1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SANTANDER DE GESTIÓN Y RECAUDACIÓN Y COBRANZA LIMITADA/ANTICOI

Rol

O-5847-2020

Fecha

28 de junio de 2022

Materia

Fuero sindical, Otras Materias Sindicales

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: Expone que, Santander GRC es una empresa contratista del Banco Santander, que presta servicios de cobranza en terreno y telefónicamente. Indica que, Rodrigo Anticoi Hazard comenzó a prestar servicios para "Servicios de Cobranzas Fiscalex Limitada" (Fiscalex), el 1° de febrero de 2010 y desde esa fecha se ha desempeñado como cobrador en terreno.Por su parte el señor Serra fue contratado por la empresa Fiscalex el 22 de agosto de 2012 e igualmente desde esa época ha prestado servicios como cobrador en terreno. Hace presente que, Fiscalex fue absorbida por Santander GRC en agosto de 2014, por lo que a contar de dicha fecha, pasó a ser el empleador de ambos trabajadores, situación que quedó consignado en los anexos de contrato de trabajo. Dentro de las funciones de los demandados está la recuperación para la empresa de los valores pendientes de pago por parte de los clientes de sus mandantes, siendo su cometido principal tratar de normalizar completamente las deudas de los clientes, se encuentren estas en una etapa de cobranza prejudicial o de castigo. Explica que, la empresa ha sufrido un intenso proceso de restructuración, debido a que el número de créditos por cobrar encomendados por el Banco Santander ha ido disminuyendo, lo que ha implicado un plan de eficiencia por parte de Santander GRC, que ha obligado a reducir a nivel nacional el número de cobradores en terreno. Sostiene que de manera paralela algunos trabajadores han empezado a constituir sindicatos interempresa -nombrándose dirigentes sindicales justamente a aquellos trabajadores que se encuentran incluidos en el proceso de racionalización- con el único objeto de dejar sin efecto los inminentes despidos, situación que ocurrió con el señor Serra. Afirma que, el 4 de julio de 2016, Rodrigo Anticoi fue desvinculado de la compañía por la causal de necesidades de la empresa, pero este despido tuvo que ser dejado sin efecto al invocar el dirigente su fuero por el "Sindicato Interempresa de Trabajadore

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Felipe Vargas Balcells, abogado, en representación de "SANTANDER GESTIÓN DE RECAUDACIÓN Y COBRANZAS LIMITADA" (Santander GRC), ambos domiciliados para estos efectos en calle Alcántara N°200, oficina 1201, comuna de Las Condes y deduce demanda declarativa de mera certeza de inoponibilidad del fuero sindical, en procedimiento de aplicación general en contra de Danilo Federico Serra Villagra, cédula de identidad (CNI) Ne12.878.362-8, y en contra de Rodrigo Andrés Anticoi Hazard , CNI N°12.883.649-7, domiciliados en pasaje Tara N°5122, comuna de Renca y Avenida La Florida N°6137, departamento 34, comuna de La Florida, respectivamente, solicitando que se declare que, el fuero que poseen los demandados es inoponible a su representada, por cuanto el "Sindicato Interempresa de Trabajadores del Sector Bancario, Servicios de Cobranza, Retail y otros" (SINITEBCO), Registro Sindical Único (RSU) Ne1301 4937, del cual el señor Serra y el Anticoi son presidente y tesorero, respectivamente, no tienen ningún trabajador dependiente de Santander GRC afiliado, es decir, carece de representatividad al interior de la empresa, fundado en los siguientes hechos: Expone que, Santander GRC es una empresa contratista del Banco Santander, que presta servicios de cobranza en terreno y telefónicamente. Indica que, Rodrigo Anticoi Hazard comenzó a prestar servicios para "Servicios de Cobranzas Fiscalex Limitada" (Fiscalex), el 1° de febrero de 2010 y desde esa fecha se ha desempeñado como cobrador en terreno.Por su parte el señor Serra fue contratado por la empresa Fiscalex el 22 de agosto de 2012 e igualmente desde esa época ha prestado servicios como cobrador en terreno. Hace presente que, Fiscalex fue absorbida por Santander GRC en agosto de 2014, por lo que a contar de dicha fecha, pasó a ser el empleador de ambos trabajadores, situación que quedó consignado en los anexos de contrato de trabajo. Dentro de las funciones de los demandados está la recuperación para la empresa de los valores pendientes de pago por parte de los clientes de sus mandantes, siendo su cometido principal tratar de normalizar completamente las deudas de los clientes, se encuentren estas en una etapa de cobranza prejudicial o de castigo. Explica que, la empresa ha sufrido un intenso proceso de restructuración, debido a que el número de créditos por cobrar encomendados por el Banco Santander ha ido disminuyendo, lo que ha implicado un plan de eficiencia por parte de Santander GRC, que ha obligado a reducir a nivel nacional el número de cobradores en terreno. Sostiene que de manera paralela algunos trabajadores han empezado a constituir sindicatos interempresa -nombrándose dirigentes sindicales justamente a aquellos trabajadores que se encuentran incluidos en el proceso de racionalización- con el único objeto de dejar sin efecto los inminentes despidos, situación que ocurrió con el señor Serra. Afirma que, el 4 de julio de 2016, Rodrigo Anticoi fue desvincula

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE LA DEMANDA en cuanto el fuero sindical de los demandados, regulado en el artículo 243 del Código del Trabajo, es inoponible a la demandante de autos. II.- Que cada parte pagará sus costas. III.- Ejecutoriada que esté la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT: O-5847-2020. RUC: 20-4-0294632-7.- Dictada por doña CARMEN GLORIA CORREA VALENZUELA, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago a veintiocho de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la sentencia precedente. San Martín #950 Santiago – Fono 02-9157000 Correo Electrónico jlabsantiago1@pjud.cl

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT Nº : O-5847-2020. RUC Nº : 20-4-0294632-7. MATERIA : DEMANDA DE DECLARACION DE MERA CERTEZA. DEMANDANTE: SANTANDER DE GESTION Y RECAUDACION Y COBRANZA LIMITADA DEMANDADOS: DANILO FEDERICO SERRA VILLAGRA y OTRO. Santiago, veintiocho de junio de dos mil veintidós. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Felipe Vargas Balcells, ab

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