Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA LOCAL IQUIQUE C/ LUIS OSVALDO SAN GINES OYARZÚN

Rol

O-291-2024

Fecha

22 de julio de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Con fecha diecisiete de julio del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces Sr. Cristian Malebrán Eyraud, Sra. Piedad del Villar Domínguez(s), y don Moisés Pino Pino, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos rol interno Nº 291-2024, seguidos por el Ministerio Público, representado por el Fiscal Sr. Juan Zepeda Elgarrista, en contra de Luis Osvaldo San Gines Oyarzún, chileno, cédula de identidad N°15.924.770-8, soltero, nacido en Iquique el 10 de septiembre de 1984, 39 años, con enseñanza media completa, mecánico, domiciliado en calle Las Quintas II, block 12, departamento Nº 34, Iquique, representado por la Defensora Penal Pública Srta. Aliny Garcés Pinto; actualmente recluido en el Complejo penitenciario de Alto Hospicio. SEGUNDO: Los hechos materia de la acusación, según se lee del auto de apertura del presente juicio oral, son los siguientes: “El 08 de septiembre de 2023, en horas de la mañana, el imputado LUIS SAN GINES OYARZUN concurrió en compañía de personas desconocidas hasta el inmueble ubicado en calle Armando Cortínez N° 2390 de Iquique, de propiedad de la víctima Teresa R.B, y su grupo familiar, quienes no se encontraban en esos momentos y con el objetivo de apropiarse de especies, el imputado rompió el candado de la puerta principal, ingresó al interior y se apropió de diversas especies, mercadería y dinero en efectivo que la víctima mantenía en diversas dependencias, avaluadas en la suma de $10.000.000, retirándose del lugar y dirigiéndose hasta la ciudad de Alto Hospicio con las especies sustraídas”. A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos precedentemente son constitutivos de un delito de robo en lugar habitado o destinado a la habitación o sus dependencias, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, en grado de consumado, correspondiendo al acusado la calidad de autor directo e inmedi

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 11 N°9, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 24, 26, 30, 49, 50, 68, 70, 446, 449 y 456 bis A del Código Penal; artículos 1, 45, 295, 296, 297, 325 y siguientes, 340, 341,342, 343, 346 y 348 del Código Procesal Penal; artículos 593 y 600 del Código Orgánico de Tribunales, se declara: Que se condena a LUIS OSVALDO SAN GINES OYARZUN, ya individualizado, como autor del delito de receptación de especies, sorprendido en ésta jurisdicción el 8 de Código: VLTGXXNXFCY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl septiembre de 2023, a una pena de CIEN DIAS DIAS de presidio menor en su grado mínimo; a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; y a una multa a beneficio fiscal, ascendente a un tercio(1/3) de unidad tributaria mensual, eximiéndole del pago de las costas de la causa. La multa impuesta se le tendrá por solucionada con el día en que estuvo detenido con motivo de esta causa. La pena se le tendrá por cumplida con el mayor tiempo que ha permanecido en prisión preventiva con motivo de esta causa desde el 6 de octubre de 2023 a la fecha, según consta de los antecedentes del proceso. Atendido lo dispuesto, se ordena la inmediata libertad del sentenciado si no estuviere privado de ella por otra causa. Regístrese y comuníquese. En su oportunidad, ofíciese a los organismos que correspondan para hacer cumplir lo resuelto

Texto Completo (Preview)

C/ LUIS OSVALDO SAN GINES OYARZUN ROBO EN LUGAR HABITADO ROL ÚNICO : Nº - ROL INTERNO: Nº - Iquique, veintidós de julio del año dos mil veinticuatro. VISTOS Y OIDOS LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Con fecha diecisiete de julio del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces Sr. Cristian Malebrán Eyraud, Sra. Piedad del Villar Domín

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