Juzgado de Letras de Cauquenes

VERGARA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES

Rol

C-24-2018

Fecha

30 de abril de 2021

Materia

PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Demanda.- Que, con fecha 10 de enero de 2018 (folio 1, cuaderno principal) comparece don MANUEL JOSE VERGARA DEL RIO, R.U.N N° 7.534.485-6, trabajador independiente, domiciliado en calle Luis Manr quez S/N ,í º comuna y ciudad de Cauquenes, deduciendo demanda civil de indemnizaci n deó perjuicios contractuales, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES, persona jur dica de derecho p blico, representada por su alcalde doní ú JUAN CARLOS MU OZ ROJASÑ , ambos con domicilio en calle Antonio Varas Nº 466, comuna y ciudad de Cauquenes, por las razones de hecho y de derecho que pasa a exponer. Se ala que con fecha 07 de diciembre de 2012, ingres a trabajar a la Ilustreñ ó Municipalidad de Cauquenes en calidad de trabajador dependiente, en el cargo de Jefe de Coordinaci n y Control de Rendimiento de Veh culos, en Corrales Municipales. Enó í el contrato individual de trabajo se acord un plazo de vigencia desde el 07 de diciembreó de 2012 y hasta el 31 de diciembre de 2012, con un sueldo por el per odo mencionadoí de $ 1.200.000. No obstante lo anterior, llegado el vencimiento de dicho plazo, continuó prestando servicios con conocimiento del empleador. Y lo que es m s, se le dieroná instrucciones en el sentido que deb a continuar prestando servicios en la misma calidad,í con un sueldo mensual de $ 1.500.000.-, funciones que continu prestando hasta el mesó NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Cauquenes. JUEZA : Andrea del Pilar Suazo Quiroz. CAUSA ROL : C-24-2018 CARATULADO : “VERGARA con MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES”DEMANDANTE : MANUEL JOSE VERGARA DEL RIO. R.U.N. : 7.534.485-6 DEMANDADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES. R.U.T. : 769.120.400-6 PROCEDIMIENTO : Ordinario MATERIA : Indemnizaci n de perjuicios.ó C DIGOÓ : I-03A INGRESO : 10 de enero de 2018. JUZGADO DE LETRAS DE CAUQUENES de mayo del a o 2013, luego estuvo con licencia m dica por

Fundamentos

motivos de salud, haciendoñ é presente que el demandado no cumpli sus obligaciones contractuales, por lo queó unilateralmente puso t rmino a la relaci n laboral, a trav s de la instituci n del despidoé ó é ó indirecto, con fecha 24 de noviembre de 2014, poca durante la cual no se modific sué ó contrato de trabajo, no se le pag el sueldo convenido, no se tramitaron las licenciasó m dicas recepcionadas por su empleador, ni se le pagaron las correspondientesé cotizaciones previsionales hasta la fecha indicada. A ade que durante gran parte del per odo de duraci n del contrato de trabajoñ í ó hizo uso de licencia m dica, las cuales fueron debidamente recepcionadas por elé demandado, sin embargo estas no fueron legalmente tramitadas. Por lo antes expuesto hubo una clara infracci n, intencional o por negligenciaó inexcusable por parte de la Ilustre Municipalidad de Cauquenes, a las normas establecidas en el C digo del Trabajo y normas reglamentarias, en materia deó cumplimiento de pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales, y tramitaci n deó licencias m dicas, infringiendo adem s normas de derecho com n como la ley delé á ú contrato consagrada en el art culo 1545 del C digo Civil que disponeí ó : Todo contrato“ legalmente celebrado es una ley para los contratantes, y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales .” Como consecuencia de ello, es que se vio en la obligaci n de poner t rmino a suó é contrato de trabajo por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo por parte de la Ilustre Municipalidad de Cauquenes; el aviso de t rmino de contrato de trabajo efectuado por su parte data del 24 de noviembreé de 2014; lo que en definitiva dio origen a la Causa Laboral Rit N O-2-2015, caratulada° Vergara con“ Municipalidad de Cauquenes .-” Respecto al derecho y en relaci n a la vigencia del contrato de trabajo; el art culoó í 159 del C digo del Trabajo, en su numerando 4, referente al plazo de vigencia deló contrato de trabajo, en su inciso final, dispone:"El hecho de continuar el trabajador prestando servicios con conocimiento del empleador despu s de expirado el plazo, loé transforma en un contrato de duraci n indefinida. Igual efecto producir segunda laó á renovaci n de un contrato de plazo fijo." ó De conformidad con el transcrito precepto legal, el s lo hecho de haber continuado prestando servicios despu s del 31 de diciembreó é de 2012 a la Ilustre Municipalidad de Cauquenes, transform su contrato de trabajo enó indefinido. Adem s, como es de conocimiento, este efecto se produce por el s lo efectoá ó de la ley, sin que sea necesaria su escrituraci n, sin perjuicio -naturalmente- de laó infracci n legal consecuente a los art culo 10 y 11 del C digo del Trabajo.ó í ó Sobre las estipulaciones del contrato de trabajo, el art culo 9 del C digo delí º ó Trabajo, dispone: “El contrato de trabajo es consensual; deber constar por escrito ená los plazos a que se refiere el incis

Fallo

Por tanto, en m rito de lo expuesto y atendidas las disposiciones legales citadas yé dem s que resulten aplicables, solicita se tenga por interpuesta demanda civil deá indemnizaci n de perjuicios en contra de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES, representada por su Alcalde Sr. JUAN CARLOS MU OZ ROJASÑ , ambos ya individualizados, y en definitiva declarar: 1° Que se acoge la demanda interpuesta en todas sus partes; 2° Que se condena a la demandada a indemnizarle los perjuicios causados correspondiente a da o emergente ascendente a la suma de $ñ 34.000.000.- por da o directo, o la suma mayor o menor que resulte del m rito delñ é proceso, todo ello reajustado seg n variaci n positiva del IPC; y a la suma de $ú ó 55.000.000.- por concepto de da o moral o extra patrimonial, o la suma mayor o menorñ que resulte del m rito del proceso, todo ello reajustado seg n variaci n positiva del IPC;é ú ó 4 ° Que se condena a la demandada al pago de las costas. Notificaci n.-ó Que, por resoluci n de fecha ó 26 de enero de 2018 (folio 6, cuaderno principal) se notific personalmente a don ó JUAN CARLOS MU OZÑ ROJAS, Alcalde y representante legal de la demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES. Contestaci n en rebeld aó í .- Que, la demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES no contest la demanda dentro del plazoó legal destinado al efecto; seg n costa en resoluci n de fechaú ó 19 de junio de 2018 (folio 16, cuaderno principal) R plica.-é Que, la parte demandante no evacu el tr mite de

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Foja ciento ochenta y siete.- POR ENTRADO A MI DESPACHO CON ESTA FECHA Cauquenes, a treinta de abril del a o dos mil veintiuno.ñ VISTOS: Demanda.- Que, con fecha 10 de enero de 2018 (folio 1, cuaderno principal) comparece don MANUEL JOSE VERGARA DEL RIO, R.U.N N° 7.534.485-6, trabajador independiente, domiciliado en calle Luis Manr quez S/N ,í º comuna y ciudad de Cauquenes, deduciendo demanda civ

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