MP C/ ALAN AXEL CABELLO AGUILERA
Rol
O-3042-2024
Fecha
19 de julio de 2024
Materia
RECEPTACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 15 de abril de 2024, alrededor de las 00.20 horas en el sector de calle Luis Hurtado López al llegar a la intersección de Calle Pablo de Rocka de Viña del Mar, personal de Carabineros intentó fiscalizar al vehículo P.P.U GXFB-56, el cual mantenía un encargo vigente por robo , producto de lo cual este vehículo huyo del lugar iniciándose una persecución siendo detenido en Calle Chacao de Viña del Mar y siendo identificado su conductor como el acusado Alan Axel Cabello Aguilera y su acompañante como Melany Francisca López Vera. SENTENCIA VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estos
Fundamentos
fundamentos y además de lo prevenido en los artículos 1, 7, 11 Nº 9, 12N°16, 14, 15, 29, 30, 67, 69, 456 bis A del Código Penal; Ley 18.216; artículos 36, 47, 340, 406, 412 del Código de Procesal Penal,
Fallo
se declara: I. Que, se condena a ALAN AXEL CABELLO AGUILERA, ya individualizado, como autor del delito de receptación, hecho perpetrado en esta ciudad el día 15 de abril del año 2024, en perjuicio del propietario Tania Cortés Salazar del vehículo Placa Patente única GXFB-56, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena y registro de huella genética, multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. Y se condena MELANY FRANCISCA LÓPEZ VERA, ya individualizada, como autora del delito de receptación, hecho perpetrado en esta ciudad el día 15 de abril del año 2024, en perjuicio de Tania Karina Cortés Salazar, a sufrir la pena de QUINIENTOS CUARENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MEDIO, accesorias de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo que dure la condena, registro de huella genética y pago de una multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES. II. Que, la pena de multa se pagará en pesos en el equivalente que tenga la Unidad Tributaria Mensual. Si los encausados no pagan o no tienen bienes suficientes para el pago se les sustituirá de conformidad a la Ley. Se les concede 12 cuotas. III. Que, no reuniendo el encausado Cabello ninguno de los requisitos legales previstos en la ley 18.216, no se le concede ningunos de los beneficios alternativos a las penas privativas de libe
Texto Completo (Preview)
Fecha Viña del Mar., diecinueve de julio de dos mil veinticuatro RUC 2400422538-0 RIT 3042 - 2024 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ALAN AXEL CABELLO AGUILERA, presente, privado de libertad por esta causa 0020184529-7 Sector SANTA JULIA PARADERO 8 CALLE LAS ORQUIDEAS Nº 73 Viña del Mar. MELANY FRANCISCA LÓPEZ VERA, presente, privada de libertad por esta causa 0020182868-6 Sector SANTA JULIA PA
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