3° Juzgado de Letras de Ovalle

PIÑONES/SQS CONSTRUCCION GESTION Y SERVICIOS SPA

Rol

M-1-2022

Fecha

28 de junio de 2022

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO DISCUTIDOS X HECHOS DISCUTIDOS X PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE X SENTENCIA X MODALIDAD AUDIENCIA Se deja constancia que la presente audiencia se realizó bajo la modalidad de videoconferencia por medio de la plataforma zoom. CONCILIACION PARCIAL DEMANDADA SOLIDARIA Llamada las partes a conciliación esta se produce en los siguientes términos: 1. La parte demandada solidaria subsidiaria INGEVEC SA, sin reconocer ninguno de los hechos expuestos en la demanda y con el solo ánimo de poner fin al presente juicio, ofrece pagar al demandante don MARCELO ALEJANDRO PIÑONES BUGUEÑO Rut 16.111.165-1, la suma única y total de $900.000, sumado los $300.000 ya depositados en su cuenta Rut, lo que totaliza en la suma de $1.200.000. 2. Lo anterior es aceptado por la parte demandante, quien viene en desistirse de las acciones interpuestas respecto de la demandada solidaria INGEVEC SA. 3. La suma será pagada a más tardar el día 1 de julio de 2022 y ante un eventual incumplimiento de esta conciliación, las sumas serán incrementadas hasta en un 150% conforme lo dispone el artículo 468 del Código del Trabajo. 4. Cada parte asumirá sus costas. El Tribunal resuelve: Téngase por aprobada la conciliación en todas sus partes en lo que no fuere contrario a derecho y de competencia de este tribunal, teniendo valor de sentencia definitiva para todos los efectos legales y por aceptado el desistimiento de la demanda interpuesta en contra de la demandada solidaria. La parte demandada solidaria vienen en autorizar al tribunal para que firme la presente conciliación, entendiéndose que existen restricciones sanitarias en orden a la pandemia sanitaria. CONTINUACIÓN DE LA AUDIENCIA HECHOS NO DISCUTIDOS 1.- La existencia de la relación laboral entre la demandante y la demandada, su fecha de inicio y término. 2.- Las funciones para la cual fue contratado el trabajador demandante y el lugar donde desempeño sus funciones. 3.- Las remuneraciones del trabajador demandan

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se ha ejercido demanda laboral en procedimiento monitorio por despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones por parte de don MARCELO ALEJANDRO PIÑONES BUGUEÑO, en contra de la demandada CONSTRUCCIÓN, GESTIÓN y SERVICIOS S.P.A - SQS SPA, Rut 77.242.393-4, empresa del giro de su denominación, en base a los argumentos idos oportunamente en audiencia pasada, los que por economía procesal se dan por reproducidos, solicitando su condena y pidiendo que se aceda a las indemnizaciones y demás prestaciones laborales demandadas. SEGUNDO: Que de igual forma se confirió traslado al apoderado de la demandada SQS SPA, quien evacuándolo pidió al tribunal tener por contestada la demandada. TERCERO: Que en la Audiencia Única, celebrada con fecha 21 de abril de 2022, se llamó a las partes a conciliación y se confirió traslado para contestar la demanda, el que fue evacuado por la demandada en tiempo y forma. En Audiencia Única, celebrada con fecha 28 de junio de 2022, y ante el fracaso del llamado extraordinario de conciliación se fijaron los hechos no discutidos y discutidos, y que se recibió la prueba documental rendida por la parte demandante. QUINTO: Que en base a la discusión sostenida por las partes y la prueba rendida por la parte demandante, ponderada de acuerdo a las reglas de la sana crítica, es posible tener por determinado los siguientes hechos de la causa: 1.- Que el trabajador demandante fue despedido de forma verbal y sin justificación alguna el día 7 de octubre de 2021 por parte de la demandada. 2.- Que su remuneración ascendía a la suma de $650.000, lo que será considerada para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. 3.- Que al momento del despido el día 7 de octubre de 2021, las cotizaciones previsionales no se encontraban pagadas al mes anterior de su despido, como lo demuestran los certificados de cotizaciones previsionales acompañados en parte de prueba por la demandante. SEXTO: Que,

Fallo

por estas consideraciones el tribunal estima que el despido que fue objeto el trabajador demandante es injustificado e incausado verbalmente fue realizado sin cumplimiento de las formalidades legales, toda vez, que la carga de la prueba recae sobre la parte demandada la que no rindió probanza para desvirtuar lo contrario. SÉPTIMO: Que tampoco acredito el pago de feriado proporcional como tampoco que se haya concedido el descanso respectivo además de los 7 días de remuneraciones adeudados del mes de octubre de 2021. Por estas consideraciones y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 73, 159, 162, 163, 168, 171, 173, 425, 432, 496 y siguientes, del Código del Trabajo, SE RESUELVE; I.- Que, SE ACOGE la demanda por despido incausado o injustificado, interpuesto por el demandante ya individualizado en esta causa en contra de la demandada SQS CONSTRUCCIÓN, GESTIÓN y SERVICIOS S.P.A., que tuvo lugar el día 7 de octubre de 2021, siendo además este despido nulo por no pago de cotizaciones previsionales, condenándose a esta demanda al pago de las siguientes prestaciones: a) La suma de $650.000, por concepto indemnización sustitutiva del aviso previo. b) La suma de $244. 653, por feriado proporcional. c) Cotizaciones del fondo de pensiones AFP Provida de los meses de agosto, septiembre y siete días del mes de octubre de 2021 a razón de $650.000. d) Cotizaciones de salud en FONASA de los meses de agosto, septiembre y siete días del mes de octubre de 2021 a razón de $650.000.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA CONCILIACION, CONTESTACION Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 de junio de 2022 RUC 22-4-0379406-K ROL M-1-2022 MAGISTRADO PEDRO HICHE IRELAND ADMINISTRATIVO DE ACTAS Alexandra Araya Rojas HORA DE INICIO 10:11 HORA DE TERMINO 11:18 Nº REGISTRO DE AUDIO 22-4-0379406-K PARTE DEMANDANTE MARCELO ALEJANDRO PIÑONES BUGUEÑO Rut 16.111.165-1 ABOGADO Jaime

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