Juzgado de Garantía de Lautaro.

MINISTERIO PÚBLICO C/ MATÍAS NICOLÁS REBOLLEDO COMPAY

Rol

O-715-2024

Fecha

11 de julio de 2024

Materia

HURTO FALTA (494 BIS CODIGO PENAL).

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos del requerimiento, renunciando a su derecho a un juicio oral y público. Sentencia: RUC RIT Ámbito afectado Detalle del Hito Valor 2410024046-3 715-2024 CAUSA.: R.U.C=2410024046-3 R.U.I.=715-2024 Fecha de deliberación 11/07/2024 Juez redactor EDUARDO ANTONIO PEREZ YAÑEZ RELACIONES.: REBOLLEDO COMPAY MATÍAS NICOLÁS / Hurto falta (494 bis código penal). Resultado Condenado. PARTICIPANTES.: Denunciante. - MINISTERIO PÚBLICO - - PARTICIPANTES.: Denunciado. - REBOLLEDO COMPAY MATÍAS NICOLÁS - - PARTICIPANTES.: Fiscal. - VÁSQUEZ - - Código: CCXGXXXXLFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl INOSTROZA ENRIQUE ANDRÉS RELACIONES.: REBOLLEDO COMPAY MATÍAS NICOLÁS / Hurto falta (494 bis código penal). Procedimiento Simplificado. SENTENCIA: Visto y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 30, 49, 70, 494 bis, todos del Código Penal; y artículos 348, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; SE RESUELVE: I.- Que, se condena a don MATÍAS NICOLÁS REBOLLEDO COMPAY, ya individualizado, en su calidad de AUTOR de la falta de HURTO en grado de FRUSTRADA, cometida el día 18 de mayo del año 2024, en la comuna de Lautaro, a cumplir una pena de MULTA en beneficio fiscal equivalente a un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena de multa se tiene por cumplida por el lapso de detención entre los días 18 y 19 de mayo del año 2024. III.- Que, el sentenciado no cuenta con otros abonos que considerar a su favor en razón de la presente causa. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan en este acto notificados los intervinientes de la sentencia antes pronunciada. RUC 2410024046-3.- RIT 715-2024.- Dirigió la audiencia y resolvió - EDUARDO ANTONIO PEREZ YAÑEZ. Código: CCXGXXXXLFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificad

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se condena a don MATÍAS NICOLÁS REBOLLEDO COMPAY, ya individualizado, en su calidad de AUTOR de la falta de HURTO en grado de FRUSTRADA, cometida el día 18 de mayo del año 2024, en la comuna de Lautaro, a cumplir una pena de MULTA en beneficio fiscal equivalente a un tercio (1/3) de unidad tributaria mensual. II.- Que, la pena de multa se tiene por cumplida por el lapso de detención entre los días 18 y 19 de mayo del año 2024. III.- Que, el sentenciado no cuenta con otros abonos que considerar a su favor en razón de la presente causa. IV.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Quedan en este acto notificados los intervinientes de la sentencia antes pronunciada. RUC 2410024046-3.- RIT 715-2024.- Dirigió la audiencia y resolvió - EDUARDO ANTONIO PEREZ YAÑEZ. Código: CCXGXXXXLFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-07-19T12:11:52-0400

Texto Completo (Preview)

Individualización de Audiencia de procedimiento simplificado. Fecha Lautaro, once de julio de dos mil veinticuatro Magistrado EDUARDO ANTONIO PEREZ YAÑEZ Fiscal VALENTINA PRADO FIGUEROA Defensor SERGIO RICARDO CÁCERES SETIEN Hora inicio 01:58PM Hora termino 02:05PM Sala Sala 1 - Semipresencial Tribunal Juzgado de Garantía de Lautaro. Acta Mario Acevedo Fuentes RUC 2410024046-3 RIT 715 – 2024 Del

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