10º Juzgado de Garantía de Santiago

C/ MATIAS RUBEN AYALA

Rol

O-1561-2023

Fecha

17 de julio de 2024

Materia

TRAFICO ILÍCITO DE DROGAS (ART. 3).

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 7 de junio de 3, aproximadamente a las : horas, en la vía pública, aproximadamente en la intersección de Calle Arturo Alessandri con Villa Lo Valledor, comuna de Pedro Aguirre Cerda, el imputado MATÍA RUBÉN AYALA fue sorprendido portando y manteniendo en su poder, sin autorización competente, calcetín, el cual contenía una bolsa de nylon, contenedora a su vez de envoltorios de papel cuadriculado blanco, contenedores de gramos bruto de clorhidrato de cocaína; $ . en dinero en efectivo y celular. Santiago, diecisiete de julio de dos mil veinticuatro. Vistos y teniendo presente en los artículos: º, , 5, , , 7 del Código Penal, º y 3º de la ley . ; 7, y siguientes del Código Procesal Penal, 5 y siguientes de la Ley . , se declara: l.- Se condena a Matias Ruben Ayala, ya individualizado en esta causa, como autor del delito consumado de la infracción al artículo 3º de la Ley . ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 7 de junio del año 3, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta Código: SPSXXXCWPSV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo de oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas y multa de diez unidades tributarias mensuales, además del comiso de las especies solicitadas por la Fiscalía en esta audiencia. II.- Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad que se le ha impuesto el día de hoy, se le impone la pena sustitutiva de la libertad vigilada intensiva, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de un delegado de la libertad vigilada por el periodo igual de duración de la condena. Si esta pena sustitutiva le fuese quebrantada, revocada o agravada, la pena originalmente impuesta se le contará desde que se presente o sea habido, sirviéndole de abono los siguientes días, del 7 de junio al de junio que permaneció

Fallo

se declara: l.- Se condena a Matias Ruben Ayala, ya individualizado en esta causa, como autor del delito consumado de la infracción al artículo 3º de la Ley . ocurrido en la comuna de Pedro Aguirre Cerda el día 7 de junio del año 3, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, accesorias de inhabilitación absoluta Código: SPSXXXCWPSV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargo de oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas y multa de diez unidades tributarias mensuales, además del comiso de las especies solicitadas por la Fiscalía en esta audiencia. II.- Para el cumplimiento de la pena privativa de libertad que se le ha impuesto el día de hoy, se le impone la pena sustitutiva de la libertad vigilada intensiva, debiendo quedar sujeto al control y vigilancia de un delegado de la libertad vigilada por el periodo igual de duración de la condena. Si esta pena sustitutiva le fuese quebrantada, revocada o agravada, la pena originalmente impuesta se le contará desde que se presente o sea habido, sirviéndole de abono los siguientes días, del 7 de junio al de junio que permaneció completamente privado de libertad y, desde el de junio de 3 que permaneció sujeto a la medida cautelar de arresto domiciliario total que no ha sido revocada, con excepción de los siguientes días que se informaron como incumplimiento, ° de agos

Texto Completo (Preview)

RUC : - RIT : - MAGISTRADO : MARIA CAROLINA SALINAS HERNANDEZ NOMBRE IMPUTADO : MATIAS RUBEN AYALA CEDULA DE IDENTIDAD : - DOMICILIO : Pasaje VILLA LO VALLEDOR Nº 353 , comuna de Pedro Aguirre Cerda. FISCAL : DENYS PAVEZ FARIAS DEFENSOR PÚBLICO : HERNAN GODOY CORTES TRIBUNAL : º Juzgado de Garantía de Santiago FECHA DE SENTENCIA : diecisiete de julio de dos mil veinticuatro CIRCUNSTANCIAS MODIFIC

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