JULIO ENRIQUE VERGARA MEZA C/ GILBERTO JOSÉ MARTÍNEZ CISTERNAS
Rol
O-1161-2023
Fecha
15 de julio de 2024
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS El día 02 de julio del año 2022, alrededor de las 10:00 horas, GILBERTO JOSÉ MARTÍNEZ CISTERNAS, fue sorprendido por personal de Carabineros conduciendo el automóvil marca Opel, PPU. KX-2479, en la ruta F-62, km.33, Limache, en dirección sur, en contra del tránsito, en manifiesto estado de ebriedad, con a lo menos 1,37 gramos de alcohol por litro de sangre. Limache, quince de julio de dos mil veinticuatro. Parte resolutiva de la sentencia: Conforme lo dispuesto en los artículos 47 y 340 del Código Procesal Penal; se declara: I.- Que, se ABSUELVE al requerido ya individualizado de los cargos formulados en su contra en este procedimiento simplificado. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. III.- Que, se dejan sin efecto las medidas cautelares que se hubieren decretado. IV. Téngase presente la renuncia a plazos y recursos; sentencia firme. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y Archívese. Código: XXDDXXDWBQW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-18T12:17:18-0400
Fundamentos
motivos plausible para litigar y haber hecho gestión en ambas ocasiones para lograr la comparecencia de los funcionarios policiales cuestión que no se produjo por causa independiente nuestra voluntad. Defensa, considerando que no se ha podido presentar ninguna prueba por el ministerio público para acreditar lo hecho y participación de su representado solicita veredicto absolutorio y conforme lo que ya se ha señalado que el ministerio público ha intentado ubicar a los testigos esto válidamente notificados no llegaron por una causa que no es imputablemente al persecutor no hay inconveniente con la excepción de las costas. Tribunal resuelve: Se dicta sentencia. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos. Sentencia ejecutoriada con esta fecha. Los intervinientes quedan notificados en audiencia. SENTENCIA.: RUC RIT Ambito afectado Detalle del Hito Valor 2200646026- 0 1161-2023 CAUSA.: R.U.C=2200646026- 0 R.U.I.=1161- 2023 Fecha de deliberación 2024/07/15 Juez redactor SERGIO RUBIO CHACON RELACIONES.: Resultado Absuelto. Código: XXDDXXDWBQW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl MARTÍNEZ CISTERNAS GILBERTO JOSÉ / CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESI CAUSA.: R.U.C=2200646026- 0 R.U.I.=1161- 2023 - - RELACIONES.: MARTÍNEZ CISTERNAS GILBERTO JOSÉ / CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESI Procedimiento Simplificado. Los intervinientes quedan notificados en audiencia. La presente acta se rige en conformidad al artículo 103 del título III del Auto Acordado N° 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema. Dirigió la audiencia y resolvió - SERGIO RUBIO CHACON. La audiencia quedó íntegramente grabada en el sistema de audio del Tribunal, en sala 1 y constituye el registro de la misma para todo efecto legal, constando en él las alegaciones de los intervinientes y los fundamentos de lo resuelto. Código: XXDDXXDWBQW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl HECHOS El día 02 de julio del año 2022, alrededor de las 10:00 horas, GILBERTO JOSÉ MARTÍNEZ CISTERNAS, fue sorprendido por personal de Carabineros conduciendo el automóvil marca Opel, PPU. KX-2479, en la ruta F-62, km.33, Limache, en dirección sur, en contra del tránsito, en manifiesto estado de ebriedad, con a lo menos 1,37 gramos de alcohol por litro de sangre. Limache, quince de julio de dos mil veinticuatro. Parte resolutiva de la sentencia: Conforme lo dispuesto en los artículos 47 y 340 del Código Procesal Penal;
Fallo
se declara: I.- Que, se ABSUELVE al requerido ya individualizado de los cargos formulados en su contra en este procedimiento simplificado. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Público por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. III.- Que, se dejan sin efecto las medidas cautelares que se hubieren decretado. IV. Téngase presente la renuncia a plazos y recursos; sentencia firme. Dese cumplimiento oportuno a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y Archívese. Código: XXDDXXDWBQW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-18T12:17:18-0400
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AUDIENCIA DE JUICIO ORAL SIMPLIFICADO SENTENCIA Fecha Limache., quince de julio de dos mil veinticuatro Magistrado SERGIO RUBIO CHACON Fiscal GUILLERMO SANCHEZ Defensor ROLANDO SOTO Hora inicio 12:46PM Hora termino 12:46PM Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Garantía de Limache. Acta DAR RUC 2200646026-0 RIT 1161 - 2023 Actuaciones efectuadas NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA GILBERTO JOSÉ MARTÍNEZ
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