Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

HERNÁNDEZ/EURAM CHILE SPA

Rol

O-1489-2021

Fecha

24 de junio de 2022

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar los siguientes: 1.- Efectividad de haberse despedido verbal e incausadamente al actor. Hechos y circunstancias en que se funda. 2.- Prestaciones adeudadas al actor. SEXTO: Que, la parte demandada aportó la siguiente prueba en la audiencia de juicio: Documental 1.- Contrato de trabajo suscrito por las partes. 2.- Anexo de contrato de trabajo 3.- Anexo de contrato de trabajo 4.- Anexo de contrato de trabajo 5.- Copia de carta de despido con comprobantes de envío. 6.- Ficha de asistencia del mes de octubre de 2021. 7.- Dato de atención de urgencia. 8.- Licencias médicas que constan en el sistema medipas de octubre de 2021. 9.- Comprobante de feriado del actor. 10.- Impresión de pantalla del WhatsApp de doña Lissette Troncoso. 11.- Copia de fotografía de jugadores del partido del último día de la ausencia del trabajador. 12.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo. Confesional En calidad de absolvente compareció el demandante don Luis Hernández Chamorro quien previamente individualizado y juramentado, declaró, en síntesis, lo siguiente: 1.- Que faltó los días señalados en la carta. 2.- Que el 23 de octubre fue a jugar futbol a eso de las siete de la tarde en calidad de arquero. 3.- Que recibió la carta de despido por correo después del 23 de octubre, dentro de la semana. 4.- Que la carta decía que el despido era por haber faltado tres días dentro del mes. Testifical En calidad de testigos comparecieron doña Lissette Valeska Troncoso Muñoz y don Ramón Ángel Luna Vega quienes declararon, en síntesis, lo siguiente: La testigo Troncoso declaró ser contador auditor y trabajar para la empresa demandada. Expresó conocer al actor quien trabajaba en la empresa como ayudante mecánico. Señaló que el demandante dejó de trabajar el 25 de octubre y que fue despedido por ausencias injustificadas tres días dentro del mes, lo que consta en el reloj de marcación que ella revisa. Precisó que ella está a cargo de la parte de recur

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, el 07 de junio de 2022 se ha llevado a efecto audiencia de juicio en causa RIT O-1489-2021 sobre despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Luis Alberto Hernández Chamorro, ayudante mecánico, con domicilio en pasaje Julio César N°366, casa 3, Cerro Bellavista, Valparaíso, en contra de EURAM Chile SpA, empresa textil, representada legalmente por don Axl Andrés Castro Báez, ambos domiciliados en Bernardo O’Higgins N°130, galpón 5 y 6, Placilla, Valparaíso. SEGUNDO: Que, la parte demandante solicita que se acoja la demanda, se declare que en la especie ha existido una prestación de servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, dando origen a un contrato de trabajo, que en la especie no existió incumplimiento de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo y que la relación laboral terminó por despido injustificado, ordenando el pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones, con reajustes, intereses y costas: 1.- Indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $700.000. 2.- Indemnización por años de servicio ascendente a la suma de $2.800.000 3.- Recargo del 80% sobre la indemnización por años de servicio. 4.- Diferencia de feriado legal ascendente a la suma de $150.000. Funda la demanda señalando que ingresó a prestar servicios para la demandada el 01 de junio de 2016, en calidad de ayudante de mecánico, a cambio de una remuneración mensual ascendente a la suma de $700.000, mediante un contrato de trabajo de duración indefinida, con una jornada de trabajo de lunes a sábado, en turnos rotativos de 07:00 a 15:00 horas, de 15:00 a 23:00 horas y de 23:00 a 07:00 horas. Señala que el 24 de octubre de 2021 fue despedido de forma verbal por doña Lisette Muñoz, encargada de recursos humanos por faltar al trabajo. Agregó que, en forma posterior le entregaron una carta de despido donde se le imputan ausencias injustificadas y se pone término al contrato de trabajo por la causal del artículo 160 N°3 del Código del Trabajo. Se menciona que no concurrió a sus labores los días 2, 16 y 23 de octubre de 2021, sin causa justificada. Alega que, la situación que se describe es falsa porque los días 2 y 16 de octubre se comunicó telefónicamente con el gerente de la empresa don Axl Castro, justificando su ausencia, estando él de acuerdo. En cuanto a la ausencia del día 23 de octubre señala que se encontraba enfermo y por tal motivo acudió al consultorio Mena donde le entregaron el documento médico que acreditó la situación descrita, documento que hizo llegar a la administración de la empresa. Estima que se encuentran justificadas las ausencias. Además, hace presente que con fecha 11 de noviembre del presente año, tuvo el comparendo de conciliación en la inspección del trabajo N.º 0515/2021/3827, y en ese acto se le pagaron únicamente, el feriado pendiente y el feriado proporcional del periodo, equivalente a $689.055.- los que recibió como anticipo de finiquito.

Fallo

Por estas razones niega adeudar las indemnizaciones demandadas. Respecto de la diferencia del feriado legal y el feriado legal mismo señala que tampoco se le adeuda que ya que fue reconocido y pagado de acuerdo a lo acordado en comparendo de conciliación llevado a cabo ante la Inspección del trabajo. CUARTO: Que, llamadas las partes a conciliación, no fue posible que ellas arribasen a un acuerdo destinado a poner fin al juicio. QUINTO: Que, se recibió la causa a prueba, fijándose como hechos a probar los siguientes: 1.- Efectividad de haberse despedido verbal e incausadamente al actor. Hechos y circunstancias en que se funda. 2.- Prestaciones adeudadas al actor. SEXTO: Que, la parte demandada aportó la siguiente prueba en la audiencia de juicio: Documental 1.- Contrato de trabajo suscrito por las partes. 2.- Anexo de contrato de trabajo 3.- Anexo de contrato de trabajo 4.- Anexo de contrato de trabajo 5.- Copia de carta de despido con comprobantes de envío. 6.- Ficha de asistencia del mes de octubre de 2021. 7.- Dato de atención de urgencia. 8.- Licencias médicas que constan en el sistema medipas de octubre de 2021. 9.- Comprobante de feriado del actor. 10.- Impresión de pantalla del WhatsApp de doña Lissette Troncoso. 11.- Copia de fotografía de jugadores del partido del último día de la ausencia del trabajador. 12.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo. Confesional En calidad de absolvente compareció el demandante don Luis Hernánde

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Valparaíso, veinticuatro de junio de dos mil veintidós. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, el 07 de junio de 2022 se ha llevado a efecto audiencia de juicio en causa RIT O-1489-2021 sobre despido injustificado y cobro de prestaciones. La demanda fue interpuesta por don Luis Alberto Hernández Chamorro, ayudante mecánico, con domicilio en pasaje Julio César N°366, casa 3, Cerro Bellavista, V

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