Juzgado de Letras y Garantía de Cisnes.

MINISTERIO PUBLICO C/ MATÍAS SEBASTIÁN ORTIZ BARRÍA

Rol

O-270-2024

Fecha

13 de julio de 2024

Materia

DAÑOS SIMPLES., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos Constan en el audio respectivo. Se deja constancia que, según consta en los registros de audio, atendido lo expuesto por las partes, y la consideración de la existencia de dos atenuantes objetivas, una de ellas muy calificada, se dispuso, dado el marco de penas concretas que se solicitaban, que se continúe bajo las normas del procedimiento simplificado. SENTENCIA Con posterioridad al debate el tribunal dictó sentencia condenatoria, quedando los

Fundamentos

motivos íntegramente consignados en el registro de audio de esta fecha de conformidad a lo dispuesto por el artículo del Código Procesal Penal, transcribiéndose solamente lo resolutivo de la sentencia, según lo prescrito por el artículo 6 del Acta 7 - 6 de la Excelentísima Corte Suprema:

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto por los artículos º, 5°, 7, N° 9, N° 5, , 5 N° , 7 , 75, 99 del Código Penal, artículo 5° de la Ley . 66, artículos 5, 7, 88 y siguientes del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I. Que SE CONDENA a MATIAS SEBASTIAN ORTIZ BARRIA, cédula de Identidad N° 9.9 .76 -7, como autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 99 del Código Penal y daños simples del artículo 8 del Código Penal, ambos en relación con el artículo 5° de la Ley N° . 66 a la pena de media Código: HNXLXXEHKKX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Unidad Tributaria Mensual por cada uno de los delitos, pena accesoria del artículo 9 letras a) y b) de la Ley N° 20.066, por el periodo de seis meses, esto es, abandonar el domicilio que comparte con la víctima y la prohibición absoluta de acercarse a la víctima, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquiera donde ésta se encuentre, incluyendo redes sociales y medios tecnológicos, por el periodo de seis meses, a contar de esta fecha; por los hechos perpetrados el de julio , en perjuicio de la víctima Laura Gutiérrez Bernal, en la localidad de Melinka, comuna de Guitecas Región de Aysén. II. Que, se otorga un plazo de dos meses para el pago de las multas. III.- Se exime al condenado del pago de las costas de la causa, por haber admitido responsabilidad. En su oportunidad

Texto Completo (Preview)

Procedimiento: Simplificado RUC Nº: 8 9 - RIT Nº: 7 - Delito: Lesiones menos graves y daños simples en VIF Sentenciados: MATIAS SEBASTIÁN ORTIZ BARRÍA RESUMEN DE LA AUDIENCIA Fecha de julio de Tribunal Juzgado de Garantía de Cisnes Juez Fernando Acuña Gutiérrez Fiscal Fernando Pino Molina Defensor Natalia Salas Ortiz Transcriptor del acta Dagna Valdebenito Matamala Hechos Constan en el audio respe

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