1º Juzgado Civil de Viña del Mar

ITAUCORPBANCA/TAPIA

Rol

C-4796-2020

Fecha

30 de abril de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Se ha iniciado este proceso Rol N° 4796-2020, caratulado “Itaú Corpbanca” por demanda interpuesta por don Juan Pablo Ruiz Santib ez,áñ abogado, domiciliado en Dos Poniente 355, Edificio Arquitrabe, oficina 35, de Vi añ del Mar, quien comparece en representaci n judicial de ó Ita Corpbancaú , sociedad an nima bancaria, cuyo representante legal es don Gabriel Amado de Moura,ó Ingeniero Comercial, con domicilio para estos efectos en calle Rosario Norte N° 660, Las Condes, Santiago, en contra de Claudia Andrea Tapia Figueroa, de quien se ignora profesi n u oficio, domiciliada en Siete Poniente N° 5590, 2°ó Sector de la Poblaci n Gomez Carre o, Vi a del Mar y/o Castilla N° 870, D 54,ó ñ ñ Condominio Paulonia, Vi a del Mar, por el cual pretende el pago de la suma deñ $1.000.000.- m s intereses y costas.á Que notificada expresamente de la demanda la ejecutada, opone a la ejecuci n la excepci n de prescripci n de la deuda o s lo de la acci n ejecutiva,ó ó ó ó ó contemplada en el numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó allan ndose la ejecutante con fecha 2 de Febrero de 2021, folio 13 y con fecha 22á de Abril de 2021, folio 17, se cit a las partes para o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Demanda ejecutiva. Que con fecha 15 de Diciembre de 2020, folio 1, comparece don Juan Pablo Ruiz Santib ez, abogado, domiciliado en Dosáñ Poniente 355, Edificio Arquitrabe, oficina 35, de Vi a del Mar, quien compareceñ en representaci n judicial de Ita Corpbanca, sociedad an nima bancaria, cuyoó ú ó representante legal es don Gabriel Amado de Moura, Ingeniero Comercial, con domicilio para estos efectos en calle Rosario Norte N° 660, Las Condes, Santiago, en contra de Claudia Andrea Tapia Figueroa, de quien se ignora profesi n uó oficio, domiciliada en Siete Poniente N° 5590, 2° Sector de la Poblaci n Gomezó Carre o, Vi a del Mar y/o Castilla N° 870, D 54, Condominio Paulonia, Vi a delñ ñ ñ Mar, por el cual pretende el pago de la suma de $1.000.000.- m s intereses yá costas. Fundada en el pagar operaci n N°0210062332, a la orden de Ita ,é ó ú suscrito por la demandada ante Notario P blico con fecha 27 de Febrero de 2017,ú por la suma de $1.000.000, por concepto de capital, con vencimiento para el d aí 25 de Enero de 2018. Indica que en el pagar se estableci que en caso de mora o simple retardoé ó en el pago de la obligaci n que se consigna, se devengar a el inter s penal igual aló í é m ximo que la ley permita estipular para operaciones no reajustables de estaá naturaleza. Que sta y dem s condiciones pactadas, contenidas en el pagar , se dané á é expresamente reproducidas en la presente demanda, pasando a formar parte integra del libelo. Se ala que la deudora no pag el pagar a su vencimiento, pactado para elñ ó é d a 25 de Enero de 2018, encontr ndose desde esa fecha en mora, adeudando ení á capital la suma de $1.000.000. Agrega que la obligaci n es l quida, actualmente exigible, consta en un t tuloó í í ejecutivo y su acci n ejecutiva no se encuentra prescrita.ó Finalmente solicita se despache mandamiento de ejecuci n y embargo enó contra de do a ñ Claudia Andrea Tapia Figueroa, por la suma de $1.000.000, m sá intereses pactados, ordenando se siga adelante con la ejecuci n hasta el entero pagoó de lo adeudado, intereses y costas. Segundo: Excepciones. Que con fecha 27 de Enero de 2021, folio 10, comparece el abogado Rodrigo Iglesias Breguecio, en representaci n de laó ejecutada do a ñ Claudia Andrea Tapia Figueroa, oponiendo la excepci nó contemplada en el numeral 17 del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil. Expone que la obligaci n que emana del pagar en pesos N°0210062332,ó é suscrito por su representada con fecha 27 de Febrero de 2017, por la cantidad de $1.000.000.-, con vencimiento para el d a 25 de enero de 2018, se encuentraí prescrita, por cuanto ha transcurrido en exceso el plazo legal desde su vencimiento y por ende, su exigibilidad en conformidad a la ley. Hace presente que el pagar en el cual fundamenta su acci n laé ó demandante se trata de un pagar extendido a favor de Itau Corpbanca, a un d aé í fijo y determinado, el cual es, como indic la propia parte demandante, el d a 25ó í de Enero de 2

Fallo

por estas consideraciones y normasú ó citadas, ante el caso de acogerse la prescripci n, deber condenarse a la ejecutanteó á al pago de las costas personales y procesales, debiendo declararse expresamente ello en la resoluci n que falle la excepci n enderezada en autos, especialmente anteó ó el caso que sta pretenda solicitar la reserva de acciones o derechamente se allaneé a sus pretensiones. Tercero: Que con fecha 2 de Febrero de 2021, folio 13, el ejecutante de autos respecto a la excepci n opuesta por do a ó ñ Claudia Andrea Tapia Figueroa, se allana a dicha excepci n, solicitando la ó liberaci n en costas.ó Cuarto: Que consta en autos que la interposici n de la demanda se realizó ó con fecha 15 de Diciembre de 2020, y que el ejecutado fue notificado con fecha 20 de Enero de 2021, a mayor abundamiento, que en libelo el ejecutante se alañ expresamente que la parte ejecutada, esto es do a ñ Claudia Andrea Tapia Figueroa, dej de cumplir con las obligaciones contra das y vencidas el 25 deó í Enero de 2018. Quinto: Que seg n consta del pagar l nea preferencial N° 0210062332,ú é í suscrito con fecha 27 de Febrero de 2017, que sirven de base a la ejecuci n, laó ejecutada se oblig a pagar la cantidad de $1.000.000, con fecha de vencimiento eló d a 25 de Enero de 2018. Aconteciendo que la ejecutada, no pago el vencimientoí de fecha 25 de Enero de 2018, y que se notific de la demanda de autos conó fecha 20 de Enero de 2021, demanda que fue presentada con fecha 15 de Diciembre de

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FOJA: 18 .- dieciocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-4796-2020 CARATULADO : ITAUCORPBANCA/TAPIA Vi a del Marñ , treinta de Abril de dos mil veintiuno VISTO: Se ha iniciado este proceso Rol N° 4796-2020, caratulado “Itaú Corpbanca” por demanda interpuesta por don Juan Pablo Ruiz Santib ez,áñ abogado, domiciliado en Dos Poniente 355, Edif

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