Juzgado de Letras de La Calera

OTELO/ROJO

Rol

C-225-2021

Fecha

29 de abril de 2021

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Con fecha 23 de febrero de 2021, comparece don SERGIO CUSTODIO OTELO MONCANA, c dula nacional de identidad n mero é ú 7.942.599-0, encargado de mantenimiento en aeropuerto, domiciliado en 206 North College St., Paris, Tennessee, Estado Unidos, quien interpone demanda ordinaria de prescripci n extintivaó de la acci n de cobó ro de derechos municipales, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, entidad de derecho p blico representada porú su Alcaldesa do a ñ Trinidad del Carmen Rojo Agusto, ignoro profesi n u oficio, ambosó domiciliados en Marath n 312, La Calera.ó Fundamenta su demanda exponiendo que es due o del inmueble ubicado enñ calle Presidente Ib ez, n mero 485, La Caleraáñ ú , el cual se encuentra inscrito a su nombre, en el repertorio con el N°952, a fojas 1173, N°451, del registro de propiedad del a o 2000, del Conservador de Bienes Ra ces deñ í La Calera, la cual, para efectos del pago de derechos de aseo, se encuentra inscrita ante el municipio de La Calera bajo ROL de aval o N°00122.00394ú . A ade queñ , seg n bolet n emitido por la entidad municipal la deuda totalú í por concepto de derechos de aseo que mantiene el referido inmueble para con el municipio asciende a $1.181.376, estos comprenden los per odos desde el 30 deí abril de 1997 hasta el 30 de noviembre del a o 2020. ñ Indica que, en concordancia con lo establecido por nuestra legislaci nó vigente, se encuentran prescritos los derechos de cobro respecto de las cuotas adeudadas en el per odo que parte desde el í 30 de abril de 1997 hasta el 30 de noviembre 2013, ya que excede de los 5 a os desde que se hizo exigible, como loñ establece nuestro C digo Civil, por lo cual el monto respecto del cual solicita seó declare prescrita la acci n de cobro, asciende a un total de ó $1.037.924. Refiere que, el art culo 2515 del C digo Civil, ubicado en el Libro IV,í ó T tulo XLII, P rrafo 3° í á “De la prescripci n como medio de extinguir lasó acciones judiciales” prescribe en su inciso 1°:

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don SERGIO CUSTODIO OTELO MONCANA, pensionada, quien interpone demanda ordinaria de prescripci nó extintiva de la acci n de cobro de derechos municipalesó , en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, por los argumentos y efectuando las peticiones ya indicadas en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que a folio 14, la demandada I. Municipalidad de La Calera, contesta la demanda, allan ndose a la misma en cuanto a sus presupuestos f cticosá á . TERCERO: Que la parte demandante, rindi la siguiente prueba documental deó autos: 1).-Detalle de Bolet n Emitido por elí Municipio de La Calera, dando cuenta de la deuda cuya prescripci n de indica en lo principal.ó 2).-Escritura de compraventa a nombre del demandante. CUARTO: Que en la especie los derechos cuya prescripci n se pretende,ó corresponden al cobro por derechos de aseo municipal, a que tiene derecho la entidad edilicia demandada, tal como se desprende del certificado de deuda acompa ado.ñ QUINTO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el art culo 2492 delí C digo Civil, La prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o deó “ ó extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse pose dos las cosas o haberseí ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem sá requisitos legales. Una acci n o derecho se dice prescribir cuando seó extingue por prescripci n.ó A su vez, el art culo 2515í , del mismo cuerpo legal, estatuye, que El tiempo es“ en general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco a os para las ordinarias.ñ ñ ” SEXTO: Que, considerando que la parte demandada, al contestar la demanda, acept llanamente todas y cada una de las proposiciones f cticas efectuadas por eó á l demandante, no existen hechos controvertidos. As , teniendo presente que los derechos municipales de aseo no constituyení impuestos, toda vez que corresponden a contraprestaciones de dinero por servicios prestados por la municipalidad, se hace aplicable la regla general art culo 2515 delí C digo Civil, que fija un plazo de cinco a os contados desde que la obligaci n se hizoó ñ ó exigible. En el caso de marras, en atenci n a que la fecha de vencimiento del ltimo de losó ú per odos cobrados por este concepto data del í 30 de noviembre de 2013, y habi ndoseé notificado la demanda cuando hab a transcurrido con creces el referido t rmino de cincoí é a os, s lo resta concluir que concurren los requisitos para declarar la prescripci nñ ó ó extintiva de la acci n de cobro de la Municipalidad de La Calera, respecto de losó derechos de aseo de autos, por lo que deber acogerse la demanda ntegramente y as seá í í dispondr .á SEPTIMO: Que en m rito del allanamiento de la demandada y por aplicaci né ó de las normas analizadas previamente y constando que a la fecha de interposici n deó la presente acci n, esto es, ó febrero de 2021, ha transcurrido el plazo previsto en el art culoí 2515 del C digo Civil, la demand

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don SERGIO CUSTODIO OTELO MONCANA,, en contra de la Ilustre Municipalidad de La Calera, ambos ya individualizados, y se declara que se encuentra prescrita la acci n de laó demandada para el cobro de las cuotas insolutas por concepto de derechos de aseo del periodo correspondiente a 30 de abril de 1997 hasta el 30 de noviembre 2013 por un valor total de $1.037.924, ambos inclusive, correspondientes al inmueble ubicado en calle Presidente Ib ez, n mero áñ ú 485, comuna de La Calera. II.- Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la demanda. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í ROL C-225-2021 Dictada por don SERGIO HENRIQUEZ GALINDO, Juez Suplente del Juzgado de Letras de La Calera Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Calera, veintinueve de Abril de dos mil veintiuno Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 04 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en Chile Continental. Para la Región de Magallanes y la Antártica Chilena sumar una hora, mientras que para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar dos horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2021-04-29T15:15:16-0400

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La Calera, veintinueve de Abril de dos mil veintiuno VISTO: Con fecha 23 de febrero de 2021, comparece don SERGIO CUSTODIO OTELO MONCANA, c dula nacional de identidad n mero é ú 7.942.599-0, encargado de mantenimiento en aeropuerto, domiciliado en 206 North College St., Paris, Tennessee, Estado Unidos, quien interpone demanda ordinaria de prescripci n extintivaó de la acci n de cobó ro de derechos

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