C/ JEFFERSON ANDRÉS TRONCOSO AGUILAR
Rol
O-5898-2023
Fecha
17 de julio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: El 23 de diciembre de 2023, alrededor de las 22:00 horas, en la interseccio n de las calles Nueva Recoleta con calle Doctor Amador Reghner, en la comuna Recoleta, JEFFERSON ANDRÉS TRONCOSO AGUILAR condujo en estado de ebriedad el vehículo placa patente única JZRF-18 y en esas circunstancias colisiono contra el vehículo placa patente única GZDK-13 que era conducido por Moise s Gonzalez Alfaro provocando daños en su estructura avaluados en la suma de $500 000. La ebriedad del imputado constó al personal de Carabineros por la prueba respiratoria que detecta el alcohol en el organismo que arrojó un resultado de 1,89 gramos por mil de alcohol en la sangre Por su parte, el examen de alcoholemia practicado al imputado, arrojó como resultado que éste último presentaba 2,04 gramos por mil de alcohol en la sangre, al momento de desempeñar la conducción del vehículo. DECISIÓN DEL TRIBUNAL Por estas consideraciones, y teniendo además presente, lo dispuesto en los artí culos 1, 11 N°6 y N°9, 30, 45, 47, 49, 68, 69, 70 del Co digo Penal; los artículos 340, 341, 348, 388 y siguientes del Co digo Procesal Penal; artículos 110, 111, y 196 de la ley 18 290; y 1, 4, 5, y 38 de la ley 18 216, se decide: I.- Que se condena a JEFFERSON ANDRÉS TRONCOSO AGUILAR, cédula de identidad 21.383.853-9, la pena de días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de de Unidad Tributaria Mensual, y suspensión de licencia de conducir por dos años, en su calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, previsto y sancionado en el artí culo 196 en relacio n al 110 de la ley 18 290, que tuvo lugar el 23 de diciembre de 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal. Código: JYGPXXPYRFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que la pena privativa de libertad se sustituye
Fallo
Por estas consideraciones, y teniendo además presente, lo dispuesto en los artí culos 1, 11 N°6 y N°9, 30, 45, 47, 49, 68, 69, 70 del Co digo Penal; los artículos 340, 341, 348, 388 y siguientes del Co digo Procesal Penal; artículos 110, 111, y 196 de la ley 18 290; y 1, 4, 5, y 38 de la ley 18 216, se decide: I.- Que se condena a JEFFERSON ANDRÉS TRONCOSO AGUILAR, cédula de identidad 21.383.853-9, la pena de días de prisión en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, multa de de Unidad Tributaria Mensual, y suspensión de licencia de conducir por dos años, en su calidad de autor del delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad causando daños, previsto y sancionado en el artí culo 196 en relacio n al 110 de la ley 18 290, que tuvo lugar el 23 de diciembre de 2023, en el territorio jurisdiccional de este tribunal. Código: JYGPXXPYRFY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II.- Que la pena privativa de libertad se sustituye por la de remisión condicional por el término de un año, esto es, el sentenciado quedará sujeto a la discreta observación de Gendarmería de Chile por dicho lapso. Para el cumplimiento de esta pena, y teniendo presente que el condenado se encuentra en los Estados Unidos, en las proximidades de la ciudad de Chicago, deberá presentarse a firmar en el Consulado de Chile allí ubicado, debiendo concurrir dentro de
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Resumen de sentencia dictada íntegramente en audiencia de procedimiento simplificado FECHA: diecisiete de julio de dos mil veinticuatro CONDENADO: JEFFERSON ANDRÉS TRONCOSO AGUILAR R.U.N. . . - R.I.T. - HECHOS ACREDITADOS: El 23 de diciembre de 2023, alrededor de las 22:00 horas, en la interseccio n de las calles Nueva Recoleta con calle Doctor Amador Reghner, en la comuna Recoleta, JEFFERSON ANDR
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