8º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ CONSTANZA VALENTINA DONOSO ARAYA

Rol

O-1792-2024

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos materia del requerimiento fueron los siguientes: “El día 12 de marzo de 2024, alrededor de las 16:30 horas, la imputada fue hasta la tienda Falabella, ubicada en Av. Andrés Bello N° 2447, comuna de Providencia y sustrae desde el interior especies consistentes en: maquillajes, principalmente lápices labiales marca mac, avaluados en la suma de $503.790.- para luego salir de la tienda sin haber pagado dichas especies, siendo detenida en esos momentos por guardias de seguridad de la misma tienda”. Estima el Fiscal que estos hechos descritos son constitutivos del delito de Hurto, prescrito y sancionado en el artículo 446 No. 2 del Código Penal hechos que se encuentran en grado de frustrado y respecto de los cuales al imputado le cabe participación como autor. 3º. Que el Ministerio Público, en su alegato de apertura se resuelva conforme a derecho, sin costas. La defensa a su vez solicita la absolución por insuficiencia probatoria. 4º. Que la imputada ejerció su derecho a guardar silencio. 5º. Que el Ministerio Público no presentó prueba alguna. 6º. La defensa no rindió prueba. 7º Que atendida la falta de acreditación por parte del ente persecutor, no fue posible alcanzar el estándar de convicción a objeto de acoger el requerimiento fiscal, lo que conduce necesariamente a la absolución del imputado. No se condenará en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para litigar y no haberse pedido éstas por la defensa. Por lo expuesto y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 18, 51, 446 No. 2 del Código Penal; artículos 1, 45, 48, 295, 296, 297, 325, 326, 328, 329, 333, 340, 342, 344, 346, 388, 389 y 396 del Código Procesal Penal se declara que: I.- Se absuelve, sin costas, al requerido CONSTANZA VALENTINA DONOSO ARAYA del cargo de autor de HURTO, prescrito y sancionado en el artículo 446 No. 2 del Código Penal, que habría sido perpetrado el 12 de marzo del año 2024, en la comuna de Providencia. Regístrese y notifíquese. RUC N°

Fallo

Por lo expuesto y atendido lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 18, 51, 446 No. 2 del Código Penal; artículos 1, 45, 48, 295, 296, 297, 325, 326, 328, 329, 333, 340, 342, 344, 346, 388, 389 y 396 del Código Procesal Penal se declara que: I.- Se absuelve, sin costas, al requerido CONSTANZA VALENTINA DONOSO ARAYA del cargo de autor de HURTO, prescrito y sancionado en el artículo 446 No. 2 del Código Penal, que habría sido perpetrado el 12 de marzo del año 2024, en la comuna de Providencia. Regístrese y notifíquese. RUC N° 2400613976-7 RIT N° 3890-2024 Dictada por doña ELY CECILIA ROTHFELD SANTELICES, Juez Titular del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago. Código: GXSXXXRXGGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: GXSXXXRXGGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-22T16:19:39-0400

Texto Completo (Preview)

Santiago, viernes diecinueve de julio de dos mil veinticuatro.- VISTOS, OÍDO Y TENIENDO PRESENTE: 1º. Que ante este Juzgado de Garantía se llevó a efecto el juicio oral simplificado en contra de CONSTANZA VALENTINA DONOSO ARAYA, Cédula de Identidad N° 19.602.119-1, dueña de casa, domiciliado en 21 de Mayo 2989, Peñaflor. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público representado por el

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