1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA/

Rol

V-783-2020

Fecha

28 de mayo de 2021

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 16 de noviembre de 2.020, a la 17:35 horas, comparece don Luis Alberto Araya Araya, chileno, casado, empresario, Cédula de Identidad N° 8.922.236-2, en representación de COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÒ LIMITADA, R.U.T. N° 76.046.944-0, empresa chilena del rubro de su denominación, ambos domiciliados en Panamericana Sur Km 4, Cuesta Cardones, de la ciudad de Copiapó, solicita pedimento minero de exploración sobre terrenos abiertos e incultos, ubicados en la comuna de Antofagasta, Provincia de Antofagasta, y región de Antofagasta, denominada “LUCERO 2”, comprendiendo una superficie total de 100 hectáreas, el punto medio de la concesión pedida ubicada en las coordenadas U.T.M Norte: 7.224.800,00 metros, Este: 564.630,00 metros, referidas al Datum Provisorio Sudamericano, La Canoa 1956. Elipsoide Internacional de referencia 1924, huso 19. SEGUNDO: Que con fecha 23 de noviembre de 2.020, el pedimento fue inscrito a fojas 5587, bajo el Nº 3185, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Antofagasta, correspondiente al año 2020.-. TERCERO: Que con fecha 07 de diciembre de 2020, se publicó la inscripción del pedimento en el boletín Oficial de Minería de la Región de Antofagasta, edición 42.824.- CUARTO: Que el informe del Servicio Nacional de Geología y Minería Ord. Nº 2263 de fecha 1 de abril de 2021, señala que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y plano de la referida concesión se encuentran conformes con las disposiciones legales vigentes. QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. del punto medio y de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración son las siguientes: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) PM 7.224.800,00 564.630,00 V1 7.225.300,00 564.130,00 V2 7.225.300,00 565.130,00 V3 7.224.300,00 565.130,00 V4 7.224.300,00 564.130,00 SEXTO: Que, no se ha incurrido en vicios procesales que resten valor al procedimiento, ni caducidades que lo anulen, por lo que se deberá acoger la sol

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 34, 35, 37, 43, 46, 52, 55, 56, 87, 89 y 90 del Código de Minería. SE DECLARA: I.- Que, se declara constituida la concesión de exploración denominada “LUCERO 2” con una superficie 100 hectáreas a favor de COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPO LIMITADA. II.- Que, se aprueba el plano de la concesión minera de exploración denominada “LUCERO 2”. III.- Extráctese la presente sentencia en los términos del Artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería en el Término de 120 días contados desde la fecha de la presente resolución.- IV.- Inscríbase la presente sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de la ciudad de Antofagasta y archívese el correspondiente plano.- V.- De conformidad con el protocolo de implementación de plan piloto vigente desde el 01 de Enero de 2021, dispuesto en Acta de Pleno N°275 de fecha 14 de Diciembre de 2020, y Acta de Pleno N° 84, de fecha 29 de Marzo de 2021, ambas de la I. Corte de Apelaciones de esta ciudad, remítanse en formato PDF, a petición de la interesada, copia autorizada de esta sentencia, conjuntamente con el certificado de ejecutoria, plano y acta de mensura aprobados, al SERNAGEOMIN y Conservador de Minas de esta ciudad, a los correos electrónicos implementados por ambas instituciones para el efecto, debiendo el Tribunal certificar tal circunstancia, una vez cumplido este trámite. Anótese, regístrese y archív

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : V-783-2020 CARATULADO : COMPAÑÍA MINERA MINERALES COPIAPÓ LIMITADA/ Antofagasta, veintiocho de mayo de dos mil veintiuno. VISTOS: PRIMERO: Que con fecha 16 de noviembre de 2.020, a la 17:35 horas, comparece don Luis Alberto Araya Araya, chileno, casado, empresario, Cédula de Identidad N° 8.922.236-2, e

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