3º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

C/ GUSTAVO ANDRÉS SOTO VEGA

Rol

O-293-2023

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes “El día 01 de mayo del 2022 alrededor de las 23:42 horas el acusado GUSTAVO ANDRES SOTO VEGA, concurre al sector del bandejón central de Américo Vespucio con Avenida Cristóbal Colon, comuna de Las Condes, donde se encuentra la empresa constructora Vespucio Oriente, ingresando a través de romper una malla de protección y cierre perimetral y desde el interior sustrae 24 plantas ornamentales, avaluadas en la suma de $288.000, las cuales carga en un triciclo huyendo del lugar con las especies, siendo observado por un inspector municipal, quien logra la detención de éste.” A juicio de la Fiscalía los hechos materia de esta acusación son constitutivos del delito de Robo en Lugar No Habitado, descrito y sancionado en el artículo 442 n° 1 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 432, 449 del Código Penal, en grado de Código: TWGXXXMXLDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre c, Piso 2°, Centro de Justicia Santiago 2 ejecución consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, en los términos señalados por el artículo 15 Nº 1 del Código Penal, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de una manera inmediata y directa. Estima que concurre respecto del acusado, la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal establecida en el artículo 12 n° 16 del Código Penal. La Fiscalía requiere se imponga al acusado GUSTAVO ANDRES SOTO VEGA por el delito de Robo en lugar no Habitado, la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, en calidad de autor del ilícito, perpetrado el día 01 de mayo de 2022 y el pago de las costas de la causa, en conformidad a lo dispuesto en el art. 45 del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura: El Ministerio

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día diecisiete de julio de dos mil veinticuatro, ante esta Sala del Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los jueces Pablo Urrutia Sulantay, quien presidió la audiencia, Bernardo Ramos Pavlov y Andrea Coppa Hermosilla, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa RUC N°2200415709-9, RIT38-2024, seguida en contra de Gustavo Andrés Soto Vega, Cédula de identidad N° 18.764.666-9, nacido en Santiago, el 4 de febrero de 1995, 29 años de edad, soltero, reciclador, domiciliado en calle Ramón Cruz n° 1976, Villa Historiador Jaime Eyzaguirre, comuna de Macul. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representado por la fiscal, Carmen Gloria Guevara Mendoza, en tanto que la representación del acusado fue asumida por la Defensora Penal Pública, María Trinidad Labarca Hoyl; todos con domicilio y forma de notificación ya registrados en este Tribunal. SEGUNDO: Acusación: Que los hechos materia de la acusación, según se lee en el auto de apertura, son los siguientes “El día 01 de mayo del 2022 alrededor de las 23:42 horas el acusado GUSTAVO ANDRES SOTO VEGA, concurre al sector del bandejón central de Américo Vespucio con Avenida Cristóbal Colon, comuna de Las Condes, donde se encuentra la empresa constructora Vespucio Oriente, ingresando a través de romper una malla de protección y cierre perimetral y desde el interior sustrae 24 plantas ornamentales, avaluadas en la suma de $288.000, las cuales carga en un triciclo huyendo del lugar con las especies, siendo observado por un inspector municipal, quien logra la detención de éste.” A juicio de la Fiscalía los hechos materia de esta acusación son constitutivos del delito de Robo en Lugar No Habitado, descrito y sancionado en el artículo 442 n° 1 del Código Penal, en relación con lo dispuesto en los artículos 432, 449 del Código Penal, en grado de Código: TWGXXXMXLDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre c, Piso 2°, Centro de Justicia Santiago 2 ejecución consumado, correspondiéndole al acusado participación en calidad de autor, en los términos señalados por el artículo 15 Nº 1 del Código Penal, toda vez que tomó parte en la ejecución de los hechos de una manera inmediata y directa. Estima que concurre respecto del acusado, la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal establecida en el artículo 12 n° 16 del Código Penal. La Fiscalía requiere se imponga al acusado GUSTAVO ANDRES SOTO VEGA por el delito de Robo en lugar no Habitado, la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo, accesorias legales, en calidad de autor del ilícito, perpetrado el día 01 de mayo de 2022 y el pago de las costas de la causa, en conformidad a lo dispuesto en el art. 45 del Código Procesal Penal. TERCERO: Alegatos de apertura y clausura: El Ministerio Público, en su

Fallo

se declara que: I.- Se condena a GUSTAVO ANDRES SOTO VEGA, ya individualizado, a la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo y multa de un tercio de unidad tributaria mensual, más las accesorias legales previstas en el artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor de un delito tentado de hurto de especies cuyo valor supera las cuatro unidades tributarias mensuales pero no excede las cuarenta, cometido en perjuicio de la empresa constructora Vespucio Oriente, el día 1 de mayo de 2022, en la comuna de Las Condes. II.- Las penas impuestas al sentenciado, tanto la corporal como la pecuniaria, se tendrán por cumplidas con el mayor tiempo que el condenado permaneció privado de libertad por esta causa, bajo la medida cautelar de arresto domiciliario parcial, según consta del Sistema de Apoyo a la Gestión Judicial (SIAGJ). III.- Se eximirá al condenado del pago de las costas de la causa, según se dijo en el considerando décimo cuarto de esta sentencia. Código: TWGXXXMXLDY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre c, Piso 2°, Centro de Justicia Santiago 12 IV.- Ejecutoriado que sea el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 113 del Código Orgánico Tribunales. V.- Atendido lo

Texto Completo (Preview)

3° Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago Avenida Pedro Montt N° 1606, Torre c, Piso 2°, Centro de Justicia Santiago 1 GDELITO : HURTO SIMPLE. ACUSADO : GUSTAVO ANDRES SOTO VEGA RUC N° : 2200415709-9 RIT N° : 293-2023 Santiago, veintidós de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día diecisiete de julio de dos mil veinticuat

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