C/ MARTÍN ELEAZAR TORRES OJEDA
Rol
O-14363-2023
Fecha
17 de julio de 2024
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º, 433, 439., ROBO POR SORPRESA.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos fueron presenciados por la victima del hecho N°3 GABRIEL CARDENAS, quien es cabo 1ero de Carabineros, el que portando su arma particular, se identifica a viva voz como carabineros y los sujetos huyen. Sin embargo, el imputado MARTIN TORRES manifiesta que el arma es de fogueo, por lo cual los imputados se abalanzan en contra de las víctimas. Ante la inminente agresión, el carabinero percuta dos disparos, impactando uno de ellos en la pierna del imputado MARTIN TORRES. Los sujetos arrancan en dos bicicletas, dejando las otras dos abandonas. Siendo detenidos metros más adelante por otros Carabineros que concurren en colaboración. SE DECLARA: I.- Que se condena a JEAN PIERRE ANTHONY AGUILERA PLAZA, chileno, ya individualizado, en calidad de autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA en carácter de Código: XGFXXXNBPPW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REITERADO, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal y del delito de ROBO POR SORPRESA previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, ambos ilícitos en grado de desarrollo consumado, ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 9 de diciembre de 2023, a sufrir las penas de: -Por el delito de Robo con violencia reiterado: 5 AÑOS Y 1 DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena de conformidad al artículo 28 del Código Penal. -Por el delito de Robo por sorpresa: 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena de conformidad al artículo 30 del Código Penal. II.- Que se condena a MARTÍN ELEAZAR TORRES OJEDA, chileno, ya individualizado, en calidad de autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA en carácter de REITERADO,
Fallo
SE DECLARA: I.- Que se condena a JEAN PIERRE ANTHONY AGUILERA PLAZA, chileno, ya individualizado, en calidad de autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA en carácter de Código: XGFXXXNBPPW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl REITERADO, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal y del delito de ROBO POR SORPRESA previsto y sancionado en el artículo 436 inciso segundo del Código Penal, ambos ilícitos en grado de desarrollo consumado, ocurridos en territorio jurisdiccional de este tribunal con fecha 9 de diciembre de 2023, a sufrir las penas de: -Por el delito de Robo con violencia reiterado: 5 AÑOS Y 1 DÍA DE PRESIDIO MAYOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena de conformidad al artículo 28 del Código Penal. -Por el delito de Robo por sorpresa: 61 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, a la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena de conformidad al artículo 30 del Código Penal. II.- Que se condena a MARTÍN ELEAZAR TORRES OJEDA, chileno, ya individualizado, en calidad de autor del delito de ROBO CON VIOLENCIA en carácter de REITERADO, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso primero del Código Penal, ilícito en grado de desarrollo consumado, ocurrido en territorio juri
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SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro TRIBUNAL: SÉPTIMO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO MAGISTRADO: CRISTIAN AZÓCAR CARMONA RUC: 2301347895-3 RIT: 14363-2023 IMPUTADO (1) JEAN PIERRE ANTHONY AGUILERA PLAZA C.I. 19.831.476-5 FECHA DE NACIMIENTO 15/12/1997 DIRECCION Pasaje Renca N° 1198 COMUNA: Pudahuel IMPUTADO (2) MARTÍ
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