Juzgado de Garantía de Puerto Varas.

MP C/ VÍCTOR JOSÉ VARGAS VILLARROEL

Rol

O-397-2024

Fecha

15 de julio de 2024

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE 4 A 40 UTM., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS Por las consideraciones expuestas y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6 y 9, 15, 29, 50, 67 y siguientes, 432, 442, 443, 446 N°3, 449 del Código Penal; artículos 45 y siguientes, 297, 240, 341, 343, 351 y 406 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 7 de la Ley 19.970; artículo 1 y 15 bis de la Ley 18.216, SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al imputado VÍCTOR JOSÉ VARGAS VILLARROEL, cédula de Identidad N° 18.819.681-0, domiciliado en Sector La Vara, Senda Sur, Pasaje Don Justo S/N, comuna de Puerto Montt, teléfono 82167177, mail camilacedb1996@gmail.com, a la pena única de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, multa de DIEZ (10) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de los delitos CONSUMADOS y reiterados de ROBO EN BIENES NACIONALES USO PÚBLICO, previsto y sancionado en los artículos 443 del Código Penal y los delitos de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en los artículos 446 N°3del Código Penal, en hechos ocurridos el 29 de diciembre de 2023, el 04 de enero de 2024, el 08 de enero de 2024, 13 de enero de 2024, 16 de enero de 2024 y 20 de enero de 2024, en las comunas de Puerto Varas y Llanquihue. II.- Que, cumpliendo los requisitos de artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, a cargo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra en el evento que no lo hiciere. Debiendo además cumplir con el plan de intervención individual que se aprobará en su momento, con las condiciones legales señaladas en las letras a) b) y c) del Art

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE CONDENA al imputado VÍCTOR JOSÉ VARGAS VILLARROEL, cédula de Identidad N° 18.819.681-0, domiciliado en Sector La Vara, Senda Sur, Pasaje Don Justo S/N, comuna de Puerto Montt, teléfono 82167177, mail camilacedb1996@gmail.com, a la pena única de CUATRO (4) AÑOS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, multa de DIEZ (10) UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, accesoria de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad como AUTOR de los delitos CONSUMADOS y reiterados de ROBO EN BIENES NACIONALES USO PÚBLICO, previsto y sancionado en los artículos 443 del Código Penal y los delitos de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en los artículos 446 N°3del Código Penal, en hechos ocurridos el 29 de diciembre de 2023, el 04 de enero de 2024, el 08 de enero de 2024, 13 de enero de 2024, 16 de enero de 2024 y 20 de enero de 2024, en las comunas de Puerto Varas y Llanquihue. II.- Que, cumpliendo los requisitos de artículo 15 bis de la Ley N°18.216, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA, por igual término que el de la pena privativa de libertad que se sustituye, a cargo del Centro de Reinserción Social de Gendarmería de Chile que corresponda a su domicilio, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra en el evento que no lo hiciere. Debiendo además cumplir con

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Garantía de Puerto Varas SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO HECHO 1: “El día 29/12/23, alrededor del mediodía, el imputado VICTOR VARGAS VILLARROEL previamente concertado junto a otro sujeto aun no identificado, con la finalidad de sustraer especies; quebró el vidrio del automóvil P.P.U. KRHW-82, el cual se encontraba en vía pública altura del cementerio parque Las Rosas de la comuna de

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