MP C/ MARITZA CARMEN RIVAS SANHUEZA
Rol
O-2923-2024
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 20 de abril del año 2024 alrededor de las 15:00 horas las imputadas Jessica Solange Valencia Lara y Maritza Carmen Rivas Sanhueza en la vía pública esto es en calle Aldunate de Temuco en las cercanías de calle Portales, ellas se encontraban en ese lugar, lugar por el cual caminaba también la víctima de iniciales E.B.R.H, quien continuó su camino hacia el paradero del local McDonald's de calle Bulnes en ese tramo, las imputadas procedieron a abrir la mochila que portaba la víctima sustrayendo desde su interior un teléfono celular marca Motorola color celeste avaluado en la suma de $270.000.-, tras lo cual ambas imputadas concertadas al efecto previamente huyen del lugar con la especie en su poder siendo posteriormente ubicadas por funcionarios municipales que proceden a su detención hasta la llegada de personal de Carabineros”. Conforme lo dispone el artículo 4 del acta 40-2014 de fecha 14 de marzo de 2014, en cuanto a que “…la parte resolutiva del fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Vistos además lo que disponen los artículos 83 y 1 de la Constitución Po
Fallo
fallo será utilizado como transcripción única de éste en todos aquellos casos en que haya sido pronunciado en juicio simplificado con aceptación de responsabilidad del condenado o, en procedimiento abreviado, siempre y cuando se haya dictado sentencia completa en forma verbal en la misma audiencia y ésta conste en el respaldo de audio respectivo…” y que sólo si “…se impugna dicho fallo, la administración del tribunal deberá —en forma previa a remitir el recurso al tribunal de alzada- ingresar al sistema SIAGJ, vía actuación, transcripción íntegra de la sentencia que conste en el audio, con el objeto de ser tenida a la vista al conocerse el recurso” instrucción corroborada por el artículo 62 del acta 71-2016 de 16 de junio de 2016 de la Excelentísima Corte Suprema, Se deja constancia que la sentencia fue dictada íntegramente en audiencia, que consta en el registro de audio y que la parte dispositiva y resolutiva es del siguiente tenor: Vistos además lo que disponen los artículos 83 y 1 de la Constitución Política de la República respectivamente; artículo 1 de la Ley 19.640; artículos 1, 7, 11 N°9, 12 N°16, 14, 15 N°1, 25, 49, 70, 432 y 446 N°3 del Código Penal; artículos 1, 3, 47 y 390 del Código Procesal Penal; artículos 1 y 35 de la Ley N°18.216, se declara: Código: CRLXXXQDFWW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que se acoge el requerimiento en procedimiento simplificado solo en cuanto se CONDENA a JESSIC
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RESUMEN RIT : 2.923 - 2024 RUC : 2400451413-7 MATERIA : Hurto simple del articulo 446 N°3 del Código Penal IMPUTADO : JESSICA SOLANGE VALENCIA LARA CÉDULA DE IDENTIDAD : 9.987.853-3 DOMICILIO : Calle Quitratue N°960, Santa Rosa, comuna de Temuco. ATENUANTES : Articulo 11 N°9 Código Penal. AGRAVANTES : Articulo 12 N°16 Código Penal. RESOLUCIÓN SENTENCIA EN PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO Temuco, quin
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