17º Juzgado Civil de Santiago

TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/CARRILLO

Rol

C-1648-2020

Fecha

30 de abril de 2021

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 21 de enero de 2020, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a Leslie Loreto Merinoé ñ Mendoza, abogada, mandataria judicial y en representaci n de ó Banco Itaú Corpbanca, sociedad an nima bancaria, continuador legal de Bancoó Corpbanca, representada legalmente por don Manuel Olivares Rosseti, Administrador, y ste, a su vez en representaci n convencional de laé ó Tesoreria General De La Republica De Chile, representada legalmente por don Hernan Frigolett Cordova, economista, todos domiciliados para estos efectos en calle Rosario Norte N 660, comuna de Las Condes, quienº interpone demanda ejecutiva conforme a la Ley 20.027 y su reglamento Nº 182 de fecha 07 de septiembre de 2005, en contra de do a ñ Priscila Paola Carrillo Flores, c dula nacional de identidad Né ° 17.807.127-0, cuya profesi n u oficio ignora, domiciliado en Domingo Chacana N 4347,ó ° Rinconada de Sn Fernado Copiap y/o en Telam n N 270-B, Cerroó ó ° Ramaditas, comuna de Valpara so, solicitando se despache en su contraí mandamiento de ejecuci n y embargo por la cantidad de U.F. 183,2615.-ó equivalentes al d a 05 de noviembre de 2019 a la suma de $5.143.298.-,í m s intereses y costas.á Funda su demanda en que la demandada es deudora vencida de los siguientes instrumentos: 1) Pagar suscrito el d a 07 de octubre de 2019 por la cantidad deé í 175,9909.- U.F., con fecha de vencimiento pactada para el d a 05í de noviembre de 2019. 2) Pagar suscrito por la cantidad de 7,2706.- U.F., el d a 07 deé í octubre de 2019 y con vencimiento acordado para el d a 05 deí noviembre de 2019. Menciona que la sumatoria de ambas obligaciones asciende a la cantidad de 183,2615 U.F., equivalentes en moneda nacional al d a deí vencimiento, esto es, al 05 de noviembre de 2019, a la suma de $5.143.298.-, capital que seg n se estipul , devengar a contar delú ó á vencimiento y hasta la fecha de pago efectivo, intereses a la tasa de inter sé m xima convencional vigent

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Banco Ita Corpbanca ú deduce demanda ejecutiva de cobro de pagar s en contra de é do a ñ Priscila Paola Carrillo Flores, ya individualizada, a fin de que pague la cantidad de U.F. 183,2615.-, equivalente al d a 05 de noviembre de 2019 a la suma de $í 5.143.298.- con motivo de dos pagar sé , suscritos en su representaci n y queó no fueron solucionados a la fecha de su vencimiento, raz n por la que se haó interpuesto la acci n ejecutiva en su contra para obtener el entero yó cumplido pago de las sumas que se adeudan, con intereses y costas. RIT« » Foja: 1 SEGUNDO: Que la demandada, debidamente representada, opuso la excepci n contemplada en el n mero 17 del art culo 464 del C digo deó ú í ó Procedimiento Civil, argumentando que la acci n cambiaria emanada de losó dos pagar s que sustentan la presente ejecuci n se encuentran prescritas, deé ó acuerdo a los antecedentes rese ados al principio de esta sentenciañ . TERCERO: Que la ejecutante, al evacuar el traslado, indic que sió bien ha transcurrido m s de 1 a o desde que los pagar s se hicieroná ñ é exigibles, la acci n que de ellos emana es imprescriptible, al tenor de laó disposici n del art culo 13 de la Ley N 20.027; a adiendo que asimismoó í ° ñ debe aplicarse la norma contenida en el art culo 8 de la Ley N 21.226, queí ° establece la interrupci n de la prescripci n de acciones como la demandada.ó ó CUARTO: Que, de conformidad a lo prescrito en el art culo 2514í del C digo Civil, La prescripci n que extingue las acciones y derechosó “ ó ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n seó haya hecho exigible .” Que por su parte, el art culo 98 de la Ley N 18.092, precept a queí ° ú el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias, que incluye al pagaró é por indicaci n expresa del art culo 107 de la ley aludida, es de un a oó í ñ contado desde el d a de vencimiento del documento.í QUINTO: Que la ejecutante sustent el presente juicio en entreó – otros- los siguientes documentos guardados en la custodia del tribunal bajo el N 749-2020: 1) ° Pagar -Sin obligaci n de protesto. Financiamiento deé ó Estudios de Educaci n Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chileó í (Ley 20.027), de fecha 07 de octubre de 2019, suscrito por don Doroteo Concha Quezada, en representaci n de Ita Corpbanca, y ste, a su vez, enó ú é representaci n de la demandada do a Priscila Paola Carrillo Flores, por laó ñ cantidad de capital de U.F. 175,9909.- pagadera el d a 05 de noviembre deí 2019, encontr ndose la firma del suscriptor autorizada por notario p blico;á ú 2) Pagar -Sin obligaci n de protesto. Financiamiento de Estudios deé ó Educaci n Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027),ó í de fecha 07 de octubre de 2019, suscrito por don Doroteo Concha Quezada, en representaci n de Ita Corpbanca, y ste, a su vez, enó ú é representaci n de la demandada do a Priscila Paola C

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 144,í 160, 170, 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 1698ó í y 2514 del C digo Civil; art culo 8 de la Ley N 21.226; Ley N 18.092,ó í ° ° art culos 13 y 18 bis de la Ley N 20.027 y dem s normas aplicables, seí ° á declara: I.- Que se acoge la excepci nó de prescripci nó de la acci nó cambiaria emanada de los dos pagar s con fecha de vencimiento el 05 deé noviembre de 2019, suscritos por don Doroteo Concha Quezada, en representaci n de Ita Corpbanca, quien act a, a su vez, en representaci nó ú ú ó de la ejecutada do a Priscila Paola Carrillo Flores, por la cantidad de U.F.ñ 175,9909.- y U.F. 7,2706.-, respectivamente, enerv ndose la ejecuci n; yá ó II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í DICTADA POR DO A ROCIO PEREZ GAMBOA, JUEZÑ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Abril de dos mil veintiuno. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consu

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1648-2020 CARATULADO : TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/CARRILLO Santiago, treinta de Abril de dos mil veintiuno Vistos: Con fecha 21 de enero de 2020, mediante presentaci n ingresada aó trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a Leslie Loreto Merinoé ñ Mendoza,

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