quantum de 541 días, teniendo especial consideración que se trataba de dos municiones, lo cual coloca en menor peligro al bien jurídico protegido que es la seguridad pública. Código: GKWPXXQJXDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 13 DECIMOCUARTO: Que, se estima que el acusado no reúne con los requisitos para la reclusión parcial domiciliaria, puesto que si bien cumple con el presupuesto de la letra a) por ser la condena que se impondrá menor de 2 años, y de la letra b) por no haber sido condenado anteriormente por crimen o simple delito, lo cierto es que no cumple con la letra c) referida a que los antecedentes personales del condenado, su conducta anterior y posterior al hecho punible, así como la naturaleza, modalidades y móviles determinantes del delito no permiten presumir que la pena lo disuadirá de cometer nuevos ilícitos. Para fundar esta última conclusión, se tendrá presente que no se acompañó más allá del informe de factibilidad técnica positivo, ningún informe o documentos que permitieren valorar que el acusado está en condiciones de cumplir con una pena sustitutiva, pues sus conductas muestran que ésta no lo va a disuadir de cometer nuevos ilícitos, considerando que en cuanto a la conducta anterior había sido condenado como adolescente por un robo con violencia, y si bien aquello ocurrió en un sistema diferenciado, con posterioridad a estos hechos y ya como adulto ha sido condenado 4 veces más, manteniendo una condena por un delito de receptación a 541 días de presidio concediéndole la reclusión parcial domiciliaria, la cual le fue revocada posteriormente conforme al artículo 27 de la ley N° 18.216, otra condena de 61 días de presidio por un delito de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar concediéndole idéntica pena sustitutiva, y a otras dos condenas por portar Código: GKWPXXQJXDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 14 elementos destinados a cometer el delito de robo a sendas penas de 61 días de presidio, una de ellas con la remisión condicional, no acreditando la defensa que en esas condiciones, ya habiendo sido su representado condenado otras cuatro veces en un lapso inferior a los dos años, presente las condiciones suficientes para cumplir con una pena de ese carácter, pues estando ya beneficiado con una reclusión parcial en causa 2727/2023 del Juzgado de Garantía de Antofagasta precisamente continuó cometiendo otros delitos, no disuadiéndolo de reiterar conductas ilícitas, pudiendo concluir que por el contrario, no sigue regularmente las normas y presenta una orientación hacia el delito, desconociéndose además cual es su arraigo familiar, y de qué manera sus problemáticas evidentes con el ordenamiento jurídico podrían ser abordadas. Esas circunstancias, unida a su co
Fallo
por tanto no apta para el disparo, manteniendo al interior de su cargador dos municiones de fogueo de idéntico calibre, a las cuales se le había insertado un proyectil de plomo las que sí estaban en condiciones de ser disparadas como munición convencional, especies respecto de las cuales el imputado no estaba autorizado para su porte y/o tenencia. NOVENO: Que, los hechos precedentemente descritos, constituyen el delito consumado de porte ilegal de municiones, previsto y sancionado en el artículo 9 en relación al artículo 2 letra c) de la Ley 17.798, toda vez que, mediante la prueba de cargo, resultó acreditado que el acusado portaba en la vía pública un arma a fogueo no apta para su uso, pero en cuyo cargador mantenía dos municiones adaptadas para ser utilizadas de manera convencional, las que sí se hallaban en buen estado de conservación y aptas para ser percutidas, lo que fue corroborado con las pruebas de disparo a la que fueron sometidas por el Código: GKWPXXQJXDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 6 perito. Adicionalmente, mediante el oficio remitido por la Dirección General de Movilización Nacional se estableció que el acusado no se encontraba autorizado para portar o mantener ningún tipo de municiones. El tipo penal exigía acreditar que el encausado portaba municiones aptas para ser disparadas, sin tener los permisos correspondientes. Por su parte, el artículo 2º letra c) previene que quedan sometido
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1 Antofagasta, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que, con fecha diecisiete del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por el juez presidente Christopher Fernández de la Cuadra e integrado por los jueces Israel Fuentes Gutiérrez e Ingrid Castillo Fuenzalida, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral de la causa
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