Juzgado de Garantía de Quilpué.

MINISTERIO PUBLICO C/ JUAN ESTEBAN AHUMADA BUSTAMANTE

Rol

O-2865-2023

Fecha

19 de julio de 2024

Materia

RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: El día 24 de agosto del año 2023, a las 18:45 horas aproximadamente, el imputado JUAN ESTEBAN AHUMADA BUSTAMANTE tenía en su poder en su domicilio ubicado en Pablo Neruda N° 26 del sector de Pompeya Sur comuna de Quilpué, una bicicleta marca tótem, aro 29 de color amarillo con azul de propiedad de doña CINTHYA MARTÍNEZ VERA, la cual había sido sustraída a eso de las 13:00 horas desde su domicilio ubicado en Alessandri N° 601, depto. N° 11 de Quilpué, sin que el imputado pudiese desconocer el origen ilícito de la especie, tomando conocimiento la victima de dicha situación, comunica a Carabineros quienes concurren al lugar y previa autorización del imputado ingresan a su domicilio encontrando dicha especie , procediéndose a su detención. Y según lo dispuesto en el artículo 1ro, 7mo, 14, 15, 18, 21, 25 y 456 bis A del Código Penal; artículos 47, 48, 297, 388, 395 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que se ABSUELVE al imputado JUAN ESTEBAN AHUMADA BUSTAMANTE, Cédula Nacional de identidad N° 13.834.729-K, de la acusación de ser AUTOR del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código penal. II.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC Nº 2300920722-8 RIT N° 2865-2023 Resolvió doña DANIELA ALEJANDRA RODRIGUEZ NIÑO, Juez Interina del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XYLVXXGXXFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-19T12:23:49-0400

Fallo

se declara: I.- Que se ABSUELVE al imputado JUAN ESTEBAN AHUMADA BUSTAMANTE, Cédula Nacional de identidad N° 13.834.729-K, de la acusación de ser AUTOR del delito de RECEPTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456 BIS A del Código penal. II.- Que no se condena en costas para el Ministerio Público, atendido lo dispuesto en el art. 48 del Código Procesal Penal, estimando que tuvo motivo plausible para litigar en esta causa. En su momento dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese y archívese en su oportunidad. Que se dejan sin efecto toda medida cautelar decretada. RUC Nº 2300920722-8 RIT N° 2865-2023 Resolvió doña DANIELA ALEJANDRA RODRIGUEZ NIÑO, Juez Interina del Juzgado de Garantía de Quilpué. Código: XYLVXXGXXFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-19T12:23:49-0400

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SENTENCIA EN JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Quilpué, diecinueve de julio de dos mil veinticuatro. HECHOS: El día 24 de agosto del año 2023, a las 18:45 horas aproximadamente, el imputado JUAN ESTEBAN AHUMADA BUSTAMANTE tenía en su poder en su domicilio ubicado en Pablo Neruda N° 26 del sector de Pompeya Sur comuna de Quilpué, una bicicleta marca tótem, aro 29 de color amarillo con azul de propiedad de

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