MP C/ NICOLE TAMARA ARAYA SALAZAR
Rol
O-334-2024
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
AMENAZASA CARABINEROS (ART. 417 CÓD. J.MILITAR)., TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento, lo que ha implicado ahorro de recursos fiscales. Las partes renuncian a los recursos y plazos legales. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 68 del Código Procesal Penal. Anótese, regístrese y archívese. RIT - RUC - Pronunciada por don MIGUEL ANGEL GARCIA HERRERA, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt. Tramitada y gestionada: Jpa. Código: HBCHXXPPXPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-20T14:33:00-0400
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y N°9, 15 N°1, 18, , 5, y 7 del Código Penal; artículos 5, 7, 95, 97, y siguientes del Código Procesal Penal; artículo y 8 de la Ley 18. 16; artículo 17 de la Ley 19.97 ; artículo 1 y de la Ley . ; artículo 17 del Código de Justicia Militar; se declara: I.- Que, SE CONDENA a ANGEL ADRIAN BARRIOS GIL, RUN N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado de amenazas a Carabinero en el ejercicio de sus funciones respecto de don Jorge Sánchez Aguilar, cometido en Puerto Montt el día 11 de enero de a la PENA DE SESENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena. La que se tiene por cumplida con mayor tiempo en que ha permanecido privado de libertad en esta causa, desde el 11 de enero de 2024 hasta el 11 de marzo de 2024. II.- Que, SE CONDENA a ANGEL ADRIAN BARRIOS GIL, RUN N° - , ya individualizado, como autor del delito consumado tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades cometido en Puerto Montt el día 11 de enero de a la PENA de TRECIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y al PAGO de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, la cual se le da por cumplida con parte del tiempo en que se mantuvo en Prisión Preventiva en esta causa entre el 12 y 14 de marzo de 2024. III.- Que, el cump
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Sentencia: Puerto Montt, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el registro de audio pertinente; la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 6 y N°9, 15 N°1, 18, , 5, y 7 del Código Penal; artículos 5, 7, 95, 97, y siguie
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