AHUMADA/
Rol
V-16-2021
Fecha
30 de abril de 2021
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: A folio 1, comparece Carmen Gloria lamos Rodr guezÁ í , trabajadora, domiciliada en calle Rodr guez N 464, Los Andes, y í º Rodrigo Agust n Ahumada Espinozaí , trabajador dependiente, domiciliado en calle Placilla N 220, comuna de Santa Mar a, provincia de San Felipe, quienesº í solicitan se designe como nuevo curador definitivo a Rodrigo Ahumada Espinoza, adem s de la ya designada Carmen Gloria lamos Rodr guez, deá Á í su hija interdicta Consuelo Alejandra Ahumada lamosÁ . Fundan su solicitud en que consta que en sentencia definitiva sobre interdicci n por demencia de nuestra hija Consuelo Alejandra Ahumadaó lamos, caratulado lamos con Ahumada , rol V 1347-2013, de fecha 6Á “Á ” de Diciembre de 2013, dictada por el Primer Juzgado de Letras de Los Andes, que la solicitante Carmen Gloria lamos Rodr guez fue designadaÁ í curadora definitiva de nuestra hija Consuelo Alejandra Ahumada lamos.Á Que, consta el certificado de nacimiento de su hija que su padre es el solicitante don Rodrigo Agust n Ahumada Espinoza. Se ala que con elí ñ objeto de otorgar una mayor protecci n a su hija para el caso fallecimientoó de alguno de los padres,
Fundamentos
considerando adem s que la madre posee bienesá ra ces a su nombre que eventualmente pueden ser heredados por laí interdicta, a modo de precauci n, solicitan que adem s de la designaci nó á ó como curadora definitiva de Carmen Gloria lamos Rodr guez , Á í se designe tambi n é a su padre, como curador definitivo de la incapaz, pudiendo actuar indistintamente ambos, con las mismas facultades, en conjunto o por separado, debiendo aceptar el cargo en forma legal el nuevo curador que se designe. Agrega que el solicitante Rodrigo Ahumada Espinoza, tiene el estado civil de soltero, por lo que cumple con el requisito establecido en el art culoí 462 N 3 del C digo Civil. ° ó Adem s solicitan que en su calidad de padres, se le exima al nuevoá curador definitivo que se designe, Rodrigo Agust n Ahumada Espinoza, delí deber de reducir a escritura p blica el discernimiento, de rendir fianza y deú confeccionar inventario solemne, sirviendo la sentencia que recaiga en esta causa de suficiente discernimiento y que se ordene a Sr. Conservador de Bienes Ra ces tomar nota al margen de la designaci n del nuevo curadorí ó definitivo de la inscripci n de interdicci n de Consuelo Alejandra Ahumadaó ó Espinoza. A folio 7, consta la realizaci n de audiencia de rigor.ó A folio 9, quedaron los autos para fallo. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que para fundamentar su petición, se acompa : 1)ñó Certificado de nacimiento de la interdicta; 2) Declaraci n ó jurada notarial efectuada por Rodrigo Agust n Ahumada Espinoza, acreditando su estadoí civil de soltero y 3) Copia autorizada de inscripci n de dominio conó vigencia a nombre de la solicitante do a Carmen Gloria lamos Rodr guez.ñ Á í Segundo: Que, seg n consta de lo obrado en los autos Rol V-1347-ú 2013, de este Primer Juzgado de Letras de Los Andes, con fecha de fecha 6 de Diciembre de 2013, la solicitante Carmen Gloria lamos Rodr guez fueÁ í designada curadora definitiva de Consuelo Alejandra Ahumada lamos.Á Luego, seg n consta del certificado de nacimiento de Consueloú Alejandra Ahumada lamos, su padre es el solicitante Rodrigo Agust nÁ í Ahumada Espinoza. Tercero: Que, en la audiencia especial, la curadora definitiva Carmen Gloria lamos Rodr guez, manifest que la interdicta se encuentraÁ í ó imposibilitada de responder, por lo que no se le formul ninguna pregunta.ó El tribunal le pregunt a la curadora definitiva si est de acuerdo con seó á designe conjuntamente con ella en calidad de curador definitivo a Rodrigo Agust n Ahumada Espinoza, respondi que s , est de acuerdo. Por ltimo,í ó í á ú se le pregunta a Rodrigo Ahumada Espinoza, si est de acuerdo con será designado curador definitivo, respondi que s . ó í Cuarto: Que, atendido que la calidad de interdicta de Consuelo Alejandra Ahumada Álamos ya se encuentra declarada por sentencia firme y, además, que habiéndose consultado a la curadora definitiva doña Carmen Gloria Álamos Rodríguez quien est de acuerdo con la designaci n delá ó padre don Rodrigo Agust n
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 374, 375, 380, 462 N 3 del C° ódigo Civil y el art culo 838 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil, se resuelve: I.- Se nombra curador definitivo a favor de la persona de Consuelo Alejandra Ahumada Álamos RUN 18.973.537-5 y de sus bienes a su padre Rodrigo Agust n Ahumada Espinozaí , cédula de identidad N° 11.729.418-8, quien deber á aceptar el cargo en forma legal, y que podrá ejercerlo conjunta o indistintamente con la curadora definitiva ya designada do a ñ Carmen Gloria lamos Rodr guezÁ í , c dula de identidad 7.215.733-é 8, trabajadora, domiciliada en calle Rodr guez N 464, Los Andes.í º II.- Que se exime al curador del deber de reducir a escritura pública el discernimiento, de rendir fianza y de confeccionar inventario solemne. III.- Que el curador designado deber á confeccionar un apunte privado respecto de los bienes del interdicto, con las formalidades del artículo 380 del Código Civil. IV.- Sirva la presente sentencia de suficiente discernimiento. Regístrese y en su oportunidad, archívese. Dictada por Fernando Marcos Alvarado Peña, Juez Titular. V-16-2021 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Los Andes, treinta de Abril de dos mil veintiuno XJY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visuali
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : V-16-2021 CARATULADO : AHUMADA/ Los Andes, treinta de Abril de dos mil veintiuno. Visto: A folio 1, comparece Carmen Gloria lamos Rodr guezÁ í , trabajadora, domiciliada en calle Rodr guez N 464, Los Andes, y í º Rodrigo Agust n Ahumada Espinozaí , trabajador dependiente, domiciliado en calle Placilla N 220, co
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