M.P. C/ VÍCTOR ALEJANDRO HUECHUCOY SAGREDO
Rol
O-2779-2024
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., DAÑO FALTA (495 NR 21 CODIGO PENAL)., DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: El día 01/05/2023 aproximadamente a las 20:30 horas, en circunstancias que el requerido VICTOR ALEJANDRO HUECHUCOY SAGREDO, se trasladaba en bicicleta por la Ruta J-312 a la altura del kilómetro 1,8, de la comuna de Teno, y debido a que se desempeñaba en estado de ebriedad y no atento a las condiciones de tránsito del momento, sumado a que se desplazaba sin poseer los elementos de seguridad luminosos y reflectantes necesarios para advertir su presencia en la calzada, originó que la víctima JOSE RENE GOMEZ AGUILERA, que conducía el automóvil marca Toyota, modelo Tercel, color verde, año 1999, placa patente única TG-1069, por la misma ruta en dirección al poniente, no se percate de la presencia y proximidad de la bicicleta y del requerido, siendo este último colisionado en la parte posterior de su bicicleta, cayendo al suelo. A consecuencia de la colisión el vehículo placa patente única TG-1069, resultó con daños en el parachoques delantero, capot, y parabrisas delantero. Por tal motivo, el requerido fue detenido por personal de carabineros y trasladado al Hospital de Curicó, donde se le practicó el examen de alcoholemia, que analizado por el Servicio Médico Legal de Talca arrojó una dosificación de 1,89 gramos por mil de alcohol en la sangre. RIT 2779-2024 HECHOS: el día 5 de mayo del año 2024 en horas de la noche en circunstancia que ambos imputados concurren a un local comercial de CATIA VIOLETA RODRIGUEZ PINO ubicado en avenida san José el molino la montaña de Teno y procedieron a efectuar daños en un vidrio de dicho local avaluado en la suma de $50.000., posterior a ello fueron detenidos por carabineros y trasladados a reten la puerta donde los imputados provocaron daños a una cámara de vigilancia calabozo numero 1 marca HYK color blanca resultado inutilizada avaluada en la suma de $80.000.- S E D E C L A R A: I).- Que, SE CONDENA a don VÍCTOR ALEJANDRO HUECHUCOY SAGREDO, ya individualizado, en calidad de AUTOR del ilícito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRI
Fallo
fallo por ejecutoriado a contar de esta fecha REGISTRESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE. Dese oportuno cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. RUC : 2400507248-0 RIT : 2779 - 2024 Dirigió la audiencia y resolvió - MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO. “La sentencia dictada oralmente en audiencia, se encuentra íntegramente consignada en el registro de audio de este Tribunal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 39 y siguientes del Código Procesal Penal” Certifico: Que la firma de la presente sentencia corresponde al Magistrado que la suscribe. Curicó, 15 de Julio de 2024 FERNANDO MALDONADO BRAVO Ministro de Fe Juzgado de Garantía Curicó Código: PPPBXXYRHFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-19T12:06:20-0400
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Fecha Curicó., quince de julio de dos mil veinticuatro Tribunal JUZGADO DE GARANTÍA DE CURICÓ Magistrado MAURICIO ANDRES ARAVENA GAJARDO Imputado 1) VÍCTOR ALEJANDRO HUECHUCOY SAGREDO C.I. 0018478814-4 Fecha de Nacimiento 24/02/1993 Dirección Sector SANTA LAURA SITIO LA MONTAÑA Nº 12. TENO DELITO CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD / DAÑOS SIMPLES. Participació
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