Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle.

MINISTERIO PÚBLICO C/ CLAUDIO FELIPE PÉREZ URÍZAR

Rol

O-59-2021

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: “El día 18 de Abril de 2020, alrededor de las 14:45 horas el imputado Claudio Pérez Urizar, en compañía de don Enzo Alonso Castillo Casanga (fallecido) y de un tercer sujeto no identificado, se desplazaban por la ruta D-607, comuna de Punitaqui, en el interior de un vehículo marca Renault modelo Symbol, color blanco, placa patente única HXRJ.10, en el que transportaban, poseían y guardaban con fines de tráfico tres bolsas de nylon contendoras de 2 kilos 19 gramos y 5 miligramos de marihuana elaborada, haciendo caso omiso a un control policial que se le iba a efectuar en dicha ruta por personal de Carabineros, ingresando con dicho vehículo a calle Los Maitenes de Punitaqui, bajándose del mismo donde frente al inmueble signado con el número 61, de dicha calle, personal de Carabineros logró darle alcance y detener a los imputados, en circunstancias que huían portando las bolsas contenedoras de marihuana ya referidas.” Código: FHSGXXWEFEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio de Fiscalía, los hechos descritos precedentemente son constitutivos de un delito de tráfico de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley Nº 20.000 sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas en relación el artículo 1° del mismo cuerpo legal, en el cual se le atribuye participación en calidad de autor inmediato y directo, en grado de desarrollo consumado. Estima que no concurren atenuantes, y le perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 N°16 del Código Penal. Solicita que se condene al acusado a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, a una multa de 40 unidades tributarias mensuales, penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, al

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha quince de julio del presente año, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, integrada por la Juez Suplente doña Kerima Schichaschwili Carvajal, quien presidió, y por los Jueces Titulares don Claudio Andrés Weishaupt Milner y don Rubén José Bustos Ortiz, se llevó a efecto la audiencia de juicio relativa al RIT: 59-2021, para conocer la acusación presentada en contra de CLAUDIO FELIPE PÉREZ URIZAR, chileno, casado, maestro pintor, nivel de estudios 4° medio, cédula nacional de identidad N° 15.055.513-2, nacido en Coquimbo con fecha 20 de octubre de 1982, 41 años, domiciliado en calle California N°335, Olivar Bajo, Coquimbo. Fue parte acusadora en este juicio, el Ministerio Público, representado por el Fiscal don Carlos Jiménez Villalobos, domiciliado en calle Independencia N°604, comuna de Ovalle. Mientras que la defensa del acusado Claudio Felipe Pérez Urizar, estuvo a cargo de la abogada defensora particular doña Paola Vega Bolados, domiciliada en calle Amunategui 489, oficina 407, comuna de La Serena. SEGUNDO: Que conforme al auto de apertura la acusación fiscal precisa los siguientes hechos: “El día 18 de Abril de 2020, alrededor de las 14:45 horas el imputado Claudio Pérez Urizar, en compañía de don Enzo Alonso Castillo Casanga (fallecido) y de un tercer sujeto no identificado, se desplazaban por la ruta D-607, comuna de Punitaqui, en el interior de un vehículo marca Renault modelo Symbol, color blanco, placa patente única HXRJ.10, en el que transportaban, poseían y guardaban con fines de tráfico tres bolsas de nylon contendoras de 2 kilos 19 gramos y 5 miligramos de marihuana elaborada, haciendo caso omiso a un control policial que se le iba a efectuar en dicha ruta por personal de Carabineros, ingresando con dicho vehículo a calle Los Maitenes de Punitaqui, bajándose del mismo donde frente al inmueble signado con el número 61, de dicha calle, personal de Carabineros logró darle alcance y detener a los imputados, en circunstancias que huían portando las bolsas contenedoras de marihuana ya referidas.” Código: FHSGXXWEFEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2 A juicio de Fiscalía, los hechos descritos precedentemente son constitutivos de un delito de tráfico de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 3° de la Ley Nº 20.000 sobre Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas en relación el artículo 1° del mismo cuerpo legal, en el cual se le atribuye participación en calidad de autor inmediato y directo, en grado de desarrollo consumado. Estima que no concurren atenuantes, y le perjudica la circunstancia agravante de responsabilidad penal del artículo 12 N°16 del Código Penal. Solicita que se condene al acusado a la pena de diez años de presidio mayor en su grado mínimo, a una multa de 40 unidades tributarias mensuales, penas accesorias legales

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1 y 3 del Código Penal, 1 y 3 de la Ley 20.000.- lo previsto en los artículos 1,4, 7, 48, 53, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 346 y 347 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se ABSUELVE a CLAUDIO FELIPE PÉREZ URIZAR de los hechos y participación acusados en calidad de presunto autor de un delito de tráfico ilícito de cannabis sativa, previsto en el artículo 3° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, por el hecho supuestamente acaecido el día 18 de abril de 2020, en la comuna de Punitaqui. II.- Que se condena en costas al Ministerio Público. Regístrese y archívese en su oportunidad. Redactada por el Juez Titular don Rubén José Bustos Ortiz. RIT: 59-2021. RUC: 2000392307-0. DICTADA POR LA PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE OVALLE, INTEGRADA POR LA SEÑORA JUEZ SUPLENTE DOÑA KERIMA SCHICHASCHWILI CARVAJAL, Y POR LOS JUECES TITULARES DON CLAUDIO ANDRÉS WEISHAUPT MILNER Y DON RUBÉN JOSÉ BUSTOS ORTIZ. Código: FHSGXXWEFEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: FHSGXXWEFEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-19T11:28:08-0400

Texto Completo (Preview)

1 | MINISTERIO PÚBLICO C/ CLAUDIO FELIPE PÉREZ URIZAR DELITO: Tráfico ilícito de drogas. RUC : 2000392307-0. RIT : 59-2021. Ovalle, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha quince de julio del presente año, ante esta Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle, integrada por la Juez Suplente doña Kerima Schichaschwili Ca

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica