Juzgado de Garantía de Valparaíso.

MARCELO HERNAN AGUIRRE SEPULVEDA C/ MICHELLE ALEXANDRA OSSANDÓN ROJAS

Rol

O-1701-2024

Fecha

17 de julio de 2024

Materia

TENENCIA CELULAR EN RECINTOS PENALES. ART. 304 TER C.P.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “Con fecha 04 de marzo de 2024, personal de Gendarmería sorprendió al interno condenado EMILIO JOSE ALARCON VELASQUEZ, al interior del módulo 209-b del Complejo Penitenciario de Valparaíso, ubicado en Camino La Pólvora n°665, Valparaíso, portando 01 teléfono celular, marca Motorola, de color azul tornasol con microchip marca WOM, sin estar autorizado legal o reglamentariamente al efecto..” Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, el cual es el registro íntegro de la misma, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por las consideraciones antes expuestas y visto lo dispuesto artículos , Nº en relación con el artículo 5 Nº , 8, 2 , 25, 2 , 5 , 8 , bis y ter del Código Penal; artículo 5 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos pertinentes de la Ley 8 2 , se declara: I.- Que se CONDENA a EMILIO JOSÉ ALARCON VELASQUEZ, cédula nacional de identidad N° - , ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de PORTAR APARATOS DE COMUNICACIONES EN RECINTO PENITENCIARIO en grado de CONSUMADO, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO y a sufrir las accesorias de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad en los hechos ocurridos el día de marzo de 2 2 , en la comuna y ciudad de Valparaíso. II.- El cumplmiento de la pena privativa de libertad debera ser de manera efectiva, ya que el sentenciado no cumple los requisitos objetivos y subjetivos para su merecimiento según su se razonó en el

Fundamentos

considerando respectivo. Sin abonos que considerar. III.- Se decreta el COMISO de un teléfono celular, marca Motorola, de color azul tornasol con microchip marca WOM. IV.- Se EXIME, al sentenciado ALARCON VELASQUEZ de pagar las costas de la causa, en razón de la actitud del imputado que evitó la realización del juicio oral, exmiendo al Ministerio Público de rendir prueba, ahorrando con ello importantes recursos al Estado. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2 2 - RIT N° - 2 2 Dictada por don Camilo Obrador Castro, Juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: RXKNXXWJYVV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: RXKNXXWJYVV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-17T17:18:20-0400

Fallo

se declara: I.- Que se CONDENA a EMILIO JOSÉ ALARCON VELASQUEZ, cédula nacional de identidad N° - , ya individualizado, en calidad de AUTOR del delito de PORTAR APARATOS DE COMUNICACIONES EN RECINTO PENITENCIARIO en grado de CONSUMADO, a sufrir la pena de CUARENTA Y UN DÍAS DE PRISION EN SU GRADO MAXIMO y a sufrir las accesorias de SUSPENSIÓN DE CARGO U OFICIO PÚBLICO DURANTE EL TIEMPO DE LA CONDENA, por su responsabilidad en los hechos ocurridos el día de marzo de 2 2 , en la comuna y ciudad de Valparaíso. II.- El cumplmiento de la pena privativa de libertad debera ser de manera efectiva, ya que el sentenciado no cumple los requisitos objetivos y subjetivos para su merecimiento según su se razonó en el considerando respectivo. Sin abonos que considerar. III.- Se decreta el COMISO de un teléfono celular, marca Motorola, de color azul tornasol con microchip marca WOM. IV.- Se EXIME, al sentenciado ALARCON VELASQUEZ de pagar las costas de la causa, en razón de la actitud del imputado que evitó la realización del juicio oral, exmiendo al Ministerio Público de rendir prueba, ahorrando con ello importantes recursos al Estado. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 8 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC N° 2 2 - RIT N° - 2 2 Dictada por don Camilo Obrador Castro, Juez titular del Juzgado de Garantía de Valparaíso. Código: RXKNXXWJYVV Este documento tiene firma electrónica y su original puede s

Texto Completo (Preview)

Imputados: EMILIO JOSÉ ALARCON VELASQUEZ, cédula nacional de identidad N° - , nacido el 2 de enero de , con años de edad, comerciante, soltero,, domiciliado en calle Meritene N° block 2 departamento , Viña del Mar. Valparaíso, diecisiete de julio del año dos mil veinticuatro. Hechos: “Con fecha 04 de marzo de 2024, personal de Gendarmería sorprendió al interno condenado EMILIO JOSE ALARCON VELAS

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