DONOSO/CYPTEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA
Rol
M-71-2022
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos materia de esta causa, renunciando el demandante a todo tipo de acciones derivadas de los hechos materia de la misma en contra de esa parte y manteniendo la acción de cobro respecto de lo demás debatido en relación a la demandad principal.- 5.- Que el no cumplimiento del pago efectivo de la suma señalada en el presente avenimiento, dará derecho para que el Tribunal en forma inmediata remita los antecedentes a la Unidad de Cobranza Laboral y Previsional, para el cumplimiento ejecutivo de lo aquí acordado con su respectivo incremento.- El Tribunal resuelve: - Téngase por aprobado el avenimiento parcial al cual han llegado las partes en todo a aquello que no sea contrario a derecho, el que tiene mérito de sentencia definitiva ejecutoriada para todos los efectos legales.- - Se ordena levantar el acta respectiva dejando constancia que, derivado del funcionamiento mediante videoconferencia es imposible a las partes de momento firmar el acta, por lo tanto, la presente acta sirve de suficiente constancia o registro del acuerdo y que bastará la firma digital del Tribunal en dicha acta para entender suficiente el acuerdo en lo que atañe a su suscripción. Dejando constancia que las partes manifiestan conformidad con lo resuelto. - Téngase por notificadas las partes de todas las resoluciones dictadas en esta audiencia realizada mediante videoconferencia.- Regístrese y archívese. RIT: M-71-2022 RUC: 22-4-0397884-5 Dirigió la audiencia y resolvió don JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes. Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó.- Copiapó, veintiocho de junio de dos mil veintidós.- ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACION, CONCILIACION Y PRUEBA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 de junio de 2022 RUC 22-4-0397884-5 RIT M-71-2022 MAGISTRADO JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA ADMINISTRATIVO DE
Fundamentos
CONSIDERANDO ESTOS ANTECEDENTES A TRAVÉS DE VIDEOCONFERENCIA: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, se inició esta causa R.I.T. M-71-2022, R.U.C. 22-4-0397884-5, en procedimiento monitorio, compareciendo el demandante don OBED DAVID DONOSO ESPINOZA, trabajador, con domicilio en Avenida Cardenal Samore N°1798, Población Juan Pablo II, Copiapó, asistido por su abogado de la Oficina de Defensa Laboral de Copiapó don René Navarro Albiña, y en rebeldía de la demandada CYPTEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, del giro de su denominación, representada legalmente por don Rodrigo Ángel Rojas, ambos con domicilio en Avenida Salar de Tara N°496, Villa Los Salares, Calama, en Avenida Centenario N°71, Copiapó y en faena fotovoltaica Valle Escondido S/N, sector cerro blanco, Comuna de Tierra Amarilla.
Fallo
Por estas consideraciones entonces, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 55, 58, 73, 162, 168, 420 letra A, 496 a 502 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda por nulidad del despido interpuesta por don OBED DAVID DONOSO ESPINOZA y se condena a CYPTEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA al pago de todas las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo que se devenguen desde el día 02 de marzo de 2022 y hasta la fecha en que se proceda a convalidar el despido en los términos del artículo 162 del Código del Trabajo o hasta que el demandante registre un nuevo empleador a razón de $1.114.933 (un millón ciento catorce mil novecientos treinta y tres pesos) mensuales. II.- Que SE ACOGE la demanda por despido injustificado interpuesta por don OBED DAVID DONOSO ESPINOZA y se condena a CYPTEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA al pago de una indemnización sustitutiva del aviso previo por $1.114.933 (un millón ciento catorce mil novecientos treinta y tres pesos).- III.- Que SE ACOGE la demanda por cobro de prestaciones laborales y previsionales interpuesta por don OBED DAVID DONOSO ESPINOZA y se condena a CYPTEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA al pago de las siguientes sumas: a) Cotizaciones Fonasa $156.090, (ciento cincuenta y seis mil noventa pesos). b) Cotización Afp Habitat $222.986, (doscientos veintidós mil novecientos ochenta y seis pesos). c) Cotización Afc Chile $66.896, (sesenta y seis mil ochocient
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACION, CONCILIACION Y PRUEBA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 28 de junio de 2022 RUC 22-4-0397884-5 RIT M-71-2022 MAGISTRADO JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Erick Agustín Lazen Zepeda. SALA 2 HORA DE INICIO 09:08 HORA DE TERMINO 09:26 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240397884-5-1336 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE Obed David Donoso E
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica